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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE ENERO DEL AÑO 2015 (07/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Miércoles 7 de enero de 2015 544071 Que, mediante Resolución Ministerial N° 0966-2014- MINAGRI, de fecha 23 de diciembre de 2014, se aprobó los nuevos “Lineamientos Específi cos para la atención del MINAGRI a los Pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria del Cultivo de Coca en el Valle de los Ríos Apurímac, ENE y Mantaro-VRAEM”, cuya Única Disposición Transitoria dispuso que los procedimientos en trámite se adecúan a lo previsto en estos nuevos Lineamientos; Que, mediante solicitud de fecha 07 de noviembre del 2014, el señor Roy Quicaño Cisneros, en su calidad de productor agrario en el ámbito del VRAEM, ha formulado pedido de reconversión productiva agropecuaria para la instalación y producción del cultivo de la piña, cuyo expediente signado como Pedido de Reconversión Productiva N° 001-2014 ha sido evaluado por el CRIA de Pichari y cuenta con la opinión favorable de las Unidades de Promoción y de Negocios del Programa de Compensaciones para la Competitividad del MINAGRI, las mismas que se encuentran contenidas en el Informe de Formulación PRP N° 001-2014-MINAGRI-PCC/UP e Informe de Evaluación PRP N° 001-2014-MINAGRI-PCC/ UN, sustentados en el Informe Técnico N° PRP N° 001- 2014-MINAGRI-PCC/UP/PUS, e Informe Técnico N° PRP N°001-2014-MINAGRI-PCC/UN/MHR, respectivamente; Que, en atención a dicho sustento técnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del MINAGRI, a través de su Ofi cio N° 839-2014-MINAGRI- PCC-J e Informe Final N° 0002-2014-MINAGRI-PCC, opina favorablemente por la aprobación del pedido de reconversión productiva agropecuaria y su correspondiente fi nanciamiento, el mismo que ha sido tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, adecuándose a los nuevos “Lineamientos Específi cos para la atención del MINAGRI a los pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – VRAEM” aprobados por Resolución Ministerial N° 0695-2014-MINAGRI; Estando a la opinión emitida por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego mediante Informe N° 1483-2014-MINAGRI-OGAJ; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048, en cuanto a su denominación, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, Decreto Legislativo N° 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, Ley N° 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2014-MINAGRI; y, la Resolución Ministerial N° 0695-2014-MINAGRI que aprueba los nuevos “Lineamientos Específi cos para la atención del MINAGRI a los Pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle de los Ríos Apurímac, ENE y Mantaro-VRAEM”; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y del fi nanciamiento del Plan de Negocios Aprobar el pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria a favor del señor Roy Quicaño Cisneros, respecto del predio denominado “Condor” de 2.00 hectáreas, ubicado en el sector Machu Pichu-El Mirador, distrito de Pichari, provincia de La Convención, departamento del Cusco, contenido en el “Plan de Negocios de Reconversión de Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM, para Instalación y Producción de Piña MD” en dos Hectáreas, incluido su fi nanciamiento, elaborado por el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, que en Anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agropecuaria Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del MINAGRI, para la respectiva notifi cación al productor benefi ciario Roy Quicaño Cisneros, a fi n que suscriba con éste el respectivo Convenio de fi nanciamiento y reconversión productiva agropecuaria de predio señalado en el artículo precedente, para cuyo efecto se le delega la representación del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3º.- Acciones de supervisión, seguimiento y coordinación Disponer, según sus competencias, que el Centro Regional de Innovación Agroempresarial-CRIA Pichari y el Programa de Compensaciones para la Competitividad del MINAGRI adopten las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM, para la instalación y producción de Piña MD2 en dos Hectáreas del predio antes mencionado perteneciente al benefi ciario Roy Quicaño Cisneros. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y en el Portal del Programa de Compensaciones para la Competitividad (www.agroideas.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1184690-2 Designan Jefe de la Unidad de Programas, Proyectos y Monitoreo de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 004-2015-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 6 de enero de 2015 VISTA: La Resolución Directoral Ejecutiva N° 157-2013- MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE, de fecha 28 de agosto de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 157- 2013-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE, se designó a la Ingeniera Gloria Julia Asenjo Tello en el cargo de Jefa de la Unidad de Programas, Proyectos y Monitoreo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la Ingeniera Gloria Julia Asenjo Tello en el cargo de Jefa de la Unidad de Programas, Proyectos y Monitoreo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al Ingeniero Agrícola Mario Alberto Arriarán La Torre, en el cargo de Jefe de la Unidad de Programas, Proyectos y Monitoreo del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO MARTÍN QUIÑE NAPURÍ Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1184508-1