Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2015 (07/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Miercoles 7 de enero de 2015

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Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXIII), que iniciara el 6 de enero de 2015; Que, la citada Expedicion tendra como objetivos: Profundizar el aporte cientifico del Peru al conocimiento de la Antartida; actualizar los estudios tecnicos de base para la formulacion de proyectos orientados al fortalecimiento de la infraestructura antartica nacional; evaluar las condiciones y dar mantenimiento a la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu"; fortalecer la cooperacion con otros Estados Parte del Tratado Antartico; y contribuir a la difusion del valor de la Antartida como Reserva Natural para la Paz y la Ciencia; Que, la Fuerza Aerea del Peru ha destacado personal militar oficial y subalterno al Ministerio de Relaciones Exteriores para la realizacion de la Vigesimo Tercera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXIII); Que, la Direccion de Meteorologia Aeronautica (DIRMA) de la Fuerza Aerea del Peru participara en la Vigesimo Tercera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXIII), como personal cientifico a cargo del proyecto "Meteorologia en Punta Crepin" y brindando servicios de meteorologia y pronosticos climatologicos a las actividades cientifico ambientales que se realizaran durante la mencionada Campana; asimismo, coordinaciones y labores de apoyo logistico en general en Punta MORDAZA, Chile; Que, con Resolucion Ministerial N.º 1001-2014-RE, de 30 de diciembre de 2014, se nombro al personal peruano expedicionario que participara en la Vigesimo Tercera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXIII); Que, el despliegue y repliegue de los expedicionarios, suministros y equipos de la MORDAZA XXIII a la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu" (ECAMP) se realizara del 6 de enero al 19 de febrero de 2015; Que, la referida Estacion Cientifica brinda las facilidades necesarias para la permanencia de los expedicionarios, por lo que la asignacion de viaticos correspondera a un 20% del monto establecido por dia; Que, el articulo 1 del Decreto de Urgencia 0062006, que modifica la Ley N.º 27619, dispone que la autorizacion de viajes al exterior de los ministros, de los servidores y funcionarios de la administracion publica debe efectuarse mediante resolucion suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el ministro del sector correspondiente, exceptuandose aquellos viajes que realiza el sector Relaciones Exteriores, los que se autorizaran mediante resolucion ministerial; Teniendo en cuenta la Hoja de Tramite (GAC) N.º 00007/2015, del Despacho Viceministerial, de 6 de enero de 2015; y los Memoranda (DSL) N.º 000022015, de la Direccion General de Soberania, Limites y Asuntos Antarticos, de 5 de enero de 2015, y (OPP) N.º 000022015, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 6 de enero de 2015, que otorga certificacion de credito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley N.º 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N.º 014-2014-RE que aprueba la Politica Nacional Antartica, la Resolucion Ministerial N.º 0624-2014-RE que aprueba su Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores; la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N.º 28807 y el Decreto de Urgencia N.º 006-2006RE, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM; sus modificatorias los Decretos Supremos N.º 005-2006-PCM y N.º 056-2013-PCM; y el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N.º 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; SE RESUELVE: Articulo 1. Autorizar el viaje, en comision de servicios, en el MORDAZA de la Vigesimo Tercera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXIII), del personal que a continuacion se detalla, a la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu" (ECAMP), ubicada

Articulo 6. La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera que sea su clase o denominacion. Articulo 7. La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1184864-1

Autorizan viaje de funcionarios a la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu", en el MORDAZA de la Vigesimo Tercera MORDAZA Cientifica del Peru a la Antartida (ANTAR XXIII)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0002-2015-RE MORDAZA, 6 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Peru se adhirio, el 10 de MORDAZA de 1981, al Tratado Antartico; y en 1989, fue aceptado como Parte Consultiva del mismo al demostrar su interes cientifico en la Antartida, a traves de las campanas cientificas MORDAZA I y MORDAZA II y el establecimiento de la Estacion Cientifica Antartica "Machu Picchu" (ECAMP); Que, la Politica Nacional Antartica, aprobada por Decreto Supremo N.º 014-2014-RE, dispone que debe asegurarse la realizacion y continuidad de las Campanas Cientificas del Peru a la Antartida (ANTAR) a fin de consolidar la presencia activa y permanente del Peru en el continente antartico; Que, la Politica Nacional Antartica, prescribe que es el Ministerio de Relaciones Exteriores la entidad del Estado peruano encargada de su formulacion, coordinacion, conduccion y supervision toda vez que es su ente rector; Que, la Matriz de Estrategias, Metas e Indicadores de la Politica Nacional Antartica, aprobada por Resolucion Ministerial N.º 0624-2014-RE establece como Accion Estrategica la ejecucion anual de las Campanas Cientificas del Peru a la Antartida (ANTAR); Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en virtud del articulo 6, inciso 13, de la Ley N.º 29357, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, es responsable de formular, coordinar, conducir y supervisar la Politica Nacional Antartica, en cuyo MORDAZA se ejecutan todas las actividades que las entidades de los sectores publico y privado realicen; Que, especificamente, el inciso k del articulo 72 del Decreto Supremo N.º 135-2010-RE, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone como funcion especifica de la Cancilleria dirigir, gestionar y supervisar las actividades que desarrolla el Peru en el continente antartico; Que, en virtud de los incisos f y g del articulo 77 del Decreto Supremo N.º 135-2010-RE, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, le corresponde a la Cancilleria organizar las Campanas MORDAZA, en coordinacion con los sectores vinculados, gestionar y conservar la estacion cientifica peruana en la Antartida; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores, en cumplimiento de sus funciones MORDAZA mencionadas, ha previsto la realizacion de la Vigesimo Tercera MORDAZA

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