Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2015 (07/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Miercoles 7 de enero de 2015

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SERFOR, durante el Ejercicio Fiscal 2015, las siguientes facultades correspondientes al Pliego Presupuestal 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: 1.1. En Materia Presupuestaria: a) Aprobar directivas internas, circulares y/o manuales, asi como todo documento de caracter normativo que permita la racionalizacion del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento; pudiendo dictar medidas complementarias que resulten necesarias, a excepcion de aquellas que correspondan a la Oficina General de Administracion o a las que MORDAZA sus veces en las unidades ejecutoras del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, conforme a las disposiciones que dicta la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico. b) Aprobar y/o formalizar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico que correspondan al Titular del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA - SERFOR, debidamente sustentado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, asi como la suscripcion de formatos, fichas y documentacion que tenga incidencia presupuestaria. c) Aprobar las modificaciones del Plan Operativo Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA - SERFOR. 1.2. En materia de Contrataciones del Estado: a) Resolver los recursos de apelacion interpuestos en los procesos de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva y Adjudicacion de Menor Cuantia, realizados en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017 y en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y sus respectivas modificatorias. b) Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones. c) Autorizar los procesos de estandarizacion. d) Conformar o designar a los Comites o Comisiones encargadas de la entrega y recepcion de obras realizados en el MORDAZA de lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1017 y en su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y sus respectivas modificatorias. 1.3. En materia de acciones administrativas: a) Aprobar los documentos de gestion administrativa del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA SERFOR. b) Suscribir contratos de auditoria externa para la Entidad. c) Suscribir contratos de consultoria derivados de Convenios de Cooperacion Tecnica Internacional No Reembolsable u otros instrumentos de igual naturaleza. d) Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del Pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre. e) Representar al Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA - SERFOR, ante cualquier MORDAZA de autoridades y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de caracter administrativo, desistirse; y, en general, emitir e implementar los actos y actuaciones que no MORDAZA privativas del cargo de Director Ejecutivo de la Entidad; exceptuando las solicitudes, actos y tramites a realizarse ante la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP). f) Suscribir la documentacion concerniente al MORDAZA para la contratacion de consultores del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA -SERFOR, a traves del Fondo de Apoyo Gerencial ­ FAG, tales como terminos de referencia, contrato de locacion de servicios, adendas y todo lo que se encuentre indicado en el Decreto Ley N° 25650, asi como en los "Lineamientos para la Administracion de Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Publico", aprobados por Resolucion Ministerial N° 3742013-EF/10. g) Resolver los recursos de apelacion que se interpongan contra los actos administrativos emitidos por la Oficina de Recursos Humanos con relacion a las materias descritas en el articulo 3° de la presente Resolucion, en lo que corresponda.

General del Sistema Nacional de Presupuesto, el mismo que establece en su numeral 7.1 del articulo 7° que el Titular de la Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva, pudiendo delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, la Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, aunado a ello, el numeral 40.2 del articulo 40° del citado dispositivo legal, establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico son aprobadas mediante Resolucion del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad. El Titular puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, a traves de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se establecen las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal 2015; Que, por otro lado, la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº.1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 1842008-EF, y modificatorias, senalan los procedimientos que deben observar las Entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras, regulando las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 5° de la precitada Ley establece que el Titular de la Entidad podra delegar, mediante resolucion, la autoridad que le otorga la mencionada norma; no siendo objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establezcan en el Reglamento; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 50° de la Directiva de Tesoreria Nº.001-2007-EF/77.15, aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF-77.15, se precisa, entre otros, que los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolucion del Titular del Pliego o del funcionario a quien este hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, el articulo 9° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA ­SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que el Director Ejecutivo puede delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su cargo; Que, teniendo en consideracion las normas citadas en los considerandos precedentes y con el proposito de lograr una mayor fluidez a la marcha administrativa del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA, resulta necesario delegar en diversos servidores, facultades y atribuciones que corresponden al Titular del SERFOR, que no son privativas a su funcion, ello durante el Ejercicio Presupuestario 2015; en tal sentido, debe expedirse el resolutivo correspondiente; Con el visado de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administracion, de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Secretaria General; y; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; el Decreto Legislativo Nº.1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº.3042012-EF; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA -SERFOR, aprobado por Decreto Supremo N°.0072013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI; y, la Directiva de Tesoreria Nº 0012007-EF/77.15. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar en el Secretario General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA -

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