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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE ENERO DEL AÑO 2015 (08/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Jueves 8 de enero de 2015 544184 Artículo 8.- Delegar en el Jefe de la Unidad de Personal del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones: a) En materia de suscripción de convenios y contratos: - Celebrar Convenios de Prácticas Pre - profesionales. - Suscribir, modifi car y resolver los Contratos de Administración de Servicios – CAS así como sus correspondientes Adendas. b) En materia laboral: - Representar al Ministerio de Educación ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL, de corresponder, para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones de trabajo que versen sobre temas laborales, así como denuncias y gestiones de índole laboral, que se lleven a cabo tanto en las instalaciones del Ministerio de Educación, de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral o del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 9.- Delegar en el Responsable de la Unidad Ejecutora 120: Programa Nacional de Dotación de Materiales Educativos, durante el Año Fiscal 2015, las siguientes facultades y atribuciones: a) En materia de Contrataciones del Estado, respecto de los recursos que le sean asignados a la referida Unidad Ejecutora - Aprobar y modifi car el Plan Anual de Contrataciones – PAC, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2015. - Aprobar el proceso de estandarización de bienes y servicios - Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités Especiales, Comités Especiales Permanentes de procesos de selección, así como modifi car su composición. - Aprobar los expedientes de contratación de los procesos de selección convocados por el Ministerio de Educación y los que vayan a ser convocados por entidades con las cuales se haya suscrito convenio de encargo. - Aprobar los expedientes de contratación de los procesos de selección en los que el Ministerio de Educación actúe como entidad encargada de compras corporativas. - Aprobar las bases de procesos de selección que serán convocados por el Ministerio de Educación o por entidades con las cuales se haya suscrito convenio de encargo, así como las bases derivadas de exoneraciones autorizadas conforme a la normatividad vigente - Aprobar las bases de procesos de selección en los que el Ministerio de Educación actúe como entidad encargada de compras corporativas. - Cancelar procesos de selección - Suscribir, modifi car y resolver convenios interinstitucionales para la realización de compras corporativas facultativas - Suscribir, modifi car y resolver contratos y contratos complementarios. - Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales en bienes y servicios, así como la reducción de prestaciones en bienes y servicios. - Aprobar las ampliaciones de plazo en bienes y servicios. - Aprobar solicitudes de adelantos presentados por los contratistas. - Aprobar las diferentes etapas de los procesos que de conformidad con los Manuales de Convenios Internacionales se deban ejecutar, suscribir los respectivos contratos, y establecer los procedimientos de verifi cación correspondientes. b) En materia de Convenios - Suscribir, modifi car y resolver convenios de cooperación, gestión u otros de naturaleza análoga con otras entidades, con cargo a los recursos de dicha Unidad Ejecutora, siempre que los mismos versen sobre bienes y servicios y además no persigan fi nes de lucro. Artículo 10.- Disponer que las acciones administrativas para la contratación de personal, bienes y servicios con cargo a los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 120: Programa Nacional de Dotación de Materiales Educativos, serán requeridos a través del Responsable de la referida Unidad Ejecutora, a los responsables de los sistemas administrativos correspondientes. Artículo 11.- Disponer que las delegaciones previstas por la presente resolución son indelegables, y comprenden la facultad de decidir y resolver dentro de las limitaciones establecidas en la Ley; más no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y disposiciones legales vigentes establecidos para cada caso. Artículo 12.- Remitir copia de la presente resolución a la Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, a la Contraloría General de la República, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; así como a las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 010: Ministerio de Educación, y sus órganos y unidades orgánicas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1185554-1 INTERIOR FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 065-2015-IN Fe de Erratas de la Resolución Suprema N° 065-2015- IN, publicada en nuestra edición del día 7 de enero de 2015. En el Sexto Considerando: DICE: (…) Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, (…) DEBE DECIR: (…) Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, (…) En el Artículo 3°: DICE: (…) Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refi ere el artículo 3° de la presente Resolución deberán presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, (…) DEBE DECIR: (…) Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, los funcionarios a que se refi ere el artículo 1° de la presente Resolución deberán presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, (…) 1185559-1