Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2015 (10/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Convencion de las Naciones Unidas sobre los Derechos del MORDAZA, en su Articulo 8°, se establece que los Estados Partes se comprometen a respetar el derecho del MORDAZA a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares de conformidad con la ley sin injerencias ilicitas. Asi cuando un MORDAZA sea privado ilegalmente de algunos de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberan prestar la asistencia y proteccion apropiadas con miras a restablecer rapidamente su identidad; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado Peruano, modificado por el Articulo Unico de la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 28607, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; en concordancia con lo establecido por el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972; Que, la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972 en el numeral 6.4 del Articulo 73°, con relacion a los servicios sociales locales destinados a los ninos y adolescentes, indica que los gobiernos locales tienen funciones especificas para difundir y promover los derechos del MORDAZA, del adolescente, de la mujer y del adulto mayor; propiciando espacios para su participacion a nivel de instancias municipales; asimismo, en el numeral 1.2 del articulo 84°, establece entre las funciones especificas exclusivas de los gobiernos locales la de establecer MORDAZA de concertacion entre las instituciones que trabajan en la defensa de los derechos de ninos, ninas y adolescentes; Que, la Directiva N° 011-2000-PROMUDEH/GPNA, aprobada mediante Resolucion Ministerial N° 141-2000PROMUDEH, Directiva sobre la participacion de la comunidad en la difusion y cumplimiento de los derechos de las ninas, ninos y adolescentes, establece que los gobiernos locales deben de promover la participacion de los vecinos para el desarrollo de la comunidad, convocando Comites Multisectoriales por los Derechos de los Ninos y Adolescentes, como organos consultivos y de apoyo a la gestion local; Que, la Gerencia de Desarrollo Humano con Informe N° 020-2014-MDLM-GDH, eleva el proyecto de Ordenanza sobre creacion del Comite Multisectorial de los Derechos de los Ninos y Adolescentes - COMUDENA en el distrito de La MORDAZA y su respectiva Exposicion de Motivos, senalando entre otros puntos, que el COMUDENA es un organo consultivo de apoyo a la gestion municipal en temas referidos a la ninez, adolescencia y familia, como tambien un mecanismo permanente de participacion ciudadana y de coordinacion interinstitucional que posibilita la union de esfuerzos en beneficio de la infancia de la localidad; precisando la citada Gerencia que es necesaria la creacion del COMUDENA a fin de articular y coordinar acciones interinstitucionales para alcanzar la plena vigencia de los derechos de los ninos y adolescente en el distrito de La MORDAZA, y construir estructuras que canalicen el aporte de las organizaciones del Estado y sociedad civil; siendo que con Memorandum N° 288-2013/MDLM-GSC la Gerencia de Seguridad Ciudadana, y con Informe N° 265-2013-MDLM-OPV la Oficina de Participacion Vecinal, emiten opinion tecnica sobre la propuesta de creacion del COMUDENA; Que, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, mediante Memorando N° 5682013/MDLM-GPPDI, emite opinion tecnica favorable respecto de la Ordenanza que crea el Comite Multisectorial de los Derechos de los Ninos y Adolescentes - COMUDENA en el distrito de La MORDAZA, indicando que la creacion del mencionado Comite no genera gasto a la Municipalidad de La MORDAZA, por lo que no tiene incidencia presupuestal, y que el objeto de la conformacion del mismo permitira fortalecer la gestion del gobierno local en lo que respecta a la defensa de los derechos de los ninos y adolescentes del distrito de La Molina; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante Informe N° 491-2014-MDLM-GAJ, opina por la procedencia legal del Proyecto de Ordenanza que crea el Comite Municipal por los Derechos de los Ninos y

El Peruano Sabado 10 de enero de 2015

Adolescentes - COMUDENA en el distrito de La MORDAZA, senalando entre otros puntos, que la creacion del COMUDENA como instancia consultiva de participacion y de concertacion interinstitucional en temas referidos a la ninez, adolescencia y familia, se encuentra conforme con la Directiva Nº 011-2000-PROMUDEH-GPNA, Directiva sobre la participacion de la comunidad en la difusion y cumplimiento de los derechos de las ninas, ninos y adolescentes, aprobada por la Resolucion Ministerial Nº 141-2000-PROMUDEH, y en concordancia con el Plan de Desarrollo Local Concertado 2012 - 2021 del distrito de La MORDAZA, y las funciones establecidas en los Articulos 73° y 84° de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley N° 27972; Que, estando a lo opinado en los informes tecnicos y legales referidos, es importante realizar acciones concertadas con instituciones publicas, privadas y de la sociedad civil, a fin de intervenir en el ambito de la prevencion como de la atencion de los multiples problemas que afectan a nuestros ninos, ninas y adolescentes; optimizando asi nuestra intervencion de forma interdisciplinaria y multisectorial; Que, el Proyecto de Ordenanza que crea "el Comite Municipal por los Derechos de los Ninos y Adolescentes ­ COMUDENA, en el distrito de La Molina" se encuentra dentro de las excepciones establecidas en el Articulo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; siendo innecesaria la prepublicacion por cuando la propuesta normativa implica el cumplimiento de las politicas centrales dictadas por el Ente Rector, Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Sistema Nacional de Atencion Integral al MORDAZA y Adolescente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9° numeral 8 y 40° de la Ley Organica de Municipalidades - Ley N° 27972, con dispensa del tramite de lectura y de aprobacion del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad emitio la siguiente: ORDENANZA QUE CREA EL COMITE MUNICIPAL POR LOS DERECHOS DE LOS NINOS Y ADOLESCENTES EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo 1°.- APROBAR la creacion del Comite Municipal por los Derechos de los Ninos y Adolescentes - COMUDENA en el distrito de La MORDAZA, como instancia consultiva, de participacion y de concertacion interinstitucional en temas referidos a la ninez, adolescencia y familia de conformidad con la Directiva Nº 011-2000PROMUDEH-GPNA, Directiva sobre la participacion de la comunidad en la difusion y cumplimiento de los derechos de las ninas, ninos y adolescentes, aprobada por la Resolucion Ministerial Nº 141-2000-PROMUDEH, y en concordancia el Plan de Desarrollo Local Concertado 2012 - 2021 del distrito de La Molina. Articulo 2°.- ESTABLECER que los integrantes del COMUDENA en el distrito de La MORDAZA son: 1. El MORDAZA o su representante, quien lo presidira. 2. Un representante del Concejo Municipal. 3. El Gobernador del distrito. 4. El responsable de la DEMUNA, quien actuara como Secretario Tecnico del Comite. 5. El Secretario Tecnico del Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana de La Molina. 6. Un representante del Centro Emergencia Mujer. 7. Un representante del Ministerio Publico. 8. Un representante de la Policia Nacional del Peru. 9. Un representante de las instituciones educativas publicas del distrito. 10. Un representante de las instituciones educativas privadas del distrito. 11. Un representante de las Organizaciones Sociales. Articulo 3°.- PRECISAR que por tratarse de una instancia de coordinacion y planificacion, el COMUDENA no manejara presupuesto propio. Articulo 4°.- ESTABLECER que para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza se tendra en consideracion la Directiva Nº 011-2000-PROMUDEHGPNA, Directiva sobre la participacion de la comunidad

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