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El Peruano Viernes 23 de enero de 2015 545242 Social, a ausentarse del Despacho Ministerial en el período indicado, así como encargar la referida Cartera, en tanto dure la ausencia de la Titular; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar a la señora Paola Bustamante Suárez, Ministra de Estado en la Cartera de Desarrollo e Inclusión Social, a ausentarse del Despacho Ministerial, del 23 de enero al 6 de febrero de 2015. Artículo 2°.- Encargar al señor Juan Manuel Benites Ramos, Ministro de Agricultura y Riego, el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social a partir del 23 de enero 2015 y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1192054-3 AGRICULTURA Y RIEGO Modifican la R.M. N° 0033-2014- MINAGRI, mediante la cual se creó la Comisión Sectorial encargada de emitir propuestas e informes técnicos para promover el desarrollo de las agroexportaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0027-2015-MINAGRI Lima, 20 de enero de 2015 VISTOS:Los Informes Técnico-Legales Nº 001-2014-MINAGRI- DIGNA–DINA/JMR-DST y Nº 001-2015-MINAGRI-DIGNA–DINA/JMR-DST, emitidos por la Dirección General de Negocios Agrarios; y, el Acta Nº 05 de la Comisión Sectorial de naturaleza temporal encargada de emitir propuestas e informes técnicos para promover el desarrollo de las agroexportaciones; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 0033-2014-MINAGRI del 29 de enero de 2014, se creó la Comisión Sectorial de Naturaleza Temporal en el Ministerio de Agricultura y Riego, en adelante la Comisión Sectorial, encargada de emitir propuestas e informes técnicos para promover el desarrollo de las agroexportaciones; teniendo el plazo de trescientos sesenta y cinco (365) días hábiles, contados a partir de su instalación, para presentar su Informe Técnico Final al Despacho Ministerial de Agricultura y Riego; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0565-2014- MINAGRI del 10 de octubre de 2014, se modi fi có el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 0033-2014-MINAGRI, en cuanto a la conformación de la Comisión Sectorial, sustituyéndose a los miembros de las ex Direcciones Generales Forestal y de Fauna Silvestre y de Competividad Agraria, por el(la) Director(a) Ejecutivo(a) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR y un(a) representante de la Dirección General de Negocios Agrarios, respectivamente; modi fi cándose igualmente el artículo 5, en el sentido que la Secretaría Técnica de la Comisión Sectorial será ejercida por la Dirección General de Negocios Agrarios; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2014- MINAGRI, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, el cual modi fi ca la estructura y funciones de la Institución, no contemplando en la estructura organizacional a algunos de los órganos de línea que conforman la referida Comisión Sectorial, creada mediante Resolución Ministerial Nº 0033-2014-MINAGRI; Que, en Sesión de fecha 04 de noviembre de 2014, a que se re fi ere el Acta N° 05, la Comisión Sectorial acordó poner a consideración de la Alta Dirección del MINAGRI, la incorporación del(la) Director(a) General de la Dirección General de Políticas Agrarias y al(la) Director General (a) de Infraestructura Agraria y Riego como integrantes de la Comisión Sectorial; asimismo, la rede fi nición de las funciones de la Comisión Sectorial en la forma en que aparece en la mencionada Acta, e igualmente que la presentación del documento referido en el literal a) del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0033-2014-MINAGRI sea en el mismo plazo de vigencia de la Comisión Sectorial, lo que implica modi fi car el artículo 7 de la acotada última Resolución Ministerial; Que, a través de los Informes Técnico-Legales de Vistos, la Dirección General de Negocios Agrarios ha acogido lo acordado por la Comisión Sectorial, por lo que a través de los O fi cios N°s. 823-2014-MINAGRI-DIGNA/ DG y 0023-2015-MINAGRI-DIGNA/DG ha propuesto la expedición de la Resolución Ministerial respectiva; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cado por la Ley N° 30048, en cuanto a su denominación; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Modi fi cación del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0033-2014-MINAGRI, modi fi cado mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0565-2014-MINAGRI Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0033-2014-MINAGRI, modi fi cado por el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 0565-2014-MINAGRI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial; quedando redactado con el texto siguiente: “Artículo 2 º.- Conformación La Comisión estará conformada de la siguiente manera: - Un (a) representante de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego, quien la presidirá. - El (la) Jefe (a) del Servicio Nacional de Sanidad Agraria –SENASA. - El (la) Jefe (a) del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA. - El (la) Jefe (a) de la Autoridad Nacional del Agua – ANA. - El (la) Director (a) Ejecutivo (a) del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR. - El (la) Director (a) General de la Dirección General de Políticas Agrarias – DGPA. - El (la) Director (a) General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego – DGIAR. - El (la) Director (a) General de la Dirección General de Negocios Agrarios – DIGNA. Los integrantes de la Comisión ejercerán el cargo ad honórem. Las entidades podrán designar a un (01) representante alterno.” Artículo 2 º.- Modi fi cación de los artículos 3 y 7 de la Resolución Ministerial Nº 0033-2014-MINAGRI Modi fi car los artículos 3 y 7 de la Resolución Ministerial Nº 0033-2014-MINAGRI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, en los siguientes términos: “Artículo 3.- Funciones de la Comisión Son funciones de la Comisión la presentación de Propuestas e Informes Técnicos referidos a: a) Proponer el Plan Estratégico para el Desarrollo de las Agroexportaciones, en coordinación con el Sector competente. b) Apoyar activamente en la identi fi cación y superación de barreras burocráticas, fi tosanitarias, zoosanitarias y