Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2015 (23/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Viernes 23 de enero de 2015

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Que, mediante la Ley N° 30056, Ley que modifica diversas leyes para facilitar la inversion, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, se modifico la Ley N° 29230, incluyendose dentro de sus alcances a las Universidades Publicas, la posibilidad de que las empresas privadas puedan financiar y/o ejecutar proyectos de inversion en general, la posibilidad de financiar los Certificados de Inversion Publica Regional y Local ­ CIPRL con Recursos Determinados provenientes de Fondos que senale el Ministerio de Economia y Finanzas, el caracter negociable de los CIPRL, asi como la inclusion del mantenimiento de los proyectos en el MORDAZA de dicha ley, entre otros; Que, mediante la Ley N° 30138, Ley que dicta medidas complementarias para la ejecucion de proyectos en el MORDAZA de la Ley N° 29230, Ley que Impulsa la Inversion Publica Regional y Local con Participacion del Sector Privado, se modifico la Ley N° 29230 y modificatorias, estableciendo que para los casos en que la normatividad que regule cada Fondo prevea que este financia el mantenimiento del proyecto, dicho mantenimiento podra ser reconocido en el CIPRL, asimismo se dejaron sin efecto los limites para la emision del CIPRL de los Gobiernos Regionales y/o Gobiernos Locales que reciben recursos de la fuente de financiamiento Recursos Determinados provenientes de Fondos que senale el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Decreto Supremo, adicionalmente se establecio que los Fondos provisionaran recursos para financiar los incrementos en los montos de inversion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) en la Fase de Inversion que se realicen en el MORDAZA de la Ley N° 29230 y su Reglamento, y se establecieron Disposiciones Complementarias Finales referidas al financiamiento de PIP con Recursos Determinados provenientes de Fondos que senale el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2014-EF se aprobo el Reglamento de la Ley N° 29230, Ley que Impulsa la Inversion Publica Regional y Local con Participacion del Sector Privado, el cual establecio las disposiciones que permiten la aplicacion y el desarrollo de la participacion de los Fondos asi como de las Universidades Publicas en el MORDAZA de la Ley Nº 29230, el reconocimiento del mantenimiento de proyectos mediante los CIPRL, el caracter negociable de dicho Certificado, entre otros; Que, mediante el articulo 17 de la Ley N° 30264, Ley que Establece Medidas para Promover el Crecimiento Economico, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, en el MORDAZA de sus competencias, a ejecutar PIP en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), en materia de salud, educacion, turismo, agricultura y riego, orden publico y seguridad, incluyendo su mantenimiento, mediante los procedimientos establecidos en la Ley N° 29230, asimismo se autoriza a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico (DGETP) a emitir los Certificados de "Inversion Publica Gobierno Nacional ­ Tesoro Publico" (CIPGN), los cuales tendran por finalidad la cancelacion del monto que invierta la empresa privada que suscriba el convenio para financiar y/o ejecutar los proyectos de inversion, y se regiran por lo previsto en la Ley N° 29230 en lo que les resulte aplicable siendo financiados con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios previstos en el presupuesto institucional aprobado por cada entidad, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico, de la misma forma mediante Resolucion del Titular de la Entidad Publica se realizara la priorizacion de los PIP a ejecutarse en el MORDAZA de dicha MORDAZA, los que incluiran investigacion aplicada y/ o innovacion tecnologica, de corresponder. Adicionalmente se establecio que se debe contar con la opinion favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico (DGPP) respecto a la disponibilidad presupuestal de la entidad para realizar el pago de los CIPGN respectivos con cargo a su presupuesto institucional aprobado para el ano fiscal vigente, de manera previa a la certificacion presupuestaria para la convocatoria del MORDAZA de seleccion de la empresa privada que suscriba el convenio para financiar y/o ejecutar los proyectos de inversion mediante el mecanismo establecido en la Ley N° 29230; Que, mediante el literal c) del articulo 32 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se determino la asignacion de recursos a los presupuestos institucionales de los pliegos del Ministerio de Educacion y Ministerio de Salud en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, con los cuales se podran ejecutar proyectos de inversion publica en el ambito de sus competencias, sin incluir mantenimiento, los

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creo el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, determinandose su ambito, competencias, funciones y estructura organica basica; Que, por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, estableciendose que la Direccion General de Gestion de Usuarios es el organo de linea encargado de dictar las politicas para la gestion de informacion sobre los usuarios de los programas sociales; asi como de disenar e implementar el sistema de identificacion, seleccion y registro de usuarios y el sistema de seguimiento de usuarios, con el fin de orientar acciones para elevar la efectividad de las intervenciones de alivio y superacion de la pobreza; Que, mediante Resolucion Suprema N° 001-2013MIDIS, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, el cual fue objeto de reordenamiento mediante las Resoluciones Ministeriales N° 012-2013-MIDIS, N° 085-2013-MIDIS, N° 127-2013-MIDIS y N° 008-2014-MIDIS, el cual contempla el cargo de la Direccion General de Gestion de Usuarios del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, como cargo de confianza; Que, atendiendo a lo senalado en los documentos de Vistos, se estima pertinente designar a la persona que ocupara el cargo de Director General de Gestion de Usuarios del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; y el Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir del 23 de enero de 2015, al senor MORDAZA MORDAZA Calmet MORDAZA en el cargo de Director General de Gestion de Usuarios del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social

1192031-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Reglamento del articulo 17 de la Ley N° 30264, que incorpora a las entidades del Gobierno Nacional en los alcances de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversion publica regional y local con participacion del sector privado
DECRETO SUPREMO Nº 006-2015-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29230 y modificatorias, Ley que Impulsa la Inversion Publica Regional y Local con Participacion del Sector Privado, se aprobaron medidas con el objeto de impulsar la ejecucion de proyectos de inversion publica de impacto regional y local, con la participacion del sector privado, mediante la suscripcion de convenios con los Gobiernos Regionales y/o Locales;

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