Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2015 (23/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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Supremo Nº 005-2012-TR que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; el Decreto Supremo Nº 002-2013-TR que aprueba la Politica Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; y el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Politica del Sistema de Gestion de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construccion y Saneamiento, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la difusion de la presente Resolucion y su Anexo, a los organos, programas y proyectos del Ministerio y a sus organismos publicos y entidades adscritas. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Estadistica e Informatica del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la publicacion de la presente Resolucion y su Anexo en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www. vivienda.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

El Peruano Viernes 23 de enero de 2015

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Aprueban el Aplicativo Virtual para la Clasificacion Ambiental de los proyectos de inversion de edificaciones y de saneamiento
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 013-2015-VIVIENDA
MORDAZA, 20 de enero de 2015 VISTOS, el Informe Nº 65-2014-VIVIENDA-VMCSDGAA y el Informe Nº 308-2014-VIVIENDA/VMCS-DGAADEIA, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental (SEIA), en adelante la Ley, modificada por el Decreto Legislativo N° 1078, en el numeral 4.2 del articulo 4 establece la categorizacion de los proyectos de acuerdo al riesgo ambiental, senalando que la clasificacion ambiental debera efectuarse siguiendo los criterios de proteccion ambiental establecidos en el articulo 5 de dicha ley, y asimismo senala que la autoridad competente podra establecer criterios complementarios adicionales; Que, el articulo 36 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, establece que los proyectos publicos o privados que estan sujetos al SEIA, deben ser clasificados por las Autoridades Competentes, de acuerdo a lo senalado en el articulo 8 de la Ley, en una de las siguientes categorias: Categoria I ­ Declaracion de Impacto Ambiental (DIA), Categoria II ­ Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd); y Categoria III ­ Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d); Que, el numeral 41.3 del articulo 41 del referido Reglamento, establece que para la Categoria I, el documento de la Evaluacion Preliminar constituye la DIA a que se refiere el articulo 36, la cual de ser el caso, sera aprobada por la Autoridad Competente, emitiendose la certificacion ambiental, y que para las Categorias II y III, el titular debera presentar para su aprobacion, una propuesta de terminos de referencia para el estudio de impacto ambiental correspondiente; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 019-2014-VIVIENDA que modifica el Reglamento de Proteccion Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construccion y Saneamiento, aprobado

mediante Decreto Supremo N° 015-2012-VIVIENDA, en adelante el Reglamento, dispuso la derogacion de la Resolucion Ministerial N° 127-2011-VIVIENDA, que modifico el Procedimiento N° 7 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2004-VIVIENDA; Que, el numeral 16.1 del articulo 16 del Reglamento, establece que para la solicitud de Clasificacion Ambiental de un proyecto de inversion se consideran, entre otros requisitos: a) Cumplir con el llenado de la solicitud de Evaluacion Preliminar contenida en el aplicativo virtual para la Clasificacion Ambiental; Que, el numeral 17.1, del articulo 17 del Reglamento senala que el aplicativo virtual para la Clasificacion Ambiental determinara la categoria que corresponde al proyecto de inversion propuesto; y en los numerales 17.4 y 17.5 se establece que para los proyectos clasificados en la Categoria I, el aplicativo virtual para la Clasificacion Ambiental, constituye la DIA a que se refiere el numeral 41.3 del articulo 41 del Reglamento de la Ley del SEIA aprobado por Decreto Supremo N° 0192009-MINAM, la cual de corresponder, sera aprobada por la Direccion General de Asuntos Ambientales del MVCS, emitiendose la Certificacion Ambiental respectiva; y que para los proyectos clasificados en las Categorias II y III, el titular sera informado via correo electronico para que presente una propuesta de terminos de referencia, respectivamente; Que, el articulo 45 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion de Impacto Ambiental (SEIA), aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, establece que en concordancia con los plazos establecidos en el articulo 43, la Autoridad Competente emitira una Resolucion mediante la cual otorga la Certificacion Ambiental en la Categoria I (DIA) o desaprueba la solicitud, o asigna la Categoria II o III al proyecto y aprueba los Terminos de Referencia; Que, la Cuarta Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo N° 019-2014-VIVIENDA, establece que la Resolucion Ministerial que apruebe el Aplicativo Virtual para la Clasificacion Ambiental referido en el inciso a), del numeral 16.1, del articulo 16 del Reglamento, entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano; De conformidad con la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluacion del Impacto Ambiental, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM; el Reglamento de Proteccion Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 0152012-VIVIENDA y modificado por el Decreto Supremo N° 019-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Aplicativo Virtual para la Clasificacion Ambiental de los proyectos de inversion de edificaciones y de saneamiento, el cual en Anexo, forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que los documentos que se presenten en aplicacion de la presente MORDAZA, tienen el caracter de Declaracion Jurada. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano; y en la misma fecha, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) con el Anexo que forma parte integrante de la misma. Los administrados procederan al llenado del mencionado aplicativo, accediendo al citado MORDAZA electronico. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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