Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2015 (23/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Viernes 23 de enero de 2015 545258 Supremo Nº 005-2012-TR que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; el Decreto Supremo Nº 002-2013-TR que aprueba la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; y el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Aprobar la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2 º.- Encargar a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la difusión de la presente Resolución y su Anexo, a los órganos, programas y proyectos del Ministerio y a sus organismos públicos y entidades adscritas. Artículo 3 º.- Encargar a la O fi cina General de Estadística e Informática del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1191293-1 Aprueban el Aplicativo Virtual para la Clasificación Ambiental de los proyectos de inversión de edificaciones y de saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 013-2015-VIVIENDA Lima, 20 de enero de 2015 VISTOS, el Informe Nº 65-2014-VIVIENDA-VMCS- DGAA y el Informe Nº 308-2014-VIVIENDA/VMCS-DGAA-DEIA, y; CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), en adelante la Ley, modi fi cada por el Decreto Legislativo N° 1078, en el numeral 4.2 del artículo 4 establece la categorización de los proyectos de acuerdo al riesgo ambiental, señalando que la clasi fi cación ambiental deberá efectuarse siguiendo los criterios de protección ambiental establecidos en el artículo 5 de dicha ley, y asimismo señala que la autoridad competente podrá establecer criterios complementarios adicionales; Que, el artículo 36 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, establece que los proyectos públicos o privados que están sujetos al SEIA, deben ser clasi fi cados por las Autoridades Competentes, de acuerdo a lo señalado en el artículo 8 de la Ley, en una de las siguientes categorías: Categoría I – Declaración de Impacto Ambiental (DIA), Categoría II – Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd); y Categoría III – Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d); Que, el numeral 41.3 del artículo 41 del referido Reglamento, establece que para la Categoría I, el documento de la Evaluación Preliminar constituye la DIA a que se re fi ere el artículo 36, la cual de ser el caso, será aprobada por la Autoridad Competente, emitiéndose la certi fi cación ambiental, y que para las Categorías II y III, el titular deberá presentar para su aprobación, una propuesta de términos de referencia para el estudio de impacto ambiental correspondiente; Que, la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 019-2014-VIVIENDA que modi fi ca el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2012-VIVIENDA, en adelante el Reglamento, dispuso la derogación de la Resolución Ministerial N° 127-2011-VIVIENDA, que modi fi có el Procedimiento N° 7 del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2004-VIVIENDA; Que, el numeral 16.1 del artículo 16 del Reglamento, establece que para la solicitud de Clasi fi cación Ambiental de un proyecto de inversión se consideran, entre otros requisitos: a) Cumplir con el llenado de la solicitud de Evaluación Preliminar contenida en el aplicativo virtual para la Clasi fi cación Ambiental; Que, el numeral 17.1, del artículo 17 del Reglamento señala que el aplicativo virtual para la Clasificación Ambiental determinará la categoría que corresponde al proyecto de inversión propuesto; y en los numerales 17.4 y 17.5 se establece que para los proyectos clasificados en la Categoría I, el aplicativo virtual para la Clasificación Ambiental, constituye la DIA a que se refiere el numeral 41.3 del artículo 41 del Reglamento de la Ley del SEIA aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, la cual de corresponder, será aprobada por la Dirección General de Asuntos Ambientales del MVCS, emitiéndose la Certificación Ambiental respectiva; y que para los proyectos clasificados en las Categorías II y III, el titular será informado vía correo electrónico para que presente una propuesta de términos de referencia, respectivamente; Que, el artículo 45 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, establece que en concordancia con los plazos establecidos en el artículo 43, la Autoridad Competente emitirá una Resolución mediante la cual otorga la Certi fi cación Ambiental en la Categoría I (DIA) o desaprueba la solicitud, o asigna la Categoría II o III al proyecto y aprueba los Términos de Referencia; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 019-2014-VIVIENDA, establece que la Resolución Ministerial que apruebe el Aplicativo Virtual para la Clasi fi cación Ambiental referido en el inciso a), del numeral 16.1, del artículo 16 del Reglamento, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM; el Reglamento de Protección Ambiental para proyectos vinculados a las actividades de Vivienda, Urbanismo, Construcción y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2012-VIVIENDA y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 019-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1 º.- Aprobar el Aplicativo Virtual para la Clasi fi cación Ambiental de los proyectos de inversión de edifi caciones y de saneamiento, el cual en Anexo, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2 º.- Disponer que los documentos que se presenten en aplicación de la presente norma, tienen el carácter de Declaración Jurada. Artículo 3 º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano; y en la misma fecha, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) con el Anexo que forma parte integrante de la misma. Los administrados procederán al llenado del mencionado aplicativo, accediendo al citado portal electrónico. Artículo 4 º.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1191293-2