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El Peruano Viernes 23 de enero de 2015 545257 Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en FM y VHF en diversas localidades de los departamentos de Puno, Amazonas, Ayacucho, San Martín y Arequipa, serán otorgadas mediante concurso público RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0007-2015-MTC/28 Lima, 13 de enero de 2015 CONSIDERANDO:Que, el artículo 16º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, concordado con el artículo 40º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, dispone que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan mediante concurso público cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda y localidad es menor al número de solicitudes admitidas; Que, el artículo 41º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que con fi gurada la situación prevista en el artículo 40º del mismo cuerpo legal, se expedirá la resolución directoral señalando que las autorizaciones de la respectiva banda de frecuencias y localidad serán otorgadas por concurso público; Que, mediante Informe Nº 0010-2015-MTC/28 se da cuenta que en la banda y localidades que se detallan a continuación, el número de solicitudes admitidas es superior al de frecuencias disponibles, razón por la cual las respectivas autorizaciones para prestar servicios de radiodifusión deberán otorgarse por concurso público; correspondiendo además expedir la resolución que así lo declare: MODALIDAD BANDA LOCALIDADDEPARTA- MENTOSOLICITUDES ADMITIDASFRECUENCIAS DISPONIBLES RADIODIFU- SIÓN SONORAFMCONDURIRI- MAZO CRUZPUNO76 LONYA GRANDE AMAZONAS 2 1 PALMAPAMPA AYACUCHO 7 6SAUCE SAN MARTIN 3 2 RADIODIFU- SIÓN POR TELEVISIÓNVHFSAN JUAN DE SIGUAS-VITOR-LA JOYAAREQUIPA 53 De conformidad con lo dispuesto por la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modi fi catorias, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda y localidades que se detallan a continuación, serán otorgadas mediante concurso público: MODALIDAD BANDA LOCALIDAD DEPARTAMENTO RADIODIFUSION SONORAFMCONDURIRI-MAZO CRUZ PUNO LONYA GRANDE AMAZONASPALMAPAMPA AYACUCHO SAUCE SAN MARTIN RADIODIFUSION POR TELEVISIONVHFSAN JUAN DE SIGUAS-VITOR-LA JOYAAREQUIPA Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA A. CHIRINOS NOVES Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1191340-1VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Aprueban la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 012 -2015-VIVIENDA Lima, 20 de enero de 2015 Visto, el Memorándum Nº 031-2015-VIVIENDA/ OGGRH de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, tiene como objetivo promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país, estableciendo el deber de prevención de los empleadores, el rol de fi scalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2012-TR se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, que tiene como objeto promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país; Que, con Decreto Supremo Nº 002-2013-TR, se aprueba la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, la misma que tiene por objeto prevenir los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y reducir los daños que se pudieran ocasionar a la salud de las trabajadoras y trabajadores, que sean consecuencia del trabajo, guarden relación con la actividad laboral o sobrevengan durante el trabajo que éstos realizan; Que, la citada Política Nacional tiene por principios la prevención, gestión integral, responsabilidad, universalización, atención integral de la salud, participación y diálogo social; Que, el artículo 22 de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece que el empleador en consulta con los trabajadores y sus representantes, expone por escrito la política en materia de seguridad y salud en el trabajo, debiendo ésta, conforme al literal b) del citado artículo, hacerse efectiva mediante la fi rma o endoso del empleador o del representante de mayor rango con responsabilidad en la organización; Que, mediante Acta de la Reunión Ordinaria Nº 04-2014- VIVIENDA-CSST 2014-2016 de fecha 28 de noviembre de 2014, los miembros del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; constituido con Resolución Ministerial Nº 179-2014-VIVIENDA, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 235-2014-VIVIENDA; acordaron encargar a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos formular una propuesta de Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, con Memorándum Nº 031-2015-VIVIENDA/ OGGRH, el Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, con el sustento técnico contenido en el Informe Nº 01-2015/VIVIENDA-OGGRH-SST, el mismo que hace suyo, remite la propuesta de la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, la misma que cuenta con las opiniones favorables de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Administración emitidas a través del Memorándum Nº 083-2015/VIVIENDA-OGPP e Informe Nº 003-2015-VIVIENDA-OGA, respectivamente; Que, en consecuencia, es necesario expedir el acto resolutivo que apruebe la Política del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto