Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2015 (28/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Miercoles 28 de enero de 2015

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Que, de acuerdo con lo previsto en el articulo 127 de la Constitucion Politica del Peru, es necesario encargar el Despacho Ministerial de Trabajo y Promocion del Empleo en tanto dure la ausencia de su titular; y, De conformidad con lo dispuesto en la Constitucion Politica del Peru; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N° 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM y sus modificatorias; y el numeral 4) del articulo 11 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje en mision oficial del senor FREDY MORDAZA OTAROLA PENARANDA, Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, a la MORDAZA de Tegucigalpa,Republica de Honduras del 29 de enero al 01 de febrero de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos Viaticos TOTAL US$ 1,276.36 US$ 945.00 --------------------US$ 2,221.36

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje del Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo a Honduras y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION SUPREMA N° 021-2015-PCM MORDAZA, 28 de enero de 2015 VISTOS:La Carta s/n de fecha 08 de enero de 2015 del Embajador del Peru en la Republica de Honduras; el Oficio N°039-2015-MTPE/4/10 de la Oficina General de Cooperacion y Asuntos Internacionales;el Oficio N° 882015-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administracion y el Informe N° 71-2015-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 08 de enero de 2015, el Embajador del Peru en la Republica de Honduras, invita al Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo a realizar una visita de trabajo en la MORDAZA de Tegucigalpa, Republica de Honduras, con el proposito de dar cumplimiento a los convenios de cooperacion Sur-Sur existentes entre el Peru y Honduras, en materia laboral y de promocion del empleo; Que, la visita del Titular del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en la MORDAZA de Tegucigalpa, Republica de Honduras, tiene como objeto el intercambio de buenas practicas en materia de politicas publicas en el MORDAZA laboral y promocion del empleo entre Peru y Honduras, asi como la firma de convenios de capacitacion para jovenes, con universidades de prestigio internacional con sede en la Republica de Honduras; Que, en consideracion a lo expuesto y dada la importancia de la referida visita para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar el viaje en mision oficial a la MORDAZA de Tegucigalpa, Republica de Honduras, del 29 de enero al 01 de febrero de 2015, del senor Fredy MORDAZA Otarola Penaranda, Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo;

Articulo 3.- Encargar el Despacho Ministerial de Trabajo y Promocion del Empleo al senor MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA, Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a partir del 29 de enero de 2015 y en tanto dure la ausencia de su titular. Articulo 4.- La presente Resolucion Suprema no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 1194459-1

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. 2. 3. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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