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El Peruano Miércoles 28 de enero de 2015 545661 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Autorizan viaje del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo a Honduras y encargan su Despacho al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN SUPREMA N° 021-2015-PCM Lima, 28 de enero de 2015VISTOS:La Carta s/n de fecha 08 de enero de 2015 del Embajador del Perú en la República de Honduras; el Ofi cio N°039-2015-MTPE/4/10 de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales;el O fi cio N° 88- 2015-MTPE/4/11 de la O fi cina General de Administración y el Informe N° 71-2015-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 08 de enero de 2015, el Embajador del Perú en la República de Honduras, invita al Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo a realizar una visita de trabajo en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras, con el propósito de dar cumplimiento a los convenios de cooperación Sur-Sur existentes entre el Perú y Honduras, en materia laboral y de promoción del empleo; Que, la visita del Titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras, tiene como objeto el intercambio de buenas prácticas en materia de políticas públicas en el campo laboral y promoción del empleo entre Perú y Honduras, así como la fi rma de convenios de capacitación para jóvenes, con universidades de prestigio internacional con sede en la República de Honduras; Que, en consideración a lo expuesto y dada la importancia de la referida visita para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar el viaje en misión o fi cial a la ciudad de Tegucigalpa, República de Honduras, del 29 de enero al 01 de febrero de 2015, del señor Fredy Rolando Otárola Peñaranda, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo;Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú, es necesario encargar el Despacho Ministerial de Trabajo y Promoción del Empleo en tanto dure la ausencia de su titular; y, De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; y el numeral 4) del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en misión o fi cial del señor FREDY ROLANDO OTAROLA PEÑARANDA, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Tegucigalpa,República de Honduras del 29 de enero al 01 de febrero de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 1,276.36 Viáticos US$ 945.00 --------------------- TOTAL US$ 2,221.36 Artículo 3.- Encargar el Despacho Ministerial de Trabajo y Promoción del Empleo al señor MILTON VON HESSE LA SERNA, Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a partir del 29 de enero de 2015 y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1194459-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN