Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2015 (28/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Miercoles 28 de enero de 2015

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MORDAZA ­ SUNARP, el cambio de uso de MORDAZA a MORDAZA del lote que conforma la presente Habilitacion MORDAZA de Oficio, y en consecuencia otorgar la libre disponibilidad de los mismos, correspondiendole la gestion de inscripcion ante dicha entidad al propietario del inmueble. Articulo 6º.- DISPONER; la publicacion de la presente Resolucion de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, por cuenta y costo de la propietaria del inmueble. Articulo 7º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Administracion Tributaria, Sub-Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, Sub-Gerencia de Fiscalizacion Tributaria y demas areas pertinentes de esta Corporacion Municipal, con conocimiento de la parte interesada. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1192901-1

especificas de las Municipalidades normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias como realizar fiscalizacion de habilitaciones urbanas; Que, el articulo 24° de la Ley N° 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones (articulo modificado por la Ley N° 29898), establece que las Municipalidades declaran la habilitacion MORDAZA de los predios registralmente calificados como rusticos ubicados en zonas consolidadas, que cuentan con edificaciones y servicios publicos domiciliarios; Que, el articulo 40° del Reglamento de Licencias de Habilitacion MORDAZA y Licencia de Edificacion, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2013-VIVIENDA, establece que: "La Declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio es un procedimiento administrativo mediante el cual las municipalidades declaran habilitado de oficio un predio ubicado en zonas urbanas consolidadas"; Que, mediante Ordenanza N° 223-MDA, modificada por Ordenanza N° 292-MDA, la Municipalidad de Ate regula las Habilitaciones Urbanas de Oficio dentro de su Jurisdiccion, facultando en su articulo 4° al MORDAZA, para que mediante Resolucion de Alcaldia declare habilitado como MORDAZA de Oficio los predios que previa evaluacion por las areas competentes cumplan con las caracteristicas senaladas en la presente Ordenanza. Asimismo en el articulo MORDAZA de la Ordenanza N° 292-MDA encarga a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Sub-Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, la identificacion de los predios registralmente calificados como rusticos y ubicados en zonas urbanas, debiendo cumplir dichos predios con lo establecido en las Ordenanzas MORDAZA senaladas; Que, mediante Proveido Nº 2347-2014/MDA/GM el Gerente Municipal, indica se proyecte la Resolucion de Alcaldia correspondiente; ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTICULO 20° DE LA LEY N° 27972 ­ LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES; Y LA LEY N° 28989 LEY QUE MODIFICA LA LEY N° 29090 ­ LEY DE REGULACION DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES. RESUELVE:

Designan funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0075 Ate, 21 de enero de 2015 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 00012-2015-MDA/GAFSGRRHH de la Sub Gerencia de Recursos Humanos, el Informe Nº 011-2015-MDA/GAF de la Gerencia de Administracion y Finanzas; el Proveido Nº 72-2015-MDA/ GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:

Articulo 1º.- DECLARAR HABILITADO MORDAZA DE OFICIO; el terreno con un area de 32,750.00 m2, situado en el MORDAZA de Ate, Lote 4, Sector B, MORDAZA Baja, con frente a la Av. La MORDAZA N° 161-163, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, de propiedad de la empresa A.W. FABER CASTELL PERUANA S.A., debidamente inscrito en la Partida Registral Nº 49062147 del Registro de Predios, MORDAZA Registral IX Sede MORDAZA ­ SUNARP, encontrandose calificado con la zonificacion "I3" Gran Industria, de conformidad con la Ordenanza N° 1099MML. Articulo 2º.- APROBAR; el Plano N°086-2014SGHUE-GDU/MDA y su respectiva Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolucion, siendo la distribucion del area del terreno cuya habilitacion MORDAZA de oficio se aprueba la siguiente: AREA BRUTA AREA UTIL AREA DE VIAS = 32,750.00 M2 = 30,978.95 M2 = 1,771.05 M2

Articulo 3º.- DETERMINAR; que como resultado de la habilitacion MORDAZA que en este acto se declara, se obtiene 01 Lote, cuyos linderos y medidas perimetricas se detallan en el Plano Nº 086-2014-SGHUE-GDU/MDA y la Memoria Descriptiva que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 4º.- PRECISAR; que el terreno materia de esta habilitacion MORDAZA de oficio correspondiente al predio situado en el MORDAZA de Ate, Lote 4, Sector B, MORDAZA Baja, con frente a la Av. La MORDAZA N° 161-163, Distrito de Ate, Provincia y Departamento de MORDAZA, tiene asignada la Zonificacion de Gran Industria "I3", de conformidad con el Plano de Reajusta de Zonificacion y Usos de Suelo para el Distrito de Ate, aprobado mediante Ordenanza N° 1099MML, de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA Articulo 5º.- DISPONER; la inscripcion en el Registro de Predios Registro de Predios, MORDAZA Registral IX Sede

Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1057 se MORDAZA el regimen especial de contratacion administrativa de servicios, teniendo por objeto garantizar los principios de meritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administracion publica. De acuerdo con la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 00002-2010-PI-TC, publicada el 20 septiembre 2010, en toda actividad interpretativa hecha respecto del denominado "contrato administrativo de servicios", debe entenderse que dicho contrato es propiamente un regimen "especial" de contratacion laboral para el sector publico, el mismo que resulta compatible con el MORDAZA constitucional; Que, el articulo 8º del citado dispositivo, incorporado por el Articulo 3 de la Ley Nº 29849, precisa que el acceso al regimen de Contratacion Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso publico y que la convocatoria se realiza a traves del MORDAZA institucional de la entidad convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y en el MORDAZA del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de informacion. Se acota que tales mecanismos no son de aplicacion para el caso de los funcionarios publicos, empleados de confianza y directivos superiores conforme lo establece la Primera Disposicion Complementaria Final de la citada Ley Nº 29849; Que, el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR que establece disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, referente a la transmision radial y televisiva de ofertas laborales del sector publico y privado, precisa en su articulo 2º que todo organismo publico y empresa del Estado esta obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo las ofertas de puestos publicos que tengan previsto concursar. Estan excluidas de esta obligacion de concursar y remitir la oferta, los puestos clasificados como

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