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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2015 (28/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

El Peruano Miércoles 28 de enero de 2015 545651 Soles (30% de la remuneración del señor Alcalde, por asistencia a sesiones efectivas dentro del mes, con un mínimo de dos sesiones; Que, el artículo 6° de la Ley N° 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2015, la remuneración del señor Alcalde, así como de las Dietas que perciben los señores Regidores, deberían mantenerse sin modi fi cación alguna, en atención al impedimento señalado en la referida norma, pero es el caso que las normas aplicables especi fi cas, son la Ley N° 28212 – Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado, el Decreto de Urgencia N° 038-2006 y el artículo 3° del Decreto Supremo N° 025-2007-PCM, que dicta medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes, las cuales prevalecen en este caso, correspondiendo aprobarse la Remuneración del Alcalde y dietas de los Regidores mediante Acuerdo de Concejo, conforme el párrafo precedente; Que, a través del Memorandum Nº 002-2015-GAF/ MDB, la Gerencia de Administración y Finanzas señala que en atención al artículo 5º del D.S Nº 025-2007-PCM, las dietas de los Regidores no pueden superar el 30% de los ingresos mensuales por todo concepto del Alcalde y en cuanto a la remuneración del Alcalde, este se fi ja de acuerdo con la densidad poblacional así como un adicional equivalente al 30% del ingreso máximo mensual por todo concepto. Asimismo, indica que la remuneración del Alcalde correspondería a la suma de S/ 7.800.00 y la dieta de los regidores la suma mensual de S/. 2,340.00 nuevos soles, por lo que correspondería a la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto señalar la disponibilidad presupuestal para la remuneración del señor Alcalde y dieta de los señores Regidores para el ejercicio 2015; Que, mediante Memorando N° 002-2015-GPP/MDB, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto señala que, existe disponibilidad presupuestal en el presente año fi scal, para cubrir los gastos de la remuneración mensual que por todo concepto que percibe el señor Alcalde hasta por el monto de S/. 7,800.00 Nuevos Soles, así como para las Dietas de los señores Regidores equivalente al 30 % de la mencionada remuneración; Estando a lo expuesto y de conformidad con los artículos 9° numeral 28), 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, adoptó por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO:Articulo Primero.- FIJAR el ingreso mensual por todo concepto que percibe el señor Alcalde de la Municipalidad Distrital de Breña, para el presente Ejercicio Presupuestal 2015, el mismo que será por la suma de S/. 7,800.00 (SIETE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo Segundo.- FIJAR que el monto de la Dieta que percibirá cada Regidor del Concejo Distrital de Breña, por asistencia efectiva a cada Sesión de Concejo, será de S/. 1,170.00 (Mil Ciento Setenta Y 00/100 NUEVOS SOLES) abonándose hasta por un máximo de dos (02) sesiones al mes, durante el Ejercicio Presupuestal 2015, monto que no supera en total del 30 % del ingreso mensual del señor Alcalde. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANGEL A. WU HUA PAYA Alcalde 1193396-1 Exoneran de proceso de selección la adquisición de productos para abastecer el Programa del Vaso de leche de la Municipalidad Distrital de Breña ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2015/MDB Breña, 8 de enero del 2015. El ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑAVISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 08 de enero del 2015, el Informe Nº 001-PVLYCAMDB-2015 del programa del Vaso de Leche y Complementación Alimentaria, Informe Nº 004-2015-SGL-GAF/MDB, del Subgerente de Logística y el Informe Nº 004-2015-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre declaración de desabastecimento inminente de productos del Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y la Ley de Reforma N° 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidos a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional conforme se establece en el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, a través de la Licitación Pública Nº 001-2013- CE/MDB, la Municipalidad Distrital de Breña con fecha 20.08.2013, suscribió el Contrato Nº 22-2013 de adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche, con la empresa Soluciones Alimenticias SAC –SOAL SAC, para el suministro del Ítem II. Hojuelas de Cereal Enriquecido Azucarado x 500 gr, por la cantidad de 19,701 y el monto de S/. 60,088.05, con vencimiento a la conformidad por la última entrega conforme lo establece la clausula sexta del contrato en mención. Y con fecha 01.10.2013, la Municipalidad Distrital de Breña, suscribe la Adenda al Contrato Nº 22-2013, para el suministro del ítem II: 4,925 bolsas de Hojuelas de Cereal Enriquecido Azucarado x 500 gr, por el monto de S/. 15,021.05 sujetándose su vencimiento a la culminación de la prestación adicional a la conformidad de la última recepción del producto contratado por el área usuaria Subgerencia de Programas Sociales. Asimismo, con fecha 20.08.2013, la Municipalidad Distrital de Breña, suscribió el Contrato Nº 23-2013 de adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche, con la empresa Soluciones Alimenticias SAC –SOAL SAC, para el suministro del Ítem III. Cereal Instantáneo x 500 gr, por la cantidad de 43,700 y el monto de S/.133,376.50, con vencimiento a la conformidad por la última entrega del producto conforme lo establece la clausula sexta del contrato en mención. Y con fecha 01.10.2014 la Municipalidad suscribe la Adenda al Contrato Nº 23-2013, para el Suministro del Ítem III: 10,932 Bolsas de Cereal Instantáneo x 500 Gr. Por el monto de S/. 33,342.60 sujetándose su vencimiento a la culminación de la prestación adicional a la conformidad de la última recepción del producto contratado por el área usuaria Sub Gerencia de Programas Sociales; Que, a través de la Adjudicación de Menor Cuantía Nº 001-2013-CE/MDB (Derivada de la Licitación Pública Nº 001-2013-CE/MDB) la Municipalidad Distrital de Breña con fecha 10.10.2013, suscribió el Contrato Nº 032-2013 de adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche, con la empresa Soluciones Alimenticias SAC –SOAL SAC, para el suministro del Ítem I. Leche Evaporada Entera en Tarro de 410 Grs., por la cantidad de 96,074, por un monto total de S/.249,792.40 Nuevos Soles con vencimiento a la conformidad por la última entrega conforme lo establece la cláusula sexta del contrato citado; Que, la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y Programa de Complementación Alimentaria a través del Informe Nª 001-PVLYCAMDB-2015 del 07.01.2015, concluye que: (i) Existen alimentos por atender a los bene fi ciarios del PVL a razón de leche evaporada para 4 semanas al 100% quedando un saldo de 1642 tarros, Hojuelas de cereal enriquecido para la atención de 6 semanas al 100% quedando un saldo de 146.12 bolsas de 500 grs; y cereal instantáneo para la atención de 06 semanas al 100% quedando un saldo de 135 bolsas de 500 grs; (ii) Que, el Programa del Vaso de Leche se encuentra en desabastecimiento inminente a partir del 02 de febrero del 2015 toda vez que los saldos de los productos descritos no cubrirían la atención mínima necesaria; por