Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2015 (28/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Miercoles 28 de enero de 2015

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VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 08 de enero del 2015, el Informe Nº 001-PVLYCAMDB-2015 del programa del Vaso de Leche y Complementacion Alimentaria, Informe Nº 004-2015-SGL-GAF/MDB, del Subgerente de Logistica y el Informe Nº 004-2015GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre declaracion de desabastecimento inminente de productos del Programa del Vaso de Leche; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y la Ley de Reforma N° 28607, establece que las Municipalidades Provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal referidos a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional conforme se establece en el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, a traves de la Licitacion Publica Nº 001-2013CE/MDB, la Municipalidad Distrital de Brena con fecha 20.08.2013, suscribio el Contrato Nº 22-2013 de adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, con la empresa Soluciones Alimenticias SAC ­SOAL SAC, para el suministro del Item II. Hojuelas de MORDAZA Enriquecido Azucarado x 500 gr, por la cantidad de 19,701 y el monto de S/. 60,088.05, con vencimiento a la conformidad por la MORDAZA entrega conforme lo establece la clausula sexta del contrato en mencion. Y con fecha 01.10.2013, la Municipalidad Distrital de Brena, suscribe la Adenda al Contrato Nº 22-2013, para el suministro del item II: 4,925 bolsas de Hojuelas de MORDAZA Enriquecido Azucarado x 500 gr, por el monto de S/. 15,021.05 sujetandose su vencimiento a la culminacion de la prestacion adicional a la conformidad de la MORDAZA recepcion del producto contratado por el area usuaria Subgerencia de Programas Sociales. Asimismo, con fecha 20.08.2013, la Municipalidad Distrital de Brena, suscribio el Contrato Nº 23-2013 de adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, con la empresa Soluciones Alimenticias SAC ­SOAL SAC, para el suministro del Item III. MORDAZA Instantaneo x 500 gr, por la cantidad de 43,700 y el monto de S/.133,376.50, con vencimiento a la conformidad por la MORDAZA entrega del producto conforme lo establece la clausula sexta del contrato en mencion. Y con fecha 01.10.2014 la Municipalidad suscribe la Adenda al Contrato Nº 23-2013, para el Suministro del Item III: 10,932 Bolsas de MORDAZA Instantaneo x 500 Gr. Por el monto de S/. 33,342.60 sujetandose su vencimiento a la culminacion de la prestacion adicional a la conformidad de la MORDAZA recepcion del producto contratado por el area usuaria Sub Gerencia de Programas Sociales; Que, a traves de la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 001-2013-CE/MDB (Derivada de la Licitacion Publica Nº 001-2013-CE/MDB) la Municipalidad Distrital de Brena con fecha 10.10.2013, suscribio el Contrato Nº 0322013 de adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, con la empresa Soluciones Alimenticias SAC ­SOAL SAC, para el suministro del Item I. Leche Evaporada Entera en Tarro de 410 Grs., por la cantidad de 96,074, por un monto total de S/.249,792.40 Nuevos Soles con vencimiento a la conformidad por la MORDAZA entrega conforme lo establece la clausula sexta del contrato citado; Que, la Subgerencia del Programa del Vaso de Leche y Programa de Complementacion Alimentaria a traves del Informe Nª 001-PVLYCAMDB-2015 del 07.01.2015, concluye que: (i) Existen alimentos por atender a los beneficiarios del PVL a razon de leche evaporada para 4 semanas al 100% quedando un saldo de 1642 tarros, Hojuelas de MORDAZA enriquecido para la atencion de 6 semanas al 100% quedando un saldo de 146.12 bolsas de 500 grs; y MORDAZA instantaneo para la atencion de 06 semanas al 100% quedando un saldo de 135 bolsas de 500 grs; (ii) Que, el Programa del Vaso de Leche se encuentra en desabastecimiento inminente a partir del 02 de febrero del 2015 toda vez que los saldos de los productos descritos no cubririan la atencion minima necesaria; por

Soles (30% de la remuneracion del senor MORDAZA, por asistencia a sesiones efectivas dentro del mes, con un minimo de dos sesiones; Que, el articulo 6° de la Ley N° 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2015, la remuneracion del senor MORDAZA, asi como de las Dietas que perciben los senores Regidores, deberian mantenerse sin modificacion alguna, en atencion al impedimento senalado en la referida MORDAZA, pero es el caso que las normas aplicables especificas, son la Ley N° 28212 ­ Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado, el Decreto de Urgencia N° 0382006 y el articulo 3° del Decreto Supremo N° 025-2007PCM, que dicta medidas sobre los ingresos por todo concepto de los Alcaldes, las cuales prevalecen en este caso, correspondiendo aprobarse la Remuneracion del MORDAZA y dietas de los Regidores mediante Acuerdo de Concejo, conforme el parrafo precedente; Que, a traves del Memorandum Nº 002-2015-GAF/ MDB, la Gerencia de Administracion y Finanzas senala que en atencion al articulo 5º del D.S Nº 025-2007PCM, las dietas de los Regidores no pueden superar el 30% de los ingresos mensuales por todo concepto del MORDAZA y en cuanto a la remuneracion del MORDAZA, este se fija de acuerdo con la densidad poblacional asi como un adicional equivalente al 30% del ingreso MORDAZA mensual por todo concepto. Asimismo, indica que la remuneracion del MORDAZA corresponderia a la suma de S/ 7.800.00 y la dieta de los regidores la suma mensual de S/. 2,340.00 nuevos soles, por lo que corresponderia a la Gerencia de Planificacion y Presupuesto senalar la disponibilidad presupuestal para la remuneracion del senor MORDAZA y dieta de los senores Regidores para el ejercicio 2015; Que, mediante Memorando N° 002-2015-GPP/MDB, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto senala que, existe disponibilidad presupuestal en el presente ano fiscal, para cubrir los gastos de la remuneracion mensual que por todo concepto que percibe el senor MORDAZA hasta por el monto de S/. 7,800.00 Nuevos Soles, asi como para las Dietas de los senores Regidores equivalente al 30 % de la mencionada remuneracion; Estando a lo expuesto y de conformidad con los articulos 9° numeral 28), 39° y 41° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, el Pleno del Concejo Municipal con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, adopto por UNANIMIDAD el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- FIJAR el ingreso mensual por todo concepto que percibe el senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Brena, para el presente Ejercicio Presupuestal 2015, el mismo que sera por la suma de S/. 7,800.00 (SIETE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES). Articulo Segundo.- FIJAR que el monto de la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de Brena, por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, sera de S/. 1,170.00 (Mil Ciento Setenta Y 00/100 NUEVOS SOLES) abonandose hasta por un MORDAZA de dos (02) sesiones al mes, durante el Ejercicio Presupuestal 2015, monto que no supera en total del 30 % del ingreso mensual del senor Alcalde. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. WU MORDAZA MORDAZA 1193396-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de productos para abastecer el Programa del Vaso de leche de la Municipalidad Distrital de Brena
ACUERDO DE CONCEJO Nº 004-2015/MDB Brena, 8 de enero del 2015. El MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA

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