Norma Legal Oficial del día 10 de febrero del año 2015 (10/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Martes 10 de febrero de 2015

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De conformidad con lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, la Quincuagesima Octava y Septuagesima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, y el Reglamento del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo N° 0042013-MIDIS; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto 1.1 Autorizase la incorporacion de recursos via Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, hasta por la suma de VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 683 607,00), a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para financiar la ejecucion de quince (15) proyectos de agua y saneamiento, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: En Nuevos Soles

Ministerio formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusion social; Que, de acuerdo a lo senalado en el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, cuyos alcances han sido ampliados por la Quincuagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, el Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (MIDIS), tiene por finalidad financiar la elaboracion de estudios de preinversion, la reformulacion de estudios de proyectos de inversion publica que no se encuentren en etapa de ejecucion, la ejecucion de proyectos de inversion publica, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas juridicas privadas, con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios basicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de MORDAZA en los hogares rurales; Que, de conformidad con el citado articulo 23 de la Ley N° 29951, los recursos del FONIE se incorporan o transfieren mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas, y de Desarrollo e Inclusion Social, a propuesta de este ultimo, detallando los estudios de pre inversion y/o proyectos de inversion publica, los montos de financiamiento y el destinatario de los recursos, segun el procedimiento que se establece en el reglamento del FONIE; Que, mediante la Ley N° 29951 y Ley N° 30114, Leyes de Presupuesto del Sector Publico para los Anos Fiscales 2013 y 2014, respectivamente, se autorizo a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas para depositar un monto de hasta SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600 000 000,00) en el Ano Fiscal 2013 y CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000,00) en el presente ano fiscal, con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de diciembre de cada ano anterior respectivo; Que, de acuerdo con los articulos 7, 9 y 21 del Reglamento del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2013-MIDIS, compete a la Secretaria Tecnica de Gestion del FONIE, bajo el ambito del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, la funcion de evaluar y aprobar las solicitudes presentadas por los sectores para el financiamiento de la pre inversion, inversion y/o mantenimiento de las intervenciones, a cuyo efecto elaborara la lista priorizada de las solicitudes aprobadas; Que, mediante Informe N° 072-2014-MIDIS/VMPES/ FONIE/ST, la Secretaria Tecnica de Gestion del FONIE aprobo, en el MORDAZA de sus competencias, una lista consolidada de quince (15) proyectos de agua y saneamiento a ser financiados con recursos del FONIE, a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, mediante Informe N° 028-2015-MIDIS/ SG/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social emite opinion favorable sobre el Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, a favor del pliego Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, asi como en la Quincuagesima Octava y Septuagesima Novena Disposiciones Complementarias Finales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, atendiendo a lo expuesto, el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social mediante Oficio N° 0802015-MIDIS/SG, ha solicitado la incorporacion de recursos del FONIE, via Credito Suplementario, a favor del pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para ser destinados al financiamiento de quince (15) proyectos de agua y saneamiento por un monto total ascendente a VEINTISEIS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 683 607,00);

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados (Articulo 23 de la Ley N° 29951, Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE) 26 683 607,00 ------------------TOTAL INGRESOS 26 683 607,00 =========== EGRESOS SECCION PRIMERA PLIEGO En Nuevos Soles

: Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento Rural PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD 5001778 : Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Rural FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados GASTOS DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias : 26 683 607,00 ------------------TOTAL EGRESOS 26 683 607,00 =========== 1.2 El Pliego habilitado en la Seccion Primera del numeral 1.1 del presente articulo, los montos del credito suplementario por proyectos, asi como las respectivas codificaciones, se detallan en el Anexo "Credito Suplementario para financiar intervenciones con recursos del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales ­ FONIE", que forma parte integrante del presente decreto supremo y que es publicado en el MORDAZA institucional del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (www.midis.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en el presente Credito Suplementario, aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 de la presente MORDAZA, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente Decreto Supremo. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el

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