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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (16/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Lunes 16 de febrero de 2015 546829 prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) cláusulas y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3°.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesión que se aprueba en el artículo 2° de la presente resolución, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a fi rmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Artículo 4°.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa BUENO TV S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Para la suscripción deberá cumplir previamente con el pago por derecho de concesión. Artículo 5°.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1200623-1 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional de la SUTRAN RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 059-2015 MTC/01 Lima, 12 de febrero de 2015 VISTO: El Ofi cio N° 865-2014-SUTRAN/01.2, de fecha 10 de diciembre de 2014, de la Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, por el cual solicita al Ministerio de Transporte y Comunicaciones la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional de la SUTRAN; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29380 crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fi scalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancía en el ámbito nacional; disponiendo que tiene personería jurídica de derecho público interno, con autonomía técnica, funcional, administrativa y presupuestal, y que constituye pliego presupuestal; Que, mediante el Decreto Supremo N° 021-2010-MTC se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la SUTRAN, señalando que es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y establece su estructura orgánica y funciones específi cas de los órganos y unidades orgánicas; Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 079-2013-SUTRAN/01.2, de fecha 17 de diciembre de 2013, se aprueba el nuevo Clasifi cador de Cargos (CC) de la SUTRAN; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, de fecha 08 de agosto de 2014, se aprueba la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC ”Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”, en cuyo artículo 1° establece los lineamientos generales que todas las entidades del Sector Público indicadas en el artículo 1° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, concordado con el artículo 3° del Decreto Legislativo N° 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil como rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, deben seguir para la aplicación progresiva de la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, durante el proceso de implementación de la Ley N° 30057. Asimismo, comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional; Que, el numeral 4.2 de la Directiva N° 001-2014- SERVIR/GPGSC, incluye dentro del ámbito de aplicación de la misma, el caso de las entidades del Gobierno Nacional que se encuentran en operación, pero no cuentan con Cuadro para Asignación de Personal, deberán aprobar la conformación de la Comisión de Tránsito al Régimen del SERVIR; el numeral 5.2.2 establece que el CAP Provisional es un documento de gestión institucional cuya fi nalidad es habilitar temporalmente el funcionamiento de las entidades, contiene los cargos clasifi cados de la Entidad en base a la estructura orgánica vigente prevista en su ROF; y el numeral 5.4.2 señala que el Informe Técnico de Aprobación del CAP Provisional constituye la opinión técnica previa de SERVIR; Que, asimismo, el numeral 5.5 de la referida Directiva, señala que la aprobación del CAP Provisional, para el caso de Gobierno Nacional, que incluye a los Ministerios, Organismos Públicos, entre otras entidades, será a través de Resolución Ministerial del Titular del Sector, previo Informe Técnico de Aprobación que emita SERVIR; Que, mediante el Ofi cio N° 822-2014-SUTRAN/01.2, de fecha 18 de noviembre de 2014, la Superintendente de la SUTRAN se dirige al Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adjuntándole el Informe Técnico Sustentatorio para la aprobación del CAP Provisional de la SUTRAN, donde se señala, entre otros aspectos, que la propuesta del CAP se fundamenta en el hecho de que la entidad se encuentra en operación, pero no cuenta con un CAP; por lo que requiere opinión sobre el particular; Que, mediante el Ofi cio N° 984-2014-SERVIR/PE, de fecha 03 de diciembre de 2014, el Presidente Ejecutivo del SERVIR se dirige a la Superintendente de la SUTRAN, alcanzándole el Informe N° 034-2014-SERVIR/GDSRH emitido por la Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, manifestando que constituye el Informe Técnico de Aprobación del CAP Provisional, en atención al numeral 5.4.2 de la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC; Que, mediante el Memorándum N° 2664-2014- MTC/09.05 del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se alcanza el Informe N° 1527-2014- MTC/09.05 del Director de la Ofi cina de Organización y Racionalización, con el cual se emite opinión favorable respecto al CAP Provisional de la SUTRAN, por cuanto cumple con la normativa vigente; Que, en observancia de la normativa señalada y teniendo en cuenta el pronunciamiento favorable de SERVIR, respecto al CAP Provisional de la SUTRAN, corresponde expedir la resolución aprobatoria de dicho instrumento de gestión; De conformidad con las Leyes Nos. 29370, 29380 y 30057, Decretos Supremos N° 021-2010-MTC y N° 040- 2014-PCM; y la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- De la Publicación La presente Resolución Ministerial y el CAP Provisional que aprueba, serán publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la SUTRAN (www.sutran.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones