Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2015 (16/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Lunes 16 de febrero de 2015

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Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, durante el MORDAZA de implementacion de la Ley N° 30057. Asimismo, comprende las reglas basicas para la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional - CAP Provisional; Que, el numeral 4.2 de la Directiva N° 001-2014SERVIR/GPGSC, incluye dentro del ambito de aplicacion de la misma, el caso de las entidades del Gobierno Nacional que se encuentran en operacion, pero no cuentan con Cuadro para Asignacion de Personal, deberan aprobar la conformacion de la Comision de MORDAZA al Regimen del SERVIR; el numeral 5.2.2 establece que el CAP Provisional es un documento de gestion institucional cuya finalidad es habilitar temporalmente el funcionamiento de las entidades, contiene los cargos clasificados de la Entidad en base a la estructura organica vigente prevista en su ROF; y el numeral 5.4.2 senala que el Informe Tecnico de Aprobacion del CAP Provisional constituye la opinion tecnica previa de SERVIR; Que, asimismo, el numeral 5.5 de la referida Directiva, senala que la aprobacion del CAP Provisional, para el caso de Gobierno Nacional, que incluye a los Ministerios, Organismos Publicos, entre otras entidades, sera a traves de Resolucion Ministerial del Titular del Sector, previo Informe Tecnico de Aprobacion que emita SERVIR; Que, mediante el Oficio N° 822-2014-SUTRAN/01.2, de fecha 18 de noviembre de 2014, la Superintendente de la SUTRAN se dirige al Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adjuntandole el Informe Tecnico Sustentatorio para la aprobacion del CAP Provisional de la SUTRAN, donde se senala, entre otros aspectos, que la propuesta del CAP se fundamenta en el hecho de que la entidad se encuentra en operacion, pero no cuenta con un CAP; por lo que requiere opinion sobre el particular; Que, mediante el Oficio N° 984-2014-SERVIR/PE, de fecha 03 de diciembre de 2014, el Presidente Ejecutivo del SERVIR se dirige a la Superintendente de la SUTRAN, alcanzandole el Informe N° 034-2014-SERVIR/GDSRH emitido por la Gerente de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, manifestando que constituye el Informe Tecnico de Aprobacion del CAP Provisional, en atencion al numeral 5.4.2 de la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC; Que, mediante el Memorandum N° 2664-2014MTC/09.05 del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se alcanza el Informe N° 1527-2014MTC/09.05 del Director de la Oficina de Organizacion y Racionalizacion, con el cual se emite opinion favorable respecto al CAP Provisional de la SUTRAN, por cuanto cumple con la normativa vigente; Que, en observancia de la normativa senalada y teniendo en cuenta el pronunciamiento favorable de SERVIR, respecto al CAP Provisional de la SUTRAN, corresponde expedir la resolucion aprobatoria de dicho instrumento de gestion; De conformidad con las Leyes Nos. 29370, 29380 y 30057, Decretos Supremos N° 021-2010-MTC y N° 0402014-PCM; y la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal Provisional de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal CAP Provisional de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- De la Publicacion La presente Resolucion Ministerial y el CAP Provisional que aprueba, seran publicados en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional de la SUTRAN (www.sutran.gob.pe), el mismo dia de la publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas y forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4°.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa MORDAZA TV S.A.C. en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1200623-1

Aprueban Cuadro para Asignacion de Personal - CAP Provisional de la SUTRAN
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 059-2015 MTC/01 MORDAZA, 12 de febrero de 2015 VISTO: El Oficio N° 865-2014-SUTRAN/01.2, de fecha 10 de diciembre de 2014, de la Superintendente de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, por el cual solicita al Ministerio de Transporte y Comunicaciones la aprobacion del Cuadro para Asignacion de Personal - CAP Provisional de la SUTRAN; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29380 crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar las actividades del transporte de personas, carga y mercancias en los ambitos nacional e internacional y las actividades vinculadas con el transporte de mercancia en el ambito nacional; disponiendo que tiene personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia tecnica, funcional, administrativa y presupuestal, y que constituye pliego presupuestal; Que, mediante el Decreto Supremo N° 021-2010-MTC se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUTRAN, senalando que es un Organismo Publico Ejecutor adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y establece su estructura organica y funciones especificas de los organos y unidades organicas; Que, mediante la Resolucion de Superintendencia N° 079-2013-SUTRAN/01.2, de fecha 17 de diciembre de 2013, se aprueba el MORDAZA Clasificador de Cargos (CC) de la SUTRAN; Que, mediante la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, de fecha 08 de agosto de 2014, se aprueba la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades", en cuyo articulo 1° establece los lineamientos generales que todas las entidades del Sector Publico indicadas en el articulo 1° de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, concordado con el articulo 3° del Decreto Legislativo N° 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil como rectora del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos, deben seguir para la aplicacion progresiva de la Duodecima Disposicion Complementaria Transitoria del

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