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El Peruano Viernes 3 de julio de 2015 556545 Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación conforme a Ley. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde 1257975-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 00155/MDSA, que estableció beneficio de regularización tributaria y administrativa en el distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 00008-2015/MDSA Santa Anita, 01 de julio del 2015 VISTO: El Memorándum Nº 215-2015-GR-GG/MDSA de la Gerencia de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 00155/MDSA se aprobó el Benefi cio de Regularización Tributaria y Administrativa aplicable a los contribuyentes deudores por sus obligaciones tributarias y administrativas existentes a la fecha de la vigencia de la citada Ordenanza, estableciéndose como fecha de término de la misma el 31 de Mayo del 2015; plazo que fue prorrogado hasta el 30 de Junio del 2015 en virtud del Decreto de Alcaldía Nº 00006-2015/MDSA; Que, la segunda disposición fi nal de la ordenanza citada, faculta a la Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda dictar medidas complementarias para su aplicación, así como para disponer la prórroga del plazo de vigencia ; Que, mediante informe Nº 073-2015-SGCR/MDSA, la Subgerencia de Control y Recaudación informa que los benefi cios otorgados han resultado convenientes y viables, toda vez existe respuesta positiva de los vecinos en cuanto a su acogimiento para el pago de sus obligaciones tributarias y administrativas, y los pedidos de ampliación de dicho benefi cio. Y, con el ánimo de generar que un mayor número de contribuyentes puedan acceder a los benefi cios otorgados por la Ordenanza Nº 00155/MDSA, propone una prórroga hasta el 31 de Julio del 2015 a fi n de dar facilidades a los contribuyentes que deseen regularizar el pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Resoluciones de Sanción y/o Multa Administrativa, y; Estando a las atribuciones conferidas por el artículo 42º y el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 00155/MDSA, que otorga benefi cios tributarios y administrativos en el distrito de Santa Anita, desde el 02 hasta el 31 de Julio del 2015. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración, Gerencia de Rentas y Subgerencia de Relaciones Públicas, Subgerencia de Informática y Estadística e Imagen Institucional , el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 1257968-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban el Plan de Desarrollo Institucional con Enfoque por Resultados 2016 - 2018 de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 325-2015/MVES Villa El Salvador, 19 de mayo de 2015 POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador en Sesión Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Informe Nº 65-2015-UPECT-OPRP/MVES de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordado con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – a través del artículo 9º numeral 2) establece que se encuentra dentro de las atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, monitorear y controlar el Plan de Desarrollo Institucional, teniendo en cuenta los Planes de Desarrollo Municipal Concertado y sus Presupuestos Participativos; Que, con Informe Nº 65-2015-UPECT-OPRP/MVES de la Unidad de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica se remite el Plan de Desarrollo Institucional con Enfoque por Resultados 2016 – 2018, para su aprobación; Estando a lo expuesto y conforme a lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 9º; así como del artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y con la dispensa de la lectura y trámite de aprobación del acta, POR UNANIMIDAD se expide la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL CON ENFOQUE POR RESULTADOS 2016 – 2018 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE DESARROLLO INSTITUCIONAL CON ENFOQUE POR RESULTADOS 2016 – 2018 de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR, que en Anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza y cuenta con treinta y seis (36) folios. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Ofi cina de Planeamiento, Racionalización y Presupuesto, así como a la Unidad de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica se constituyan en los órganos responsables de velar por el fi el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico y Estadística la publicación en el Portal de Transparencia del Estado, el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas y en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde 1257263-1