Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2015 (03/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano Viernes 3 de julio de 2015

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cantidad de vecinos se agrupen en Organizaciones Vecinales, Organizaciones Temáticas, Organizaciones de Poblaciones Vulnerables y Organizaciones Deportivas y con ello coadyuvar en el desarrollo del distrito, se hace necesario la disminución a cero por conceptos de pago de tasa administrativa para el reconocimiento y registro de éstas Juntas Directivas establecidas en el TUPA de la Municipalidad de Los Olivos; Que, en atención a los pronunciamientos técnicos y legales emitidos en los informes de vistos, las áreas técnicas respectivas opinan favorablemente por la viabilidad de lo peticionado por la Gerencia de Participación Vecinal, considerando que el beneficio de tener organizaciones de base mejor organizadas y que coadyuven a la mejor organización del Distrito es de mayor beneficio que el monto que se podría recaudar; Que, mediante Ordenanza Nº 1762/MML se estableció los Procedimientos para el Reconocimiento y Registro Municipal de Organizaciones Sociales para la Participación Vecinal en Lima Metropolitana; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde en el Artículo 20º numeral 6) y Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: DECRETA: Artículo Primero.- DISMINUIR A COSTO CERO los gastos por trámite de Reconocimiento y Registro de Juntas Vecinales a los Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana, Comités de Parques y Organizaciones Temáticas contempladas en la Ordenanza Nº 1762 ­ MML, de la Municipalidad Distrital de Los Olivos. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, de Administración Tributaria, Gerencia de Tecnologías de la Información, Secretaría General y Subgerencia de Imagen Institucional el cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1257960-1

aprobada mediante Resolución Ministerial N° 200-2010PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, Gerencia de Desarrollo Urbano, Subgerencia de Infraestructura Urbana y Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase; MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde 1257939-1

MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Disminuyen a costo cero los gastos por trámite de reconocimiento y registro de Juntas Vecinales, Comités Vecinales de Seguridad Ciudadana, Comités de Parques y Organizaciones Temáticas contempladas en la Ordenanza Nº 1762-MML
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2015-MDLO Los Olivos, 25 de junio de 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS: VISTOS: El Informe Nº 328-2015/MDLO/GPV de la Gerencia de Participación Vecinal, el Informe Nº 046-2015MDLO/GPP/SGPR de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización, el Memorándum Nº 1275-2015-MDLO/ GPP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Memorándum Nº 363-2015-GAF/MDLO de la Gerencia de Administración y Finanzas y Memorándum Nº 0382-2015GAT/MDLO de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 292- 2015/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Proveído Nº 2606 de la Gerencia Municipal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General establece en el numeral 38.5 del Art. 38º; que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, Norma Regional de rango equivalente o Decreto de Alcaldía; Que, se encuentra vigente para el caso de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, el Texto Único de Procedimiento Administrativo ­ TUPA aprobado con Ordenanza Nº 208-CDLO y ratificado por el Concejo Metropolitano de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 331, desde la expedición del citado documento de gestión se han venido emitiendo, para el caso de determinados procedimientos administrativos, disposiciones que han procurado simplificar los trámites conducentes a la obtención de una autorización o la declaración o constitución de un derecho, merituando la adecuación de aquel; Que, con Informe Nº 328-2015/MDLO/GPV de fecha 22 de junio de 2015 la Gerencia de Participación Vecinal expresa que con el fin de incentivar que la mayor

Aprueban "Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos en un 31% de las Viviendas Urbanas en el Distrito de Los Olivos"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 10-2015-MDLO Los Olivos, 30 de junio de 2015. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS: VISTO: Visto el Informe Nº 102-2015/NC de fecha 12 de junio de 2015 de la Coordinadora del Programa de Segregación, el Informe Nº 225-2015/MDLO/GSC/ SGLP de fecha 16 de junio de 2015 de la Subgerencia de Limpieza Pública, el Proveído Nº 1484-2015 de fecha 16 de junio de 2015 de la Gerencia de Servicios a la Ciudad e Informe Nº 294-2015/GAJ de fecha 24 de junio de 2015 de la Gerencia de Asesoría Jurídica , Proveído Nº S/N de la Gerencia Municipal. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y en su numeral 3.1 del Artículo 80º establece que, en materia

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