Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2015 (03/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Viernes 3 de julio de 2015

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Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Publica aprobada mediante Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, así como el Plan de Simplificación Administrativa establece como objetivo, implementar la gestión por procesos y promover la simplificación administrativa en todas las entidades públicas a fin de mejorar resultados positivos en la mejora de los procedimientos y servicios orientados a los ciudadanos y empresas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007PCM, se aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA en el marco de la Ley Nº 27444 y reconocen dos tipos de procedimientos, los correspondientes a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y se establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; con el Decreto Supremo Nº 064-2010PCM, se aprueba la Metodología de Determinación de Costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en exclusividad el que es de uso obligatorio en los procesos de elaboración y/o modificación del TUPA y a través del Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM se aprueba la Metodología de Simplificación Administrativa, proceso a través del cual se busca eliminar exigencias y formalidades que se consideran innecesarias en los procedimientos que realiza la ciudadanía para lo cual se utiliza un modelo estandarizado; Que, la Ley Nº 27444 ­Ley del Procedimiento Administrativo General, en su artículo 37º , establece que todos los Procedimientos administrativos, requisitos, condiciones y costos administrativos, deben ser considerados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­ TUPA de cada entidad; asimismo en su artículo 38º, numeral 38.3, modificado por Ley Nº 29091, establece que el TUPA es publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE, y en el Portal Institucional; Que, mediante Informe Nº 121-2015-GRHCO/ GRPPAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite a la Gerencia General Regional la propuesta del Texto Único de Procedimiento Administrativo - Tupa de la Red de Salud Huánuco, sustentando con informe Nº 149-2015-GRHCOGRPPAT-SGDIS e Informe Nº 011-2015-GRPPAT/ SGDIS/RIVR emitido por la Sub Gerencia de Desarrollo institucional y Sistemas el proyecto de TUPA de la Red de Salud Huánuco - Gobierno Regional Huánuco, dicho proyecto ha sido consolidado cumple con los requisitos y lineamientos de los Procedimientos Administrativos y servicios prestados en Exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos, aplicando la Metodología de Simplificación Administrativa, aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, y la Metodología de determinación de costos conforme lo establece el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, utilizando el Aplicativo Informático elaborado por la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros; la propuesta de TUPA de la Red de Salud Huánuco, contiene 07 Procedimientos Administrativos y Servicios brindados en exclusividad, El expediente contiene las Tablas ASMEVM, Diagrama de Bloque y contiene su informe técnico para la aprobación de los Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Red de Salud Huánuco; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9o, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15º y 38º de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por UNANIMIDAD en la Sesión de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta. Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: APROBAR EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA DE LA RED DE SALUD - HUÁNUCO DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO Artículo Primero.- APROBAR, el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Red de Salud Huánuco, para la implementación de la metodología de

CORESEC en la II Reunión de trabajo del día 13 de mayo de 2015. Segundo: ENCARGAR a la Oficina de Defensa Nacional y áreas competentes del Gobierno Regional Cajamarca, la implementación y monitoreo, a fin de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Tercero: CONVOCAR a los Gobiernos Locales, según su normativa vigente, implementen y articulen sus acciones para que la presente ordenanza regional sea incluida en sus planes de trabajo. Cuarto: ENGARGAR a la Dirección Regional de Administración del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial "El Peruano". Quinto: ENCARGAR a la Dirección de Comunicación y Relaciones Públicas la publicación de la presente Ordenanza Regional con el respectivo Plan Regional de Seguridad Ciudadana 2015, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional Cajamarca (www.regioncajamarca. gob.pe). Sexto: La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Por tanto: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede institucional del Gobierno Regional Cajamarca, a los tres días del mes de junio del año dos mil quince. HILARIO PORFIRIO MEDINA VÁSQUEZ Gobernador Regional (e) 1257247-2

GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Red de Salud Huánuco
ORDENANZA REGIONAL Nº 018-2015-CR-GRH Huánuco, 22 de junio del 2015 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO POR CUANTO: Visto, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional, de fecha 14 de junio del dos mil quince, el Dictamen Nº 0212015-GRH-CR-CPPPAT-AL, de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Red Huánuco; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización - Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, el Consejo Regional de Huánuco tiene atribuciones de normar la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867; asimismo el artículo 15º del Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, establece que las entidades deben de aprobar su TUPA, en el caso de los Gobiernos Regionales mediante Ordenanza Regional;

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