Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2015 (07/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Martes 7 de julio de 2015

556871
TIPO DE SEGURO PARA PERSONAS A PARTIR DE LOS 60 AÑOS NUEVOS CONTRATOS SEGURO INDIVIDUAL Titular solo S/. 39.00 S/.78.00 S/.94.00 S/.115.00 S/.39.00 Mensual S/.58.00 "

Régimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, de acuerdo al siguiente detalle:
TIPO DE SEGURO PARA PERSONAS MENORES DE 60 AÑOS SEGURO INDIVIDUAL Titular solo SEGURO FAMILIAR Titular + 01 Derechohabiente Titular + 02 Derechohabientes Titular + 03 o más Derechohabientes SEGURO PARA MENORES DEPENDIENTES Aporte por cada dependiente o hijo TIPO DE SEGURO PARA PERSONAS A PARTIR DE LOS 60 AÑOS CONTINUADORES SEGURO INDIVIDUAL Titular solo TIPO DE SEGURO PARA PERSONAS A PARTIR DE LOS 60 AÑOS NUEVOS CONTRATOS SEGURO INDIVIDUAL Titular solo S/.58.00 S/.44.00 Aporte Mensual del Asegurado

Artículo 3.- Los copagos, periodos de carencia y aportes a cargo del asegurado, podrán ser modificados y definidos en las cláusulas de los Convenios suscritos por el Seguro Integral de Salud con Entidades Públicas, en el marco de la Afiliación Corporativa establecida por la Directiva Administrativa Nº 001-2015-SIS-V.01 "Directiva Administrativa que regula el Proceso de Afiliación, Atención, Plan de Beneficios y Financiamiento al SIS Independiente del Régimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud", aprobada por Resolución Jefatural Nº 111-2015/SIS. Artículo 4.- Modificar el Artículo 3 de la Resolución Jefatural Nº 111-2015/SIS, el mismo que queda redactado bajo los siguientes términos: "Artículo 3.- Déjese sin efecto la Resolución Jefatural Nº 014-2011/SIS, sus modificatorias y la Resolución Jefatural 101-2011/SIS, a partir del plazo señalado en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural." Artículo 5.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 063-2011/SIS que aprueba la Directiva Nº 003-2011SIS-GO "Directiva que regula el Proceso de Afiliación a los Componentes Subsidiado y Semisubsidiado del Seguro Integral de Salud en el ámbito donde no se aplica el Aseguramiento Universal en Salud" y sus Anexos. Artículo 6.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 090-2007/SIS que aprueba el Formato de Contrato de Aseguramiento en Salud del Componente Semisubsidiado y sus Anexos. Artículo 7.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y la coordinación con la Oficina General de Tecnología de la Información para su publicación en el portal del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS Jefe del Seguro Integral de Salud 1259238-1

Artículo 2.- Modificar el Anexo Nº 16: Contrato de Seguro de Salud de la Directiva Administrativa Nº 0012015-SIS-V.01 "Directiva Administrativa que regula el Proceso de Afiliación, Atención, Plan de Beneficios y Financiamiento al SIS Independiente del Régimen de Financiamiento Semicontributivo del Seguro Integral de Salud", aprobada por Resolución Jefatural Nº 111-2015/ SIS, incorporando al citado Contrato la Cláusula Tercera, conforme al siguiente texto: "CLAUSULA TERCERA: VALOR DEL APORTE 3.1 Para el pago del aporte mensual al SIS Independiente, se aplicarán los valores establecidos en la tabla siguiente, según corresponda:
TIPO DE SEGURO PARA PERSONAS MENORES DE 60 AÑOS SEGURO INDIVIDUAL Titular solo SEGURO FAMILIAR Titular + 01 Derechohabiente Titular + 02 Derechohabientes Titular + 03 o más Derechohabientes SEGURO PARA MENORES DEPENDIENTES Aporte por cada dependiente o hijo TIPO DE SEGURO PARA PERSONAS A PARTIR DE LOS 60 AÑOS CONTINUADORES SEGURO INDIVIDUAL Titular solo S/.44.00 S/.39.00 Mensual S/.78.00 S/.94.00 S/.115.00 S/. 39.00 Aporte Mensual del Asegurado

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