Norma Legal Oficial del día 17 de julio del año 2015 (17/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Viernes 17 de julio de 2015

NORMAS LEGALES
ACUERDA

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fin de que realice las acciones que correspondan para determinar las responsabilidades de los funcionarios o servidores públicos, de ser el caso, cuya conducta hubiese originado tal situación de desabastecimiento inminente de conformidad con lo señalado por el Artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por D. Leg. 1017, en concordancia con el inciso c) del artículo 20º de la Ley en mención y el artículo 129º de su Reglamento aprobado por D. S. 184-2008-EF y sus modificatorias. Que, la Comisión Nº VI "Participación Vecinal y Registros Civiles mediante Acta Nº 002-2015-MPP/Com. Nº VI "PVyRC" de fecha 25 de junio de 2015, concluyen: 1. El Señor Eusebio Querevalu Álvarez deja constancia que no suscribe el Dictamen porque no se cuenta con la información del proceso de adquisición de insumos. Hace mención que se ha realizado la compra complementaria en un 30%, y la misma da el tiempo suficiente para tomar las provisiones de acuerdo a Ley y no dejar desbastecidos a los Comités del Programa del Vaso de Leche. Existe un procedimiento de nulidad presentado en el mes de febrero de 2015, que no ha sido resuelto. 2. Llevar al Pleno del concejo el dictamen para que se declare en situación de desabastecimiento inminente por aproximadamente noventa (90) días, mientras dura el proceso de compra de insumos del programa vaso de leche de la municipalidad provincial de Paita. 3. Que se continúe con el proceso administrativo correspondiente, solicitando a la Gerencia de Secretaría General, remita copias certificadas de los actuados administrativos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, a fin de que realice las acciones que correspondan para determinar las responsabilidades de los funcionarios o servidores públicos, de ser el caso, cuya conducta hubiese originado tal situación de desabastecimiento inminente de conformidad con lo señalado por el Artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por D. Leg. 1017, en concordancia con el inciso c) del artículo 20º de la Ley en mención y el artículo 129º de su Reglamento aprobado por D. S. 184-2008-EF y sus modificatorias. Que, en la Sesión Extraordinaria de Concejo del 30 de junio de 2015, fue sustentado el Dictamen Nº 0022015/MPP-Com.Nº VI-"P.V.yR.C" de la Comisión Nº VI "Participación Vecinal y Registro Civil" por la Sra. Katty Paola Vivas García, Regidora y Miembro de la Comisión Nº VI por encontrarse ausente la Presidenta de la misma, recomendando al Pleno del Concejo declarar en situación de desabastecimiento inminente por aproximadamente noventa (90) días, mientras dura el proceso de compra de insumos del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de Paita. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 24059, 27470 y 27712 del Programa del Vaso de Leche, en uso de las atribuciones previstas en el artículo 9º numeral 35) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal con cinco (5) votos a favor de los señores Regidores Francisco Javier Rumiche Ruiz, Pedro Imán Aldean, Katty Paola Vivas García, Henry Isaías Cruz Ayala y Ramón Reyes Flores y cuatro (4) votos en contra de los señores Regidores Eleuterio Edgardo Velazco Cornejo, Eusebio Querevalu Álvarez, Neón Santos Cruz y María Edelfilia Atoche de Jaramillo, presentes en esta Sesión de Concejo, con dispensa de la lectura y aprobación del acta, acordó lo siguiente;

Artículo Primero.- DECLARAR en Situación de Desabastecimiento Inminente el Programa del Vaso de leche de la Municipalidad Provincial de Paita, por el término de 90 días calendario que se requiere para convocar el proceso de selección de acuerdo a las especificaciones contenidas en los informes que sustentan el presente acuerdo. Artículo Segundo.- APROBAR la adquisición por Exoneración del Proceso de Selección por Desabastecimiento Inminente para el cereal y leche evaporada entera en lata, tal como se encuentra estipulado en los artículos 20º y 22º de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante D. Leg. 1017 y artículo 129º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante D. S. 184-2008-EF, modificado por el D. S. 138-2012-EF, para la contratación de abastecimiento. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal realizar las acciones pertinentes que correspondan para determinar las responsabilidades derivadas de la situación de desabastecimiento inminente, de conformidad con lo señalado por el artículo 22º de la Ley de Contrataciones del Estado, en concordancia con el artículo 129º de su Reglamento. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR a la Subgerencia de Logística para que realice la contratación directa e inmediatas según lo aprobados en el artículo primero del presente Acuerdo. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles de adoptado, así como remitir a la Contraloría General de la a República y al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­OSCE, copia del cuerdo y de los informes que dieron origen al presente documento, dentro del plazo de Ley; y a la Subgerencia de Logística su publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones del Estado ­ SEACE, conforme a Ley. Regístrese, comuniquese y cúmplase LUIS REYMUNDO DIOSES GUZMÁN Alcalde 1263803-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA
Aprueban el Reglamento del Cuerpo de Inspectores de la Municipalidad Distrital de Asia
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2015-A/MDA EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ASIA

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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