Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2015 (18/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Sábado 18 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

557675

VISTO: El expediente Nº 03111-2015, Nº 09019-2015 y 22263-2015, promovido por CASA PRO S.R.L., quien pone en conocimiento sobre la esquela de observación del Registrador Público de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP, sobre el título Nº 2015-00337121 respecto de la rogatoria de inscripción de la Resolución de Alcaldía Nº 261-2014/MDSMP; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 261-2014/ MDSMP de fecha 23/10/2014 se declaró de oficio la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un área de 32,231.25 m2, del terreno constituido por la Sub Parcela P1 del Ex Fundo Santa Rosa, inscrito en la Partida Electrónica Nº12600548, expedida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), que se encuentra ubicado en nuestra jurisdicción, sobre el cual se ha constituido el Programa Residencial San Antonio, cuya área es 32,231.25 m2; Que, presentada la rogatoria para la Inscripción Registral de la Resolución de Alcaldía Nº 261-2014/ MDSMP, el Registrador Publico de la SUNARP, mediante esquela de observación según Título Nº 00337121 de fecha 10-04-2015, señala una serie de observaciones de índole técnico de adecuación y error material; Que, con Informe Técnico Nº 118-2015-MROSGCHU-GDU/MDSMP de fecha 16/06/2015, el técnico de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, señala que en las esquelas de observación de la SUNARP, ingresadas con expedientes Nº 03111-2015, 09019-2015 y 22263-2015, se advierte sobre la discrepancia que existe en la Resolución Nº 261-2014/MDSMP y en la memoria descriptiva de la habilitación urbana con respecto a la denominación que corresponde a la inscripción predial en la SUNARP, que en adelante se denominará "Urbanización San Antonio", en la misma resolución se aprueba la independización del parque como aporte reglamentario a favor del Estado, bajo la administración de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para lo cual se adjuntan la minuta de transferencia y se modifica el cuadro general de distribución de áreas detallado en el plano de lotización; Que, a través del memorándum Nº391-2015-GDUMDSMP del 19/06/2015, la Gerencia de Desarrollo Urbano, emite su conformidad al remitir el Informe Nº 166-06-2015-SGCHU-GDU-MDSMP de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, donde se indica que el levantamiento de la observación antes descrita, ha generado la corrección en el plano de lotización lo que implica dejar sin efecto el plano de trazado y lotización Nº 107-2014-SGCyHU-GDU/MDSMP, presentándose un plano de trazado ­ lotización y memoria descriptiva correspondiente; Que, con informe Nº 911-2015-GAJ/MDSMP la Gerencia de Asesoría Jurídica, en mérito a los numerales Nº 201.1 y Nº 201.2 del artículo 201º de la Ley del Procedimiento administrativo General Nº 27444, opina que debe expedirse la Resolución de Alcaldía correspondiente en los términos expuestos y ratificados mediante el Informe Nº 166-2015-SGCHU-GDU-MDSMP del 18/06/2015; Que de acuerdo al artículo 201º numeral 201.1 de la Ley 27444, "todo error material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo en cualquier momento, de oficio o a insistencia de los administrados siempre que no altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión"; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 29090 ­ Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, su modificatoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, con la Visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR EL ERROR MATERIAL del Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 261-2014/MDSMP de fecha 23/10/2014 al haber considerado como Sub Parcela P1 de la

Urbanización Rosa en lugar de "Sub Parcela P1 del Ex Fundo Santa Rosa", inscrito en la Partida Electrónica Nº 12600548, expedida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), terreno donde se desarrolla la "Urbanización San Antonio", ubicado en esta jurisdicción, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Artículo Segundo de la Resolución de Alcaldía Nº 261-2014/MDSMP de fecha 23/10/2014, dejando sin efecto el plano signado Nº 107-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y APROBAR el plano de Lotización Nº 031-2015-SGCHU-GDU-MDSMP y la nueva memoria descriptiva con el siguiente cuadro general de áreas que se detalla a continuación:
CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCION DE AREAS DESCRIPCION AREA BRUTA AREA UTIL AREA CREACION PUBLICA (Mz. "C" Lt. 33) AREA DE VIA METROPOLITANA AREA DE COMPENSACION AREA DE VIAS Área (m2) 32,231.25 m2 17,615.44 m2 2,440.25 m2 6,657.03 m2 326.28 m2 5,192.25 m2

Artículo Tercero.- RATIFICAR en todos los demás extremos el contenido de la presente Resolución de Alcaldía Nº 261-2014/MDSMP de fecha 23/10/2014. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial el Peruano, dentro del plazo de (30) días siguientes a su notificación, a cargo y costo del propietario del predio objeto de la Habilitación Urbana de Oficio. Artículo Quinto.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ADOLFO ISRAEL MATTOS PIAGGIO Alcalde 1264535-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 339-MDS, que aprobó amnistía general tributaria y no tributaria denominada "Pasa la Voz"
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2015-MDS Surquillo, 14 de julio de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Memorándum Nº 417-2015-GM-MDS de fecha 14 de julio de 2015, a través del cual el Gerente Municipal, remite el Informe Nº 034-2015-GR-MDS de fecha 14 de julio de 2015 emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Nº 233-2015-GAJ-MDS de fecha 14 de julio de 2015 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 533-2015-GR-MDS de fecha 13 de julio de 2015 emitido por la Gerencia de Rentas, el Memorándum Nº 916-2015-GPPCIMDS de fecha 13 de julio de 2015 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, el Informe Nº 459-2015-SGAT-GR-MDS de fecha 10 de julio de 2015, de la Sub Gerencia de Administración Tributaria, mediante los cuales dichas Gerencias y Sub Gerencias emiten opinión técnica favorable sobre la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 339-MDS, denominada "Pasa la voz", que aprobó el régimen de beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Surquillo y,

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