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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2015 (18/07/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 92

557666 NORMAS LEGALES Sábado 18 de julio de 2015 / El Peruano CODIGO INFRACCIÓN OBSERVACION CATEGORIAS % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA MARCO LEGAL I II III IV V 7.5 Por no contar el establecimiento comercial dedicado a la elaboración y/o expendio de alimentos y bebidas con las estructuras físicas en buen estado de conservación e higiene. PREVENTIVA 0 40 60 80 0 CLAUSURA TEMPORAL Ley Nº 26842 Decreto Supremo Nº 007-98-SA Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.6 Por no contar el establecimiento comercial dedicado a la elaboración y/o expendio de alimentos y bebidas con equipos operativos que aseguren la cadena de frío cuando se almacenen y expendan los mismos. PREVENTIVA 0 30 50 100 0 CLAUSURA TEMPORAL Ley Nº 26842 Decreto Supremo Nº 007-98-SA Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.7 Por carecer o tener vencida la constancia por el servicio de limpieza o desinfección de tanques, pozos y/o reservorios de agua. PREVENTIVA 50 Decreto Supremo Nº 022-2001-SA 7.8 Por no exhibir o exhibir inadecuadamente los carteles con las frases alusivas al consumo de tabaco que indica la norma vigente. PREVENTIVA 50 CLAUSURA TEMPORAL Ordenanza N° 286-MSI Ordenanza N° 297-MSI Ley N° 29522 7.9 Por no contar con sobre piso (parihuelas) y/o almacenar directamente en el suelo los alimentos o productos plásticos descartables. PREVENTIVA 0 30 50 100 0 Ley Nº 26842 Decreto Supremo Nº 007-98-SA Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.10 Por no realizar la limpieza de secciones comunes, pasajes y pasillos, de los servicios higiénicos y sus colectores de desperdicios sólidos en mercados, centros comerciales y galerías. PREVENTIVA 0 20 30 40 0 CLAUSURA TEMPORAL Ley Nº 26842 Decreto Supremo Nº 007-98-SA Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.11 Por carecer de un adecuado manejo de residuos solidos, sistema de extracción de humos (campana extractora, trampa de grasa, etc.), depuración de olores y/o partículas, o tenerlos inoperativos, contraviniendo las condiciones de diseño, instalación y mantenimiento de Reglamento Nacional de Edifi caciones. PREVENTIVA 0 30 40 50 80 CLAUSURA TEMPORAL Ley Nº 26842 Decreto Supremo Nº 007-98-SA Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.12 Por realizar el sacrifi cio de animales en el interior de los puestos o tiendas del mercado municipal. PREVENTIVA 50 CLAUSURA TEMPORAL Decreto Supremo Nº 029-2007-AG 7.13 Por no contar el personal con la vestimenta adecuada acorde con la actividad que realiza PREVENTIVA 50 Ley Nº 26842 Decreto Supremo Nº 007-98-SA Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.14 Por no contar con un sistema apropiado de disposición de aguas servidas y residuos sólidos el establecimiento comercial dedicado a la elaboración y/o expendio de alimentos y bebidas. PREVENTIVA 0 20 50 70 0 CLAUSURA TEMPORAL Ley Nº 26842 Decreto Supremo Nº 007-98-SA Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.15 Por usar los establecimientos donde elaboran o expenden alimentos para otras actividades que pongan en peligro la inocuidad de los mismos PREVENTIVA 0 30 50 100 0 DECOMISO Ley Nº 26842 Decreto Supremo Nº 007-98-SA Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.16 Por reutilizar envases descartables u otro sanitariamente inadecuado en el expendio de alimentos y/o bebidas. MULTA 50 CLAUSURA TEMPORAL Ley Nº 26842 Decreto Supremo Nº 007-98-SA Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.17 Por comercializar productos farmacéuticos y cosméticos nacionales o extranjeros sin autorización sanitaria y otros requisitos del reglamento o con fecha de expiración vencida, prohibidos o no autorizados. MULTA 0 10 30 50 100 DECOMISO Y/O CLAUSURA TEMPORAL Ley Orgánica de Municipalidades y la Ley General de Salud 7.18 Por exponer a la contaminación los alimentos MULTA 0 10 20 40 50 CLAUSURA TEMPORAL Ley Nº 26842 Decreto Supremo Nº 007-98-SA Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.19 Por tener utensilios de cocina, vajillas, artefactos de elaboración de alimentos y bebidas en condiciones antihigiénicas o en mal estado de conservación. MULTA 0 20 30 50 100 RETENCIÓN Y/O DECOMISO Ley Nº 26842 Decreto Supremo Nº 007-98-SA Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.20 Por preparar y vender alimentos y/o bebidas en zonas de comercialización de alimentos crudos, servicios higiénicos, colector de residuos sólidos o de cualquier otro punto de contaminación. MULTA 0 20 30 50 0 CLAUSURA TEMPORAL Resolución Nº 282-2003-SA-DM 7.21 Por vender bebidas alcohólicas o tragos preparados en condiciones antihigiénicas o con sustancias tóxicas, atentando contra la salud. MULTA 0 30 40 70 100 DECOMISO Ley Nº 29632 y su reglamento