Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2015 (18/07/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 84

1. INFRACCION SOBRE EL CONTROL DEL ORDEN PUBLICO CATEGORIAS % UIT I 0 0 0 0 0 100 CLAUSURA TEMPORAL 50 60 70 CLAUSURA TEMPORAL 50 50 100 100 CLAUSURA TEMPORAL 20 30 40 50 Ordenanza Nº 180-MSI modificada por la Ordenanza N° 278-MSI Ley Nº 28681 y sus modificatorias Ordenanza N° 221-MSI Ordenanza Nº 133-MSI Reglamento de la ley Nº 28119 y su modificatoria 100 150 200 250 CLAUSURA TEMPORAL Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento II III IV V MEDIDA COMPLEMENTARIA MARCO LEGAL

557658

CODIGO PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA

INFRACCIÓN

OBSERVACION

1.1.

Por expender bebidas alcohólicas en locales comerciales que no cuenten con autorización.

1.2

Por permitir el propietario y/o conductor del establecimiento comercial que se altere el orden público mediante el ofrecimiento de un bien o servicios en la vía pública.

1.3

Por no exhibir en el local los carteles exigidos sobre el consumo de bebidas alcohólicas

1.4

Por expender bebidas alcohólicas exclusivamente en locales comerciales que cuenten con autorización solo para acompañamiento de comidas.

1.5

Por no establecer la prohibición al acceso de paginas con contenidos pornográficos y/o violentos, por medio de carteles o letreros, acorde a Ley.

1.6 PREVENTIVA 0 0 100 0 0

Por distribuir o ubicar los equipos de computo, de tal forma que no permita que el responsable tenga el control abierto y visible de los contenidos expuestos por los usuarios.

1ª VEZ: CLAUSURA TEMPORAL POR 05 DÍAS, 2ª VEZ: CLAUSURA Ordenanza Nº 133-MSI Reglamento de TEMPORAL POR 15 DÍAS, Y 3ª VEZ: la ley Nº 28119 y su modificatoria CLAUSURA DEFINITIVA Y DECOMISO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS

1.7

PREVENTIVA

0

0

50

0

0

Por no solicitar la presentación del DNI a toda persona que ingresa a las cabinas de internet. PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA 0 0 0 100 50 100 70 100 50 20 0 100 0 100 100 50 100 150 200 250 0 0 50 100 0 10 20 50 100 10 15 20 25 50

1ª VEZ: CLAUSURA TEMPORAL POR 05 DÍAS, 2ª VEZ: CLAUSURA Ordenanza Nº 133-MSI Reglamento de TEMPORAL POR 15 DÍAS, Y 3ª VEZ: la ley Nº 28119 y su modificatoria CLAUSURA DEFINITIVA Y DECOMISO DE EQUIPOS INFORMÁTICOS Decreto Supremo Nº 022-2001-SA Constitución Política del Perú CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA TEMPORAL Ordenanza N° 387-MSI

1.8

Por tener el terreno sin construir y/o predio en estado de abandono con desmonte, maleza y/o basura que propicie la proliferación de roedores, insectos y/o focos infecciosos.

NORMAS LEGALES

1.9

Por no colocar la bandera del Perú cuando los disponga la autoridad municipal, o estar descolorida y deteriorada.

1.10

Por desarrollar sus actividades fuera del horario establecido (discoteca, restaurante con venta de licor como complemento de comida, snack bar, karaoke, video pub y similares).

1.11

Por interferir, agredir, negarse y/o resistirse a las acciones de fiscalización y control de la Municipalidad.

Ley Orgánica de Municipalidades Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Orgánica de Municipalidades Ley del Procedimiento Administrativo General RETIRO CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA TEMPORAL INTERNAMIENTO DE VEHÍCULO REPOSICION Ordenanza Nº 180-MSI modificada por la Ordenanza N° 278-MSI Ley N° 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento Ordenanza Nº 133-MSI Reglamento de la ley Nº 28119 y su modificatoria Ordenanza Nº 221-MSI Ordenanza N° 383-MSI

1.12

Por retirar, destruir, variar, modificar los afiches de clausura, demolición, paralización u otro similar instalado por disposición municipal

1.13

Por instalar bancos y sillas en la vía pública para el ejercicio de cambio de moneda extranjera.

1.14

Por vender y/o comercializar bebidas alcohólicas en recintos o espacios públicos masivos, sin Autorización Municipal expresa.

1.15

Por no contar con el registro respectivo de usuarios de las cabinas de internet o no exhibirlo cuando sea requerido por la autoridad competente.

Sábado 18 de julio de 2015 /

1.16

Por expender bebidas alcohólicas fuera del horario establecido.

1.17

Por dejar vehículos, carrocerías, chatarra, chasís o similares abandonados en la via pública.

El Peruano

1.18

Por no colocar el cartel con las formalidades establecidas en el numeral 6.3 del artículo 6° de la ordenanza, en cuanto a su ubicación y al contenido que dice "En este local y en todo el distrito de San Isidro está prohibida la discriminación".

Ordenanza N° 384-MSI

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.