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557669 NORMAS LEGALES Sábado 18 de julio de 2015 El Peruano / CODIGO INFRACCIÓN OBSERVACION CATEGORIAS % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA MARCO LEGAL I II III IV V 10.3 Por disponer en vía pública residuos solidos de la construcción y/o demolición, municipales o no municipal por más de 24 horas, sin que exista previamente, ante el municipio distrital, la comunicación y/o solicitud de recojo. PREVENTIVA 100 Ley N° 27972 - Ley Nº 27314- Ordenanza N° 1778-MML 10.4 Por sacar los residuos sólidos antes o después del horario establecido para el paso del camión recolector MULTA 30 50 80 100 200 Ordenanza N° 067-MSI 10.5 Por arrojar, abandonar y/o disponer residuos sólidos en la vía pública, terrenos sin construir, parques, jardines, playas, zonas arqueológicas y zonas de recreación pública, entre otros lugares no autorizados. MULTA 100 Ley N° 27972 - Ley Nº 27314- Ordenanza N° 1778-MML 10.6 Por ensuciar las áreas de uso público (vías, plazas, parques, puentes, entre otras) como resultado de sus necesidades fi siológicas. MULTA 50 Ley N° 27972 - Ley Nº 27314- Ordenanza N° 1778-MML 10.7 Por arrojar, depositar y/o disponer en la vía pública los residuos sólidos desprovistos de bolsas plásticas y/o paquetes debidamente cerrados. MULTA 100 Ley N° 27972 - Ley Nº 27314- Ordenanza N° 1778-MML 10.8 Por realizar Inadecuado manejo (recolección, transporte y disposición) de residuos sólidos biocontaminantes, y/u otros asimilables provenientes de centros médicos, clínicas, centros de salud, hospitales y afi nes. MULTA 100 Ley N° 27972 - Ley Nº 27314- Ordenanza N° 1778-MML 10.9 Por incinerar en el interior de la vivienda, comercio o industria, los residuos sólidos de cualquier origen o naturaleza, incluyendo la maleza y despojos de jardines producida en los mismos. MULTA 20 30 40 50 100 Ley N° 27972 - Ley Nº 27314- Ordenanza N° 1778-MML 10.10 Por quemar residuos solidos de cualquier origen o naturaleza incluyendo maleza y despojos de jardines producto de su mantenimiento, en terrenos sin construir, en la vía publica, parques, plazas, puentes, orilla del mar, zonas ecológicas o áreas recreativas,. MULTA 20 30 40 50 100 Ley N° 27972 - Ley Nº 27314- Ordenanza N° 1778-MML 10.11 Por no efectuar la limpieza de los espacios públicos y la recolección de los residuos sólidos posterior a las 24 horas de haber realizado, con autorización municipal, la realización de eventos, ferias y otras actividades. MULTA 20 30 40 50 100 Ley N° 27972 - Ley Nº 27314- Ordenanza N° 1778-MML 10.12 Por arrojar animales muertos en la vía pública o bienes inmuebles MULTA 50 70 90 100 200 Ley N° 27972 - Ley Nº 27314- Ordenanza N° 1778-MML 10.13 Por entregar los residuos sólidos a particulares no autorizados. MULTA 10 20 40 100 150 Ley N° 27972 - Ley Nº 27314- Ordenanza N° 1778-MML 11. INFRACCIONES SOBRE MEDIO AMBIENTE 11.1 Por carecer de equipo de seguridad para evitar los ruidos fuertes (tapones auditivos) o no hacer uso de ellos, para el caso de los trabajadores, visitantes, u otras personas dentro del recinto donde se ocasiona el ruido. PREVENTIVA 100 Ordenanzas N° 141-MSI 11.2 Por no contar con un sistema de aislamiento o acondicionamiento acústico o barreras aislantes que atenúe o impida la salida del ruido. PREVENTIVA 100 CLAUSURA TEMPORAL Ordenanzas N° 141-MSI 11.3 Por poner en peligro la salud individual o colectiva originado por la emisión, almacenamiento o descarga de sustancias peligrosas, materiales tóxicos, residuos sólidos, efl uentes contaminantes, metales pesados, partículas, gases tóxicos, vapores o por humos. MULTA 40 50 100 150 200 CLAUSURA TEMPORAL Ley General del Ambiente, Nº 28611 11.4 Por la fuga o derrame accidental o premeditado de sustancias altamente contaminantes (aceites, grasas, hidrocarburos, anticorrosivos, pintura, soda caustica, etc.) en espacios públicos y/o privados en perjuicio del ambiente. MULTA 0 30 40 50 100 CLAUSURA TEMPORAL Ley General del Ambiente, Nº 28611 11.5 Por no efectuar las medidas de limpieza y contingencia necesarias para controlar y remediar los impactos negativos ocasionados por la actividad contaminante y/o fuga, derrame y arrojo de materiales o sustancias peligrosas. MULTA 0 40 50 100 200 CLAUSURA TEMPORAL Ley General del Ambiente, Nº 28611 11.6 Por causar impacto negativo en el ambiente afectando a las especies de fl ora y fauna y/o al ecosistema. MULTA 50 100 200 300 500 CLAUSURA TEMPORAL Ley General del Ambiente, Nº 28611 11.7 Por depositar residuos peligrosos y/o radioactivos en la vía pública y otros espacios no autorizados. MULTA 20 50 100 200 300 Ley General del Ambiente, Nº 28611 11.8 Por descargar gas licuado o productos derivados de petróleo fuera del horario establecido en establecimientos comerciales e inmuebles. MULTA 20 50 80 100 200 CLAUSURA TEMPORAL Ordenanza Nº 141-MSI 11.9 Por producir ruidos en zona comercial que excedan de 70 decibeles, en locales comerciales, en horarios de 07:01 a 22:00 horas y que excedan de 60 decibeles en horarios de 22:01 a 07:00. MULTA 10 20 40 80 100 Ordenanzas N° 141-MSI 11.10 Por producir ruidos en zona residencial que excedan de 60 decibeles, en lugar residencial en horarios de 07.01 a 22:00 horas y que excedan de 50 decibeles en horarios de 22:01 a 07:00. MULTA 10 20 40 80 100 Ordenanzas N° 141-MSI 11.11 Por producir ruidos que excedan de 50 decibeles, de 07:01 a 22:00 horas y que excedan de 40 decibeles en horarios de 22:01 a 07:00 en zonas circundantes hasta 100 m., de centros hospitalarios, guarderías, escuelas, asilos, lugares de descanso u otros similares. MULTA 10 20 40 80 100 Ordenanzas N° 141-MSI