TEXTO PAGINA: 94
557668 NORMAS LEGALES Sábado 18 de julio de 2015 / El Peruano CODIGO INFRACCIÓN OBSERVACION CATEGORIAS % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA MARCO LEGAL I II III IV V 7.36 Por vender productos de tabaco, a través de maquinas expendedoras, en locales de acceso a menores de edad. MULTA 50 CLAUSURA TEMPORAL Ordenanza N° 286-MSI Ordenanza N° 297-MSI Ley N° 29517 8. INFRACCIONES SOBRE TENENCIA DE ANIMALES 8.1 Por no inscribir al can en el Registro Municipal. PREVENTIVA 20 Ordenanza N° 250-MSI 8.2 Por no contar con licencia especial para tener un animal potencialmente peligroso PREVENTIVA 100 INTERNAMIENTO DEL ANIMAL Ordenanza N° 250-MSI 8.3 Por no cumplir con la tenencia responsable del can PREVENTIVA 20 Ordenanza N° 250-MSI 8.4 Por albergar animales en predio estando prohibido en régimen de propiedad exclusiva y común PREVENTIVA 50 INTERNAMIENTO DEL ANIMAL Ordenanza N° 250-MSI 8.5 Por no presentar anualmente el Certifi cado de Sanidad Animal inscrito en registro PREVENTIVA 20 Ordenanza N° 250-MSI 8.6 Por no contar con certifi cado de vacunación antirrábica PREVENTIVA 50 Ordenanza N° 250-MSI 8.7 Por no reportar zoonosis de can enfermo a la autoridad de salud PREVENTIVA 50 Ordenanza N° 250-MSI 8.8 Por trasladar canes en transporte público sin jaulas, canastas o similares (transportistas, propietarios y/o poseedor del can) PREVENTIVA 50 Ordenanza N° 250-MSI 8.9 Por conducir o pasear a mas de tres canes en la vía pública PREVENTIVA 100 Ordenanza N° 250-MSI 8.10 Por no comunicar datos para actualizar el Registro Municipal de Canes. PREVENTIVA 20 Ordenanza N° 250-MSI 8.11 Por dejar en vía publica al can sin compañía del cuidador PREVENTIVA 50 Ordenanza N° 250-MSI 8.12 Por crianza de animales domésticos en zona urbana, causando malestar o peligro a la tranquilidad, salubridad o seguridad del vecindario. PREVENTIVA 50 Ordenanza N° 1855-MML 8.13 Por ingresar con canes a establecimientos y/o locales públicos, salvo las excepciones establecidas por ley PREVENTIVA 20 Ordenanza N° 250-MSI 8.14 Por incumplir los requisitos que motivaron la licencia para tener un can potencialmente peligroso. PREVENTIVA 20 Ordenanza N° 250-MSI 8.15 Por establecer centros informales de crianza de canes, así como la venta clandestina y exhibición en la vía pública. PREVENTIVA 50 CLAUSURA DEFINITIVA e INTERNAMIENTO Ordenanza N° 250-MSI 8.16 Por contaminar la vía pública, parques, áreas verdes y alamedas con deposiciones de canes y/o no recogerlas. MULTA 50 Ordenanza N° 250-MSI 8.17 Por pasear el can por la vía publica a) sin identifi cación, b)sin implementos de seguridad (correa o bozal) c) con conductor no adulto o sin capacidad física y/o mental para ejercer control a canes potencialmente peligrosos. MULTA 50 Ordenanza N° 250-MSI 8.18 Por ocasionar el can lesiones o daños a terceros MULTA 100 INTERNAMIENTO Ordenanza N° 250-MSI 8.19 Por utilizar el can como instrumento de agresión contra personas u otros animales MULTA 100 Ordenanza N° 250-MSI 8.20 Por participar, organizar, promover y difundir peleas de canes. MULTA 100 Ordenanza N° 250-MSI 8.21 Por adiestrar o entrenar canes para peleas, para acrecentar su agresividad o para fi nes delictuosos. MULTA 100 Ordenanza N° 250-MSI 9. INFRACCIONES SOBRE ESPECTÁCULOS NO DEPORTIVOS Y EVENTOS SOCIALES 9.1 Por permitir el ingreso a los espectáculos públicos no deportivos y/o actividades sociales a personas ebrias o portadoras de bebidas alcohólicas, animales u objetos que puedan ser utilizados para alterar el normal desarrollo de la actividad. MULTA 100 SUSPENSION Y/ O CANCELACION DEL EVENTO Ley Orgánica de Municipalidades 9.2 Por permitir que durante el desarrollo del espectáculo público no deportivo y/o actividad social se produzcan actos reñidos contra la moral y el orden público. MULTA 100 SUSPENSION Y/ O CANCELACION DEL EVENTO Ley Orgánica de Municipalidades 10. INFRACCIONES SOBRE RESIDUOS SOLIDOS Y LIMPIEZA PÚBLICA 10.1 Por no aplicar la Norma Técnica Peruana 900.058.2005-INDECOPI, que establece el código de colores para los dispositivos de almacenamiento de residuos sólidos; en el caso de personas jurídicas de derecho público o privado que generé más de 50 kg al día. PREVENTIVA 0 20 50 80 100 Norma Técnica Peruana 900.058.2005-INDECOPI 10.2 Por instalar canastillas metálicas en áreas o vías públicas PREVENTIVA 20 40 50 80 100 Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27314