Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2015 (18/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

557664

CODIGO I II III IV V

INFRACCIÓN

OBSERVACION

CATEGORIAS % UIT MEDIDA COMPLEMENTARIA MARCO LEGAL

4.49

Por no facilitar la Visita de verificación técnica y/o por no permitir el ingreso a la obra, a las zonas de trabajo y/o ambientes de la obra objeto de verificación.

MULTA

100

PARALIZACIÓN DE OBRA

Ley N° 29090 modificado por Ley Nº 29476 Decreto Supremo Nº 026-2008-VIVIENDA modificado por Decreto Supremo Nº 005-2010-VIVIENDA

4.50

Por incumplimiento de las disposiciones municipales, autorizaciones, instrucciones o resoluciones emanadas por la Municipalidad, por parte del propietario y/o profesional responsable. MULTA MULTA MULTA MULTA MULTA MULTA 60 70 80 90 100 PARALIZACIÓN DE OBRA 250 EJECUCION DE OBRA 20 30 50 80 100 DEMOLICION 100 RETIRO 50 70 100 150 200 EJECUCION DE OBRA 100 DEMOLICIÓN

MULTA

250

Ley Orgánica de Municipalidades, Reglamento Nacional de Edificaciones, Decreto Supremo Nº 035-2006-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA Ley Orgánica de Municipalidades Ordenanza Nº 203 - MML Ley Orgánica de Municipalidades Ordenanza Nº 203 - MML Ley Orgánica de Municipalidades Reglamento Nacional de Edificaciones Ley Orgánica de Municipalidades Ordenanza Nº 203 - MML Ley Orgánica de Municipalidades Ordenanza Nº 203 - MML Reglamento Nacional de Edificaciones

4.51

Por construir en parques, jardines y áreas públicas

4.52

Por efectuar trabajos que destruyan las pistas, veredas y/o sardineles.

4.53

Por colocar y/o mantener postes en forma deficiente y/o inadecuada, ocasionando riesgos.

4.54

Por construcción de rampas de ingreso a estacionamiento de los predios sobre la pista y/o vereda sin autorización municipal.

4.55

Por modificar, dañar o deteriorar total o parcialmente algún ambiente urbano, monumental, histórico o artístico.

4.56

Por no cumplir con los Planes de Mitigación de los Impactos Ambientales en las Obras de Construcción.

5. INFRACCIONES SOBRE DESARROLLO ECONOMICO, COMERCIALIZACIÓN Y PROTECCION AL CONSUMIDOR PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA PREVENTIVA 100 0 40 60 100 20 50 50 50 5 150 200 250 RETIRO RETIRO RETIRO RETIRO RETIRO 20 50 60 0 40 60 5 10 15 20 80 80 80 30 40 80 100 40 100 100 100 0 15 20 30 40 5 8 10 15 CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA TEMPORAL RETIRO RETIRO RETIRO RETIRO RETIRO y/o DEMOLICION 10 20 30 50 30 40 80 100 CLAUSURA TEMPORAL CLAUSURA TEMPORAL Ordenanza N° 387-MSI Ordenanza N° 387-MSI Ordenanza N° 387-MSI Ordenanza N° 387-MSI Ordenanza N° 387-MSI Ordenanza N° 324-MSI Ordenanza N° 324-MSI Ordenanza N° 248-MSi Ordenanza N° 324-MSI Ordenanza Nº 180-MSI y sus modificatorias Ordenanza Nº 180-MSI y sus modificatorias Ordenanza Nº 180-MSI y sus modificatorias Ordenanza Nº 180-MSI y sus modificatorias

5.1

Por carecer de Autorización Municipal y/o Licencia Municipal de Funcionamiento

5.2

Por variar las condiciones que motivaron el otorgamiento de la Autorización Municipal o de la Licencia de Funcionamiento tales como :ampliación y/o modificación de giro, área entre otros.

NORMAS LEGALES

5.3

Por no exhibir en lugar visible la Autorización Municipal y/o Licencia Municipal de funcionamiento.

5.4

Por uso del retiro municipal con fines comerciales, sin autorización municipal.

5.5

Por no tramitar un nueva Autorización y/o de Licencia Municipal de Funcionamiento o autorización cuando se haya producido un cambio en la denominación o razón social de una persona natural y/o jurídica.

5.6

Por instalar anuncios en forma distinta a lo autorizado.

5.7

Por colocar elementos de publicidad en áreas públicas sin la debida autorización municipal.

5.8

Por instalar elementos de publicidad exterior, que son antirreglamentarios.

5.9

Por instalar anuncios y publicidad exterior en predios declarados como monumentos históricos sin autorización municipal.

5.10

Por instalación de kioscos en la vía pública sin autorización municipal.

5.11

Por no contar con depósito adherido al módulo de venta para ser utilizado como basurero público (comerciante de la vía pública).

5.12

Por realizar campañas de difusión y/o promoción comercial en la vía pública, sin contar con autorización municipal.

Sábado 18 de julio de 2015 /

5.13

Por alterar, introducir y/o adicionar elementos no configurados en las características técnicas del módulo de venta, sin la autorización municipal (comerciante de la vía pública).

5.14

Por no cumplir con las disposiciones complementarias establecidas en la autorización municipal (comerciante vía pública).

Ordenanza Nº 180-MSI modificada por la Ordenanza N° 278-MSI Ordenanza Nº 180-MSI modificada por la Ordenanza N° 278-MSI Ordenanza N° 324-MSI

5.15

Por efectuar la actividad comercial en el kiosco fuera del horario establecido.

El Peruano

5.16

Por instalar toldo con anuncio que sobrevuela en el retiro municipal sin autorización municipal

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