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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (01/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 10

El Peruano Lunes 1 de junio de 2015 553804 afectados por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho – Abancay, Tramo: Km. 154+000 al Km. 210+000”, conforme se detalla en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese, JOSE GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VEINTE (20) PREDIOS AFECTADOS POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA AYACUCHO – ABANCAY, TRAMO: KM 154+000 AL KM 210+000 NRO CODIGO VALOR DE LA TASACION ( S/.) 10 % ADICIONAL (S/.) VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/.) 1 T-CHI-120 772.80 77.28 850.08 2 T-CHI-132 2,095.52 209.55 2,305.07 3 T-CHI-133 1,304.80 130.48 1,435.28 4 T-CHI-136 764.96 76.50 841.46 5 T-CHI-149 1,442.16 144.22 1,586.38 6 T-CHI-154 4,178.58 417.86 4,596.44 7 T-CHI-155 3,591.00 359.10 3,950.10 8 T-CHI-161 2,495.92 249.59 2,745.51 9 T-CHI-168 2,958.75 295.88 3,254.63 10 T-CHI-174 2,988.75 298.88 3,287.63 11 T-CHI-177 6,910.00 691.00 7,601.00 12 T-CHI-178 2,116.25 211.63 2,327.88 13 T-CHI-180 3,240.97 324.10 3,565.07 14 T-CHI-208 1,855.64 185.56 2,041.20 15 T-CHI-215 1,159.00 115.90 1,274.90 16 T-CHI-219 1,943.00 194.30 2,137.30 17 T-CHI-223 2,084.16 208.42 2,292.58 18 T-CHI-224 1,893.12 189.31 2,082.43 19 T-CHI-228 2,499.84 249.98 2,749.82 20 T-CHI-238 6,254.68 625.47 6,880.15 1244094-1 Aprueban el Valor Total de Tasación correspondiente a predio afectado por la ejecución de la obra Tramo III-B del Proyecto de Mejoramiento de la Av. Néstor Gambetta – Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 238-2015 MTC/01.02 Lima, 21 de mayo de 2015 VISTO: La Nota de Elevación N° 165-2015-MTC/20 de fecha 15 de mayo de 2015 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL, y CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura, en su Quinta Disposición Complementaria Final declaró de necesidad pública la ejecución del Proyecto de Inversión Pública Mejoramiento de la Avenida Néstor Gambetta - Callao, que incluye el acceso al Terminal Portuario del Callao, al ser considerado como una obra de infraestructura ferroviaria de interés nacional y de gran envergadura y, en consecuencia, se autorizó la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para su ejecución; Que, el numeral 5.1 del Artículo 5° de la Ley N° 30025 establece que el valor de la tasación para adquirir inmuebles afectados para la ejecución de obras de infraestructura es fi jado por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (actualmente, la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento), considerando: a) El valor comercial del predio y de las mejoras o cultivos permanentes existentes, de corresponder. En el caso de cultivos no permanentes se sigue el tratamiento establecido por la norma; y, b) Una indemnización por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante; Que, de acuerdo con lo previsto en los numerales 5.2 y 5.3 del Artículo 5° de la Ley N° 30025, el valor total de la tasación es aprobado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, considerando el monto fi jado por la Dirección de Construcción y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor a que se refi ere el literal a) del numeral 5.1 del citado artículo. El valor de la tasación debe tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación y constituye el precio a pagarse por todo concepto a los afectados por las obras de infraestructura a que se refi ere el Artículo 1° de la Ley N° 30025; Que, el numeral 5.4 del Artículo 5° de la Ley N° 30025 establece que la Resolución Ministerial que apruebe el valor total de la tasación debe contener además, como mínimo, lo siguiente: a) Identifi cación del sujeto activo y del sujeto pasivo de la expropiación; b) Identifi cación precisa del bien, estableciendo los linderos, medidas perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; así como la referencia al informe expedido por la Ofi cina de Catastro del Registro respectivo, y/o el Certifi cado de Búsqueda Catastral, según corresponda; c) La orden de notifi cación al sujeto pasivo del bien a expropiarse; y, d) La orden de anotación preventiva ante la correspondiente ofi cina registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp); Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.1 del Artículo 5° de la Ley N° 30025, mediante Ofi cio N° 359- 2015/VIVIENDA–VMCS-DGPRCS-DC, la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remitió al Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional (en adelante, PROVÍAS NACIONAL), el Informe Técnico de Tasación modifi cado correspondiente al predio afectado por la ejecución de la obra Tramo III-B del Proyecto de Mejoramiento de la Av. Néstor Gambetta – Callao (en adelante, la Obra), en el cual se consigna como fecha de tasación el 19 de febrero de 2015; Que, mediante Informe Nº 018-2015-MTC-20.6.3/ DMMA e Informe N° 001-2015-MTC-20.6.3/SOV-RSM y, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 5° de la Ley N° 30025, la Jefatura de Proyectos PACRI-UGE de PROVÍAS NACIONAL identifi ca al sujeto pasivo de la expropiación; detalla la ubicación precisa del predio identifi cado con código PC-NG-001, afectado por la ejecución de la Obra, estableciendo los linderos, medidas perimétricas y el área total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; adjunta el Certifi cado de Búsqueda Catastral expedido por la Ofi cina de Catastro del Registro respectivo y determina el valor total de tasación correspondiente al referido predio; Que, por Informe N° 334-2015-MTC/20.3, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL concluyó que resulta viable continuar con el trámite administrativo de aprobación del Valor Total de la Tasación correspondiente a un predio afectado por la ejecución de la Obra, debiendo expedirse para ello la Resolución Ministerial respectiva; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30025 y en el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Valor Total de la Tasación Aprobar el Valor Total de Tasación correspondiente a un (01) predio afectado por la ejecución de la obra