Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2015 (01/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Lunes 1 de junio de 2015 ANEXO VALOR TOTAL DE TASACION CORRESPONDIENTE A UN (01) PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCION DEL PROYECTO LINEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT ­ AV. GAMBETTA DE LA RED BASICA DEL METRO DE MORDAZA Y CALLAO MONTO DE LA TASACION EN NUEVOS SOLES MAS EL 10% A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 5.3 DEL ARTICULO 5 DE LA LEY N° 30025 VERTICE A B PRIMER PISO: Por el Frente: Colinda con la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carretera Central, en linea recta con 2.525 ml. Tramo: C-D.; Por la Derecha : Colinda con la Unidad Inmobiliaria N°6, en linea recta de 1 tramo de 2.90 ml. Tramo: B-C.; Por la Izquierda: Colinda con Unidad Inmobiliaria N°4, en linea recta con 2.90 ml. tramo: D-A.; Por el Fondo : Colinda con la Unidad Inmobiliaria N°4, con 2.525 ml. tramo: A-B; MORDAZA PISO (AZOTEA) Por el Frente : Colinda con aires de la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carretera Central, en linea recta con 17.70 m. Tramo: C-D.; Por la Derecha : Colinda con MORDAZA de Luz Nº1 ­ aires de Unidad Inmobiliaria N°6 y aires de la S/. 1,122,904.76 Av. MORDAZA MORDAZA, en linea de 1 tramo de 13.10 m. Tramo: B-C.; Por la Izquierda : Colinda con unidad lote 5 y Aires de la Av. MORDAZA MORDAZA, en linea recta con 13.10 m. Tramo: D-A.; Por el Fondo : Colinda con MORDAZA de Luz Nº 1 (aires de la Unidad Inmobiliaria Nº6) en linea recta de 17.70 m. Tramo: A-B; AREA AFECTADA DEL TERRENO: 183.36 m2 (Area que representa el 17.53% sobre el bien comun) AREA AFECTADA DE LA EDIFICACION: 227.51 m2. PARTIDA REGISTRAL No.11674296 del Registro de Predios de MORDAZA de la MORDAZA Registral No. IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima. Informe Tecnico N° 13975-2014-SUNARPZ.R.No. IX/OC emitido por la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral No. IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima. C D

553813

CODIGO DE IDENTIFINo. CACION DEL PREDIO

SUJETO ACTIVO

SUJETO PASIVO

UBICACION

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL PRIMER PISO

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA TOTAL DE EDIFICACION:

LADO A-B B-C C-D D-A

DISTANCIA 2.525 2.90 2.525 2.90

ESTE 282578.4905 282581.0070 282580.7406 282578.2240

NORTE 8665628.4508 8665628.2438 8665625.3561 8665625.5630

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL MORDAZA PISO ( AZOTEA) VERTICE A B C D LADO A-B B-C C-D D-A DISTANCIA 17.70 13.10 17.70 13.10 ESTE 282564.2441 282581.8845 282580.6808 282563.0404 NORTE 8665639.2042 8665637.7534 8665624.7088 8665626.1596

1

TE-215

La sociedad conyugal conformada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e MINISTERIO MORDAZA MORDAZA DE TRANS- MORDAZA PORTES Y MORDAZA y COMUNI- la sociedad CACIONES conyugal conformada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA

1244111-1

Otorgan a la empresa Cable Sat TV MORDAZA E.I.R.L. concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 260-2015 MTC/01.03 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2015 VISTA, la solicitud presentada con Expediente N° 2015-006441 por la empresa CABLE SAT TV MORDAZA E.I.R.L. sobre otorgamiento de concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la Republica del Peru; precisando que el Servicio Publico de Distribucion de Radiodifusion por Cable, en la modalidad de cable alambrico u optico, sera el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3) del articulo 75° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por

Decreto Supremo N° 013-93-TCC, senala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley N° 28737, publicada el 18 MORDAZA 2006, senala que "Llamase concesion al acto juridico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o juridica la facultad de prestar servicios publicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominacion de estos contenida en esta Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente. La concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector"; Que, adicionalmente, el citado articulo senala que "Sin perjuicio de lo dispuesto en el parrafo anterior, las personas naturales o juridicas, titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley, a lo

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