Norma Legal Oficial del día 01 de junio del año 2015 (01/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Lunes 1 de junio de 2015

553811
Que, por Informe N° 208-2015-MTC/33.8, la Oficina de Asesoria Legal de la AATE concluye que, estando a lo senalado por la Unidad Gerencial de Supervision y Control de Obras de la AATE, resulta legalmente viable emitir el proyecto de Resolucion Ministerial que apruebe el valor total de tasacion correspondiente al predio afectado por el Proyecto, recomendado que se prosiga con el tramite respectivo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30025 y en el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion del Valor Total de la Tasacion Aprobar el Valor Total de Tasacion correspondiente a un (01) predio afectado por la ejecucion del Proyecto Linea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2.- Notificacion al sujeto pasivo Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE notifique la presente Resolucion al sujeto pasivo de la expropiacion indicado en el Anexo de esta Resolucion, conjuntamente con la oferta de adquisicion correspondiente, conforme a lo dispuesto en el literal c) del numeral 5.4 y en el numeral 5.5 del Articulo 5° de la Ley N° 30025. Articulo 3.- Anotacion Preventiva Disponer que la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao ­ AATE realice las acciones necesarias ante la correspondiente Oficina Registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP), a fin que se proceda a realizar la anotacion preventiva, conforme a lo establecido en el literal d) del numeral 5.4 del Articulo 5° de la Ley N° 30025. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones

monto fijado por la Direccion de Construccion y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor a que se refiere el literal a) del numeral 5.1 del citado articulo. El valor de la tasacion debe tener una antiguedad no mayor a dos anos al momento de su aprobacion y constituye el precio a pagarse por todo concepto a los afectados por las obras de infraestructura a que se refiere el Articulo 1° de la Ley N° 30025; Que, el numeral 5.4 del Articulo 5° de la Ley N° 30025 establece que la Resolucion Ministerial que apruebe el valor total de la tasacion debe contener ademas, como minimo, lo siguiente: a) Identificacion del sujeto activo y del sujeto pasivo de la expropiacion; b) Identificacion precisa del bien, estableciendo los linderos, medidas perimetricas y el area total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; asi como la referencia al informe expedido por la Oficina de Catastro del Registro respectivo, y/o el Certificado de Busqueda Catastral, segun corresponda; c) La orden de notificacion al sujeto pasivo del bien a expropiarse; y, d) La orden de anotacion preventiva ante la correspondiente oficina registral del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (Sunarp); Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 5.1 del Articulo 5° de la Ley N° 30025, mediante Oficio N° 3762015/VIVIENDA­VMCS-DGPRCS-DC, la Direccion de Construccion de la Direccion General de Politicas y Regulacion en Construccion y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento remitio a la Autoridad Autonoma del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao (en adelante, la AATE), el Informe Tecnico de Tasacion correspondiente al predio identificado con Codigo TE-213, afectado por la ejecucion del Proyecto Linea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Basica del Metro de MORDAZA y Callao (en adelante, el Proyecto), en el cual se consigna como fecha de tasacion el 23 de enero de 2015; Que, la Unidad Gerencial de Supervision y Control de Obras de la AATE hace MORDAZA el Informe Tecnico N° 067-2015-RJQ y, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 5° de la Ley N° 30025, identifica al sujeto pasivo de la expropiacion; detalla la ubicacion precisa del predio identificado con Codigo TE-213, estableciendo los linderos, medidas perimetricas y el area total, de acuerdo a las coordenadas UTM de validez universal; adjunta el informe expedido por la Oficina de Catastro del Registro de Predios de MORDAZA y determina el valor total de tasacion correspondiente al referido predio;

ANEXO VALOR TOTAL DE TASACION CORRESPONDIENTE A UN (01) PREDIO AFECTADO POR LA EJECUCION DEL PROYECTO LINEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT ­ AV. GAMBETTA DE LA RED BASICA DEL METRO DE MORDAZA Y CALLAO CODIGO DE IDENTIFICACION DEL PREDIO MONTO DE LA TASACION EN NUEVOS SOLES MAS EL 10% A QUE SE REFIERE EL NUMERAL 5.3 DEL ARTICULO 5 DE LA LEY N° 30025 A B C D

No.

SUJETO ACTIVO

SUJETO PASIVO

UBICACION

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL

1

TE-213

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA TOTAL DE EDIFICACION: · Por el Frente: Colinda con la Av. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Carretera Central, en linea recta con 3.85 ml. Tramo: C-D; · Por la Derecha: Colinda con la unidad inmobiliaria 4, en linea recta con 11.70 ml. Tramo: B-C; · Por la Izquierda : Colinda con unidad inmobiliaria 2, en linea recta con 11.70 ml. Tramo: D-A; · Por el Fondo : Colinda con la unidad MORDAZA inmobiliaria 6, con 3.85 ml. Tramo: A-B. MORDAZA AREA AFECTADA DEL TERRENO: 34.52 MORDAZA m2 (Area que representa el 3.30 % sobre MORDAZA el bien comun) AREA AFECTADA DE LA EDIFICACION: 43.95 m2. PARTIDA REGISTRAL No. 11674294 del Registro de Predios de MORDAZA de la MORDAZA Registral No. IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima. Informe Tecnico N° 13975-2014SUNARP-Z.R.No. IX/OC emitido por la Oficina de Catastro de la MORDAZA Registral No. IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima.

VERTICE LADO A-B B-C C-D D-A

DISTANCIA 3.85 11.70 3.85 11.70

ESTE 282500.4471 282504.2842 282503.2091 282499.3721

NORTE 8665617.2811 8665616.9655 8665605.3150 8665605.6306

S/. 213, 434.11

1244103-1

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