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El Peruano Domingo 7 de junio de 2015 554593 CRONOGRAMA DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2016 ACTIVIDADES FECHAS HORARIOS Preparación: Emisión de Ordenanza, Conformación de Equipo Técnico, Resoluciones de reconocimiento, preparación de documentos informativos y coordinación entre niveles de gobierno, articulación de cronogramas Del 20/05/2015 al 04/06/2015 De: 08:00 am a 1:00 pm De; 02:00 pm a 05:00 pm ConvocatoriaPública, CCL, CVC, OSB, otros; sensibilización y publicaciones en medios de comunicación del PPxR 2016, Inscripción y Acreditación de Agentes Participantes. Del 04 al 09/06/2015 De 08:00 am a 05:00 pm Talleres descentralizados de Capacitación: Diagnóstico, información de normas, criterios, Planifi cación Estratégica, SNIP, PDC y otros Identifi cación y Priorización de Resultados / Proyectos de Inversión Sede Cercado Cerro Azul: Municipalidad 10/06/2015 5:00 p.m. Taller Central: Priorización de Proyectos Formalización de Acuerdos y Compromisos Capacitación al Comité de Vigilancia Sede Cercado Cerro Azul: Municipalidad 17/06/2015 4:30 pm 1247138-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL N° 384-MDCC Cerro Colorado, 7 de mayo del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO, en Sesión Extraordinaria de Concejo N° 04-2015-MDCC llevada a cabo el 06 de Mayo del 2015, trató la propuesta de Ordenanza Municipal que contiene el Cuadro de Asignación de Personal Provisional, y; VISTO: El Informe N° 121-2015-MDCC/GPPR, emitido por el Gerente de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, Informe N° 034-2015-GAJ-MDCC emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica, sobre la Ordenanza que contiene el Cuadro de Asignación de Personal Provisional, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado precisa que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como órgano normativo y fi scalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les señala la ley; Que, en ese sentido el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, asimismo la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley del Servicio Civil N° 30057, dispone la creación del Cuadro de Puestos de la Entidad como instrumento de gestión que reemplazará al Cuadro para Asignación de Personal y al Presupuesto Analítico de Personal; y el primer párrafo del artículo 128 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, Decreto Supremo N° 040-20145-PCM, establece que el Cuadro de Puestos de la Entidad es el instrumento de gestión en donde las entidades establecen los puestos, la valorización de los mismos y el presupuesto asignado a cada uno de ello, incluidos los puestos vacantes presupuestados, entre otra información; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR la Autoridad Nacional del Servicio Civil, emite la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC sobre Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades, adicionándose a ésta Directiva a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 234-2014-SERVIR, el numeral 4.8 que precisa las entidades de nivel regional y local que no se encuentren en proceso de tránsito al nuevo régimen del servicio civil, podrán aprobar su CAP provisional siguiendo los lineamientos y condiciones establecidos en dicha Directiva; dispositivo legal que además determina que al efectuarse la modifi cación parcial o total del Reglamento de Organización y Funciones podrán también en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la vigencia de dicha modifi cación, tramitar la aprobación de un CAP Provisional en conformidad a la normatividad vigente, el cual una vez aprobado deberá remitirse una copia a SERIVIR, quien a su vez podrá realizar las observaciones sustantivas conforme a sus atribuciones. Que, estando a lo expuesto, estando al Informe N° 121-2015-MDCC/GPPR, emitido por el Gerente de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, Informe N° 034-2015-GAJ-MDCC emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONA PROVISIONAL – CAP DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CERRO COLORADO Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional– CAP de la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado, que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional– CAP aprobado en el artículo precedente y que forma parte de la presente ordenanza sea publicado en el Portal de la Municipalidad Distrital de Cerro Colorado (www.municerrocolorado. gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) Artículo Tercero.- DISPONER que de conformidad con el artículo 04 del Reglamento de la Ley N° 29091 aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM; la presente ordenanza sin sus anexos, sea publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL E. VERA PAREDES Alcalde 1247061-1