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El Peruano Domingo 7 de junio de 2015 554579 Aprueban el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Olmos – Tinajones – PEOT ORDENANZA REGIONAL N° 018-2015-GR.LAMB/CR Chiclayo, 1 de junio de 2015 El Gobernador del Gobierno Regional de Lambayeque; POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesión Extraordinaria de fecha 25 de mayo del 2015, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las Municipalidades sin inferir sus funciones y atribuciones. La Estructura Orgánica Básica de estos Gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano normativo y fi scalizador, el Gobernador Regional como “Órgano Ejecutivo” y el Consejo de Coordinación Regional integrado por los Alcaldes Provinciales y por representantes de la Sociedad Civil, como Órgano Consultivo y de Coordinación con las Municipalidades, con las funciones y atribuciones que les señala la Ley. Que, mediante Ofi cio Nº600-2015-GR.LAMB/SG, de fecha 11 de mayo del año 2015, el Secretario general por especial encargo de la Gobernación Regional, cumple con elevar a este despacho el expediente conteniendo los informes técnico y legal correspondientes al Proyecto del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Olmos Tinajones con la fi nalidad de que sea tratado y aprobado por el colegiado. Que, el Jefe de la Ofi cina Regional de Asesoría Legal mediante Informe Legal Nº 385-2015-R.LAMB/ORAJ, de fecha 11 de mayo del año 2015, emite opinión favorable respecto del Proyecto del “Manual de Operaciones del Proyecto Especial Olmos Tinajones”; así mismo el Jefe de la Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento Territorial, mediante Informe Nº 128- 2015-GR.LAMB/ORPP, de fecha 11 de mayo del año 2015, manifi esta que la Ofi cina Regional a su cargo se ha pronunciado favorablemente al respecto y se ratifi ca en ella. Que, mediante Ofi cio Nº 614-2015-GR.LAMB/PEOT- GG, de fecha 08 de mayo del 2015, el Gerente General del Proyecto Especial Olmos Tinajones cumple con remitir el Proyecto del “MANUAL DE OPERACIONES DEL PROYECTO ESPECIAL OLMOS TINAJONES”, el cual ha sido elaborado por la Ofi cina de Planifi cación, Presupuesto y Racionamiento del PEOT y cuenta con el respectivo informe legal emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica de dicha institución. Que, mediante Informe Nº 008-2015-GR.LAMB/PEOT- GG/50, de fecha 07 de mayo del año 2015, el Jefe de la Ofi cina de Presupuesto Planifi cación y Racionalización del Proyecto Especial Olmos - Tinajones hace llegar al Gerente General de PEOT, el Manual de Operaciones del PEOT, con el fi n de proporcionar mejores antecedentes y consideraciones de carácter Legal, Técnico y Financiero, necesarios para una adecuada comprensión de lo que pretende el Manual de Operaciones propuesto, y mediante Informe Nº 038-2015/GR.LAMB/PEOT-GG, de fecha 08 de mayo del 2015, el Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Proyecto Especial Olmos – Tinajones -PEOT, emite Informe Legal sobre Manual de Operaciones Complementario. Que, el artículo 36º de los “Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF, por parte de las entidades de la Administración Pública” aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, establece que “los programas y proyectos contarán con un Manual de Operaciones...”. Que, el Proyecto de Especial Olmos – Tinajones (PEOT), es un órgano descentralizado del Gobierno Regional de Lambayeque, tal como lo establece el ROF, concordante con la precitada norma nacional, debe contar con un Manual de Operaciones, aprobado mediante Ordenanza Regional. Que el Proyecto de Especial Olmos – Tinajones (PEOT) ha propuesto su respectivo Manual de Operaciones el cual consta de CUATRO capítulos y anexos los cuales son: Capítulo I: Se señala El Proyecto, La Finalidad, Etapas de Construcción, Objetivos y Marco Legal; Capítulo II: Se detalla el Marco Institucional del PEOT.; Capítulo III: Régimen Económico, Laboral, Disposiciones Complementarias y Transitorias y Capítulo IV: Procesos Principales. Que, en ese sentido, el inc. a., del Artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como atribuciones del Consejo Regional el aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA: Artículo Primero.- APROBAR el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Olmos – Tinajones – PEOT, órgano descentralizado del Gobierno Regional de Lambayeque, Documento de gestión que consta de CUATRO capítulos y anexos los cuales son: Capítulo I: Se señala El Proyecto, La Finalidad, Etapas de Construcción, Objetivos y Marco Legal; Capítulo II: Se detalla el Marco Institucional del PEOT.; Capítulo III: Régimen Económico, Laboral, Disposiciones Complementarias y Transitorias y Capítulo IV: Procesos Principales.. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto toda disposición que se oponga a esta Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPÓNGASE la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario ofi cial El Peruano, así como en el diario encargado de la publicación de los avisos judiciales de la región Lambayeque, difundiéndose además a través del Portal Electrónico Institucional del Gobierno Regional de Lambayeque, www.regionlambayeque.gob.pe. Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional de Lambayeque para su promulgación. Dado en Chiclayo, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil quince. RAÚL VALENCIA MEDINA Consejero Delegado POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de Lambayeque, a los un día del mes de junio del año dos mil quince. HUMBERTO ACUÑA PERALTA Gobernador Regional 1247156-1 Aprueban el Plan Estratégico de Desarrollo Vial de Lambayeque 2014 - 2021 ORDENANZA REGIONAL N° 019-2015-GR.LAMB/CR Chiclayo, 1 de junio de 2015 El Gobernador del Gobierno Regional de Lambayeque; POR CUANTO: El Consejo Regional en su Sesión Extraordinaria de fecha 25 de mayo del 2015, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: