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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (07/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 81

El Peruano Domingo 7 de junio de 2015 554591 Artículo 23° De los Criterios de Priorizacion Se tomará en cuenta los siguientes criterios: 1. Población Benefi ciaria en extrema pobreza. 2. Nivel de Necesidades Básicas Insatisfechas. (NBI) 3. Nivel de participación de la Población (de la zona) en acciones de desarrollo comunal. 4. El Co Financiamiento del Proyecto por otras entidades estatales y/o privadas. 5. Porcentaje de la Población Benefi ciaria del proyecto. 6. Incidencia del proyecto en la población de mayor riesgo. 7. Impacto de generación de empleo local. 8. Incidencia en el desarrollo de actividades económicas importantes en la zona. 9. Generación de ingresos propios a la Municipalidad de Cerro Azul. La valoración o puntaje para cada uno de los criterios a que se refi ere el Artículo anterior, serán los mismos que se consignan en el instructivo Nº001–2010 - EF/76.01. CAPÍTULO V DE LA VIGILANCIA CIUDADANA EN LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO PÁRTICIPATIVO Artículo 24° Comité de Vigilancia y Control Los Agentes participantes para fi nes de vigilancia ciudadana eligen el Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo entre los Agentes participantes. Este se conforma en la Formalización de Acuerdos y Compromisos del Proceso del PP – 2016 y fi nalizara su labor hasta la culminación del Año Fiscal 2016, debiendo ser reconocidos formalmente por la Municipalidad mediante Resolución de Alcaldía. El Comité de Vigilancia cumple las siguientes Funciones: 1. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del proceso del Presupuesto Participativo en la aprobación y ejecución del Presupuesto Institucional, verifi cando que contengan proyectos priorizados de acuerdo a los montos que fueron asignados y acordados en el proceso. 2. Vigilar que la municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras, correspondientes a los proyectos priorizados en el proceso participativo a fi n de facilitar la vigilancia. 3. Vigilar que los recursos municipales destinados al Presupuesto Participativo del año fi scal 2016, sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. 4. Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofi nanciamiento de los proyectos de inversión incluidos en el proceso participativo. 5. Solicitar formalmente al Alcalde. De acuerdo a las normas de transparencia, la información que requiere para desarrollar las tareas de vigilancia. 6. Informar semestralmente al Concejo de Coordinación Local sobre los resultados de vigilancia 7. Participar en las Asambleas Públicas y Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas programadas por la Municipalidad Distrital, para informar a la población sobre la ejecución y cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos. 8. Presentar reclamos o denuncias al Concejo Municipal, a la Contraloría general de la República, al Ministerio Público o a la Defensoría del Pueblo, en caso encuentre indicios o pruebas de alguna irregularidad en el proceso del Presupuesto Participativo o en la implementación de los acuerdos adoptados. Artículo 25º.- Requisitos para Conformar el Comité de Vigilancia Para ser elegido miembro del Comité de Vigilancia se requiere: 1. Ser Agente participante, representante de una organización social de base o de Institución Privada, que forman parte del ámbito jurisdiccional. 2. Radicar en la jurisdicción del distrito 3. No haber sido condenado por delitos o faltas. Estará conformado por no menos de tres (03) ni más de cinco (05) integrantes, elegidos entre los agentes participantes, los cargos son los siguientes: Presidente(a), Secretario (a), y miembros integrantes. Artículo 26º.- De la Participación Ciudadana en la Ejecución y Evaluación del Presupuesto Participativo. La Municipalidad brindará información pública requerida por los ciudadanos de conformidad con la Ley N° 27806, sobre la Transparencia y Acceso a la Información Publica y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM. La función se ejerce bajo responsabilidad según lo dispuesto en la misma Ley; para lo cual el Municipio utilizará todos los medios a su alcance a fi n de lograr la adecuada y oportuna información a todos los vecinos sobre el proceso de Planeamiento Concertado, Presupuesto Participativo, ejecución del plan y del gasto público. Así como los informes a los órganos de control sobre la ejecución presupuestal. N° ACTIVIDADES E F M A M J J A S O N D 01 PREPARACIÓN Aprobación y difusión de la Ordenanza X Conformación del Equipo Técnico X Elaboración y Aprobación del plan general de trabajo del proceso participativo X Preparación del plan de actividades de capacitación X Convocatoria pública X Inscripción y acreditación de agentes participantes X Acciones de capacitación x x x x x x x 02 CONCERTACIÓN Taller de capacitación, identifi cación y priorización de proyectos del proceso participativo para el año fi scal 2016 X Evaluación Técnica de Proyectos X 03 COORDINACIÓN ENTRE NIVELES DE GOBIERNO Reuniones de coordinación Municipalidad Provincial, Gobierno Regional, Gobierno Nacional, Entidades Cooperantes X X 04 FORMALIZACIÓN Formalización de Acuerdos y Compromisos X Audiencia Pública de Rendición de Cuentas x