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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (07/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 78

El Peruano Domingo 7 de junio de 2015 554588 j) Respeto a los Acuerdos, la participación ciudadana en los asuntos públicos se fundamenta en el compromiso de llevar adelante, por parte de todos los actores, las decisiones concertadas. Estos acuerdos no pueden ser modifi cados unilateralmente. CAPÍTULO II ALCANCE, BASE LEGAL, DEFINICIÓN Y OBJETIVOS Artículo 4°.- Alcance La presente Ordenanza tiene alcance en el ámbito geográfi co de la jurisdicción del distrito de Cerro Azul, para efecto de la formulación concertada del Presupuesto Participativo Municipal del Año Fiscal 2016. Artículo 5°.- Base Legal La Base Legal que ampara el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, es la siguiente: • Constitución Política del Perú. Art. 192° y 195°. • Ley N° 27783, ley de Bases de la Descentralización. • Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto • Ley N° 29298 – Ley que modifi ca la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. • Ley N° 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año 2015. • Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, su Reglamento y disposiciones complementarias y modifi catorias. • Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado por Resolución Directoral N° 007-2010-EF/76.01 de fecha 26 de marzo de 2010. • Directiva Nº 002-2015-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación Anual del Presupuesto del Sector Publico, con una perspectiva de Programación Multianual, aprobado con Resolución Directoral N° 003- 2015-EF/50.01. Artículo 6º.- Defi nición El Presupuesto Participativo es un espacio de concertación donde los representantes de la sociedad civil y las autoridades locales, defi nen la ejecución del gasto de inversión pública, con la fi nalidad de promover el desarrollo local, direccionado por la visión de desarrollo de los Planes de Desarrollo Concertados. Contribuyendo con la adecuada gobernabilidad, efi ciencia de la gestión pública, control social de los recursos, identidad local, confi anza entre ciudadanos, rescate de valores en la sociedad y el empoderamiento de la ciudadanía en las decisiones de su jurisdicción; con la concertación, del Consejo de Coordinación Local Distrital (CCL), se generara una articulación sistémica de los agentes participantes con el Gobierno Local. Artículo 7º.- Objetivos Los objetivos del Presupuesto Participativo basado en resultados son: a) Promover la creación de condiciones económicas, sociales, ambientales y culturales que mejoren los niveles de vida de la población y fortalezcan sus capacidades como base del desarrollo, posibilitando acciones concertadas que refuercen los vínculos de identidad, de permanencia y las relaciones de confi anza. b) Mejorar la asignación y ejecución de los recursos públicos de acuerdo a las prioridades consideradas en el Plan de Desarrollo Concertado y los Planes Sectoriales Nacionales, propiciando una cultura de responsabilidad fi scal, sobre la base de los acuerdos concertados. c) Reforzar la relacione entre el Estado y la Sociedad, en el marco de un ejercicio de la ciudadanía que utilice los mecanismos de la democracia directa y democracia representativa generando compromisos y responsabilidades compartidas. d) Fijar las prioridades del gasto público, en materia de gastos de inversión, garantizando la sostenibilidad de la inversión ya ejecutada y estableciendo un orden de prelación para la ejecución de los proyectos que se prioricen y sean declarados viables bajo las normas técnicas y procedimientos establecidos en la Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Publica y modifi catorias. e) Involucrar y comprometer a la sociedad civil y al sector privado en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los Objetivos Estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto a los derechos y las obligaciones que los ciudadanos tienen, como contribuyentes y como actores, en el funcionamiento del Estado y en el desarrollo sostenible del territorio donde habitan. f) Crear y desarrollar a partir de la normativa existente, políticas públicas y condiciones institucionales que promuevan la generación y ejecución de la inversión privada. g) Buscar el aumento de la competitividad local, así como la superación de la pobreza a través de mejoras sustantivas en infraestructura, nivel de educación, cobertura de salud, seguridad jurídica, establecimiento de derechos de propiedad, adecuada regulación en estándares de calidad y sanidad, entre otros. h) Reforzar la transparencia, el seguimiento, la rendición de cuentas y la ejecución de las acciones concertadas se en el Proceso de Presupuesto Participativo; así como la vigilancia de la acción pública en general, fortaleciendo las capacidades locales para el desarrollo del Presupuesto Participativo. TÍTULO II DEL PROCESO DE PRESPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS CAPÍTULO I DE LA ORGANIZACIÓN Y METODOLOGÍA DEL PROCESO Artículo 8°.- Fases del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Los titulares del pliego son los responsables de llevar adelante las distintas fases del proceso, conforme a los mecanismos que establece la legislación enumerada en el artículo 5° del presente Reglamento. El proceso de presupuesto participativo tiene las siguientes fases: - Paso 1° Preparación. • Aprobación y difusión de la Ordenanza Municipal • Conformación del Equipo Técnico • Preparación del Cronograma de Capacitación. • Preparación de materiales para talleres • Invitación para la participación en el proceso. • Convocatoria pública. • Inscripción de agentes participantes. • Acciones de capacitación. - Paso 2° Concertación. • Taller de instalación del Proceso Participativo • Taller de Identifi cación y Socialización de Programas Presupuestarios. • Evaluación Técnica de proyectos. • Taller de priorización de Proyectos de inversión. - Paso 3° Coordinación entre niveles de Gobierno • Reuniones de coordinación con la Municipalidad Provincial, Gobierno Regional y Gobierno Central. - Paso 4° Formalización • Formalización de Acuerdos y Compromisos • Informe de evaluación de cumplimiento de acuerdos. Artículo 9°.- Metodología y Criterios Básicos para la Preparación del Presupuesto Participativo. La metodología que se aplicara en el presente proceso, incorporara el enfoque por resultados de manera gradual con el objetivo de lograr que el proceso presupuestario se favorezca e impulse el desarrollo progresivo orientado a resultados en la gestión municipal, y el propósito de fortalecer la eficacia y equidad del gasto público, para contribuir a la mejora del desempeño de la Municipalidad respecto al bienestar de la ciudadanía. Y los criterios que se determinaran para la fase preparatoria del Presupuesto Participativo 2016, son los siguientes: