Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2015 (10/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 10 de junio de 2015

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i) Resolucion Administrativa N° 061-2014-CE-PJ, de fecha 5 de marzo de 2015, mediante la cual se autorizo a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia a suscribir convenios con Gobiernos Regionales y Locales con la finalidad de mejorar la infraestructura inmobiliaria del Poder Judicial, en el MORDAZA de la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversion publica regional y local con participacion del sector privado; precisandose que los convenios deberan tener el acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, segun sea el caso. Tercero. Que, la facultad de celebrar convenios comprende las acciones de consensuar, aprobar, firmar y ejecutar; en ese sentido, teniendo en cuenta las diversas resoluciones que se han expedido respecto a la delegacion de facultades para la suscripcion de convenios interinstitucionales, resulta necesario regular las facultades delegadas en concordancia con lo previsto en el articulo 82°, inciso 21, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 624-2015 de la vigesima MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, sin la intervencion del senor Lecaros MORDAZA por tener que viajar en comision de servicio. Por unanimidad, SE RESUELVE: Primero.- Delegar al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la facultad de celebrar convenios interinstitucionales con las siguientes entidades: a) Poderes del Estado (Congreso de la Republica y Ministerios del Estado). b) Organos autonomos del Estado (Banco Central de Reserva del Peru, Consejo Nacional de la Magistratura, Defensoria del Pueblo, MORDAZA Nacional de Elecciones, Contraloria General de la Republica, Ministerio Publico, Oficina Central de Lucha contra la Falsificacion de Numerario, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, Superintendencia Nacional de Educacion Universitaria y Tribunal Constitucional); u otras entidades del Estado de competencia nacional. Segundo.- Delegar al Gerente General del Poder Judicial y, en su caso, a los Gerentes o Administradores Distritales de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, la facultad de celebrar convenios interinstitucionales con Universidades publicas o privadas, previo acuerdo del organo competente de las referidas MORDAZA de estudios; salvo que excepcionalmente asuma la delegacion el Presidente del Poder Judicial para determinados casos. Tercero.- Delegar a los Gerentes o Administradores Distritales de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA la facultad de celebrar convenios interinstitucionales con Gobiernos Regionales, Provinciales y Distritales; u otras entidades publicas o privadas ubicadas en la jurisdiccion del Distrito Judicial, previo acuerdo del Consejo Regional, Concejo Municipal y de los organos competentes, segun corresponda; salvo que excepcionalmente asuma la delegacion el Presidente del Poder Judicial para determinados casos. Cuarto.- Para la celebracion de los referidos convenios se debera contar con el informe favorable de la Oficina de Coordinacion, Seguimiento y Monitoreo de Convenios Interinstitucionales. Quinto.- Disponer que los convenios que se suscriban conforme a las facultades delegadas, MORDAZA comunicados al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial para su validacion y registro correspondiente. Sexto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Gerencia General del Poder Judicial, Procuraduria Publica y al Organo de Control Institucional, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Delegan diversas facultades al Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y a otros funcionarios
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 155-2015-CE-PJ
MORDAZA, 29 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Primero. Que una de las atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial es celebrar toda clase de convenios y cooperacion e intercambio con entidades nacionales y extranjeras, dentro de la Constitucion y las Leyes, para asegurar el financiamiento de sus programas y el cumplimiento de sus fines, de conformidad con lo establecido por el articulo 82°, inciso 21, del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial. Segundo. Que con la finalidad de descongestionar la labor de este Organo de Gobierno y resolver con mayor celeridad las propuestas de convenios, se expidieron las siguientes resoluciones administrativas: a) Resolucion Administrativa de fecha 23 de febrero de 2007, por la cual se delego al Gerente General la suscripcion de convenios con instituciones educativas que permitan el acceso gratuito y/o con tarifas reducidas a cursos o programas destinados a trabajadores del Poder Judicial. b) Resolucion Administrativa N° 062-2009-CE-PJ, del 3 de marzo de 2009, por la cual se delego a los Presidentes de las Cortes Superiores la facultad de celebrar convenios de cooperacion interinstitucional con Gobiernos Regionales y Locales, con la finalidad de recibir donaciones o cesiones en uso de bienes muebles e inmuebles. Posteriormente, mediante Resolucion Administrativa N° 377-2009-CE-PJ, del 20 de noviembre de 2009, las facultades delegadas se ampliaron para suscribir convenios con entidades publicas a fin de elaborar los estudios de preinversion que viabilicen la construccion o mejoramiento de la infraestructura del Poder Judicial. c) Resolucion Administrativa N° 075-2010-CE-PJ, de fecha 24 de febrero de 2010, que delego a los Presidentes de las Cortes Superiores del MORDAZA la facultad de celebrar convenios de cooperacion interinstitucional con el Banco de la Nacion, con el objeto de implementar micro agencias de la citada entidad bancaria. d) Resolucion Administrativa N° 050-2011-CE-PJ, del 26 de enero de 2011, que entre otras medidas, delego al Presidente del Consejo Ejecutivo la facultad de aprobar propuestas de convenios interinstitucionales. e) Resolucion Administrativas N° 143-2011-CE-PJ, del 27 de MORDAZA de 2011, mediante la cual se delego a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, en tanto el Ministerio de Economia y Finanzas asigne la partida presupuestal correspondiente, la facultad de suscribir convenios con los Colegios de Abogados; asi como con Universidades publicas o privadas ubicadas en sus respectivos Distritos Judiciales, con la finalidad de que las referidas instituciones puedan financiar el pago de las remuneraciones de sus representantes ante las Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura. f) Resolucion Administrativa N° 139-2011-CE-PJ, del 18 de MORDAZA de 2011, que autorizo a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA a suscribir convenios de cooperacion interinstitucional con los Colegios de Abogados de su jurisdiccion, relativo al pago de cuotas mensuales. g) Resolucion Administrativa N° 066-2013-CE-PJ, del 10 de MORDAZA de 2013, por la cual se delego a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA la facultad de suscribir convenios con Gobiernos Regionales y Locales, para mejorar la infraestructura del Poder Judicial, observando el formato que en anexo adjunto forma parte de la mencionada resolucion. h) Resolucion de fecha 25 de MORDAZA de 2013, que modifico la Resolucion Administrativa N° 062-2009-CE-PJ, del 3 de marzo de 2009.

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