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El Peruano Viernes 12 de junio de 2015 554809 Artículo 2°.- Designar al señor Javier Alexander Muro Rosado, Director General de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1249595-1 Designan Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 298-2015-MEM/DM Lima, 10 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor II, Código 161AEC04, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza; Que, por convenir al servicio de este Ministerio, es necesario designar al funcionario que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley N° 29158, el artículo 77 del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobada por el Decreto Supremo N° 005-90PCM, y la Ley N° 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo Único1.- Designar a la señorita economista Iris Marleni Cárdenas Pino, en el cargo de Asesor II, Código 161AEC04, Nivel Remunerativo F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Energía y Minas, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese, ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1249617-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de PETROPERÚ S.A. con el objeto de cubrir gastos de remediación ambiental de las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha empresa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 300-2015-MEM/DM Lima, 10 de junio de 2015 CONSIDERANDO Que, mediante Ley N° 28840, Ley de Fortalecimiento y Modernización de la Empresa Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., se declaró de interés nacional el fortalecimiento y modernización de la referida Empresa, y en su artículo 6 se dispone que la Dirección General del Tesoro Público transferirá a PETROPERÚ S.A. la totalidad de recursos necesarios para cubrir los gastos de remediación ambiental de sus unidades de negocio totalmente privatizadas; Que, mediante la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispuso que para efectos de la aplicación del artículo 6 de la Ley N° 28840, el Ministerio de Energía y Minas deberá efectuar transferencias a favor de PETROPERÚ S.A., las mismas que deberán ser aprobadas mediante resolución Titular del Pliego, que se publicará en el diario ofi cial El Peruano, con cargo a su presupuesto institucional, con el objeto de cubrir los gastos de remediación ambiental que demanden las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha Empresa, precisándose que PETROPERÚ S.A. deberá informar al Ministerio de Energía y Minas los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de las acciones con cargo a los recursos transferidos; Que, asimismo la precitada norma establece que quedan suspendidas las disposiciones legales que se opongan o limiten su aplicación, incluido el artículo 73 del TUO de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304- 2012-EF; Que, mediante Cartas Nos. DESO 157-2014, DESO 829- 2014 y DESO 905-2014, tramitadas bajo los Expedientes Nros. 2375114, 2453024 y 2459152, respectivamente, PETROPERÚ S.A. solicitó al Ministerio de Energía y Minas una transferencia de TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL con 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 33 885 000.00) a su favor, con el objeto de atender los compromisos de remediación ambiental que demanden las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha Empresa, relacionado a: i) Recursos requeridos como reembolso correspondientes a los años 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013 y ii) Estimado de los recursos futuros requeridos para los años 2014, 2015 y 2016, en mérito de lo establecido en el artículo 6°de la Ley N° 28840 y de la Vigésima Sexta Disposición Complementaria de la Ley N° 30114; Que, mediante Informe N° 187-2014-MEM/DGH de fecha 30 de diciembre de 2014, de la Dirección General de Hidrocarburos, se reconoció a favor de PETROPERÚ S.A. el monto de SETENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL con 32/100 NUEVOS SOLES (S/. 76 631 897.32), para efectos de la referida transferencia, de acuerdo a la documentación sustentatoria presentada por dicha Empresa; Que, mediante Resolución Ministerial N° 562-2014- MEM/DM publicada en diario ofi cial El Peruano el 31 de diciembre de 2014, se autorizó la transferencia fi nanciera por la suma CUATRO MILLONES CIENTO QUINCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO con 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 115 795.00), con cargo al Presupuesto del Pliego N° 016 - Ministerio de Energía y Minas para el Año Fiscal 2014, a favor de PETROPERÚ S.A., con el objeto de cubrir los gastos de remediación ambiental de sus unidades de negocio totalmente privatizadas y que a la fecha forman parte de recursos pendientes de desembolso que mantiene el Estado con la Empresa; Que, mediante el Informe Técnico Legal N° 081-2015- MEM/DGH-DPTC-DNH de fecha 27 de mayo de 2015, de la Dirección General de Hidrocarburos, se determinó que el monto sustentado y reconocido a dicha fecha a favor de PETROPERÚ S.A., para efectos de lo dispuesto por la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, asciende a CIEN MILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE con 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 100 811 989.00), de acuerdo a la documentación sustentatoria presentada por dicha Empresa mediante la Carta N° DESO 294-2015 de fecha 21 de abril de 2015, tramitada con Expediente N° 2492769; por lo que, teniendo en cuenta la transferencia realizada en virtud a la Resolución Ministerial N° 562-2014-MEM/ DM, el monto pendiente de transferir a la referida Empresa asciende a NOVENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO NOVENTA Y CUATRO con 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 96 696 194.00); Que, teniendo en consideración lo establecido en la normativa legal antes mencionada, la documentación sustentatoria presentada por PETROPERÚ S.A., el Informe N° 099-2015-MEM/DGH de la Dirección General de Hidrocarburos y la Certifi cación de Crédito Presupuestario N° 2015-01845-001 emitida por la Ofi cina de Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, resulta necesario autorizar la Transferencia Financiera hasta por la suma de DIEZ MILLONES y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 000 000.00), a favor de PETROPERÚ S.A., con el objeto de atender los compromisos de remediación ambiental que demanden las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha Empresa; Con la visación de la Dirección General de Hidrocarburos, de la Ofi cina General de Administración y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 28840 y en la Vigésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;