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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (12/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Viernes 12 de junio de 2015 554813 Acuerdo SO N° 34-09-2015-ITP/CD de fecha 08 de mayo de 2015; Que, por el numeral 1 del Acuerdo N° SO 047-11-2015- ITP/CD, adoptado en la Sesión Ordinaria N° 11-2015-ITP/ CD de fecha 10 de junio de 2015, se da por concluida la encargatura del señor Manuel Rumiche Pinday como Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Tecnológico de la Producción– ITP, siendo su último día de funciones el 11 de junio de 2015, dándole las gracias por los servicios prestados; Que, por el numeral 2 del Acuerdo citado en el considerando precedente se designa como Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Tecnológico de la Producción – ITP, al señor Víctor Manuel Concha Aranda, cargo considerado de confi anza, a partir del 12 de junio de 2015, Que, el cargo público de Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), es un cargo de confi anza, conforme se establece en el Cuadro para Asignación de Personal del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú –ITP, aprobado por la Resolución Ministerial N° 378-2012-PRODUCE, pudiéndose designar a los funcionarios libremente; Que, el artículo 6° de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, referente a publicidad, dispone: “Todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confi anza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia;” Con el visto de la Secretaria General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; Decreto Legislativo N° 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP; y, el Reglamento de Organización y Funciones del ITP, aprobado por Resolución Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida la encargatura del señor Manuel Rumiche Pinday como Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Tecnológico de la Producción– ITP, siendo su último día de funciones el 11 de junio de 2015, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar, a partir del 12 de junio de 2015, al señor Víctor Manuel Concha Aranda, como Jefe de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ALARCÓN DÍAZ Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción 1249989-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Modifican fecha de realización del evento “No al trabajo infantil, sí a la educación de nuestros niños” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 134-2015-TR Lima, 10 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 133-2015-TR se ofi cializa el evento denominado “No al trabajo infantil, sí a la educación de nuestros niños”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, el día 12 de junio de 2015, a través del cual se prevé difundir las causas y consecuencias del trabajo infantil para los niños, niñas y adolescentes, actividad que contribuirá en la prevención y erradicación del trabajo infantil; Que, mediante Resolución Suprema N° 161-2015- PCM, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 03 de junio de 2015, se autoriza el viaje en misión ofi cial del señor Daniel Ysau Maurate Romero, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Ginebra Confederación Suiza, del 11 al 14 de junio de 2015, para participar en la 104° Reunión de la Conferencia Internacional del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo – OIT; Que, por lo tanto, resulta necesario emitir el acto de administración que modifi que el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 133-2015-TR, en el extremo que señala la fecha del evento denominado “No al trabajo infantil, sí a la educación de nuestros niños”; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Decreto Supremo N° 004-2014-TR, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 133-2015-TR, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 1.- Dar carácter ofi cial al evento denominado “No al trabajo infantil, sí a la educación de nuestros niños”, organizado por la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, a realizarse en la ciudad de Lima, el día 18 de junio 2015”. Artículo 2.- Publicar la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo: (www.trabajo.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1249977-1 Disponen la implementación progresiva del Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC en la Región Lambayeque RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 136-2015-TR Lima, 10 de junio de 2015 VISTOS: El Ofi cio Nº 1089-2015-MTPE/2/14 de la Dirección General de Trabajo, y el Informe Nº 792-2015- MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2013-TR, modifi cado por Decreto Supremo N° 007-2014-TR, se crea el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC que tiene por objeto prevenir la violencia y la delincuencia en el sector de la construcción civil, a través de la identifi cación y profesionalización de los trabajadores que efectivamente se desenvuelven laboralmente en dicha actividad; Que, el artículo 4 del citado decreto supremo, modificado por el Decreto Supremo N° 013-2013-TR, establece que el Registro Nacional de Trabajadores de Construcción Civil - RETCC es implementado progresivamente en todo el territorio nacional, debiendo el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante resolución ministerial, establecer los plazos de dicha implementación;