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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (19/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

El Peruano Viernes 19 de junio de 2015 555508 de agua potable y alcantarillado en los asentamientos humanos cerro el agustino frente 1 – distrito El Agustino) y SNIP 167482 (Mejoramiento de los sistemas de agua potable y alcantarillado en los asentamientos humanos cerro el agustino frente 2 – distrito El Agustino). Según los planos presentados por Consorcio Agustino Consultores, se describen los pueblos según los frentes 1 y 2; FRENTE 1: AA. HH. Cerro El Agustino, AA.HH. Cerro El Independiente, AA.HH. San Pedro de Ate, AA.HH. Santa Clara de Bella Luz, AA.HH. Santa Isabel, AA.HH. Marginal San Pedro; FRENTE 2: AA.HH. Amauta Sector 1, AA.HH. Amauta Sector 2, AA.HH. 7 de Octubre. Se hace necesario reducir la tasa a S/. 15.00 nuevos soles, teniéndose en cuenta la situación económica de los pobladores a benefi ciarse con el proyecto en mención. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9 y 40 de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal con dispensa de trámite de comisiones, lectura y de aprobación del acta y con el voto UNÁNIME de los Regidores, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE REDUCE EL PAGO DE DERECHOS ADMINISTRATIVOS PARA OBTENCIÓN DE CONSTANCIA DE POSESIÓN PARA LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS QUE SE ENCUENTRAN COMPRENDIDOS EN EL PROYECTO DE MEJORAMIENTO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO Artículo 1º.- REDUCIR el pago de derechos administrativos para obtención de la constancia de posesión para los Asentamientos Humanos que se encuentran comprendidos en el proyecto de mejoramiento de agua potable y alcantarillado, con el monto de quince nuevos soles (S/.15.00) y con una vigencia de 45 días calendarios. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración y Finanzas, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y a las demás Unidades Orgánicas correspondientes el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- PUBLICAR el presente dispositivo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de El Agustino (www.mdea.gob.pe) y a la Gerencia de Defensoría y Participación Vecinal y a la Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo su correspondiente difusión masiva. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RICHARD SORIA FUERTE Alcalde 1252114-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Ordenanza que ratifica modificaciones al Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2015 ORDENANZA Nº 431 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC VISTO, en Sesión Extraordinaria de fecha 15 de junio de 2015; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 423-2015-MDR de fecha 30 de marzo de 2015, se ratifi ca el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana 2015, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Rímac, según acta de fecha 16 de febrero de 2015, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933; Que, el Gerente de Seguridad Ciudadana, mediante Informe Nº 20-2015-GSC-MDR de fecha 1 de junio, señala que debe modificarse el Plan Local de Seguridad Ciudadana del CODISEC-RIMAC y ceñirse a lo establecido en la Resolución Directoral Nº 005- 2015-EF/50.01 que aprueba los instructivos para el cumplimiento de las Metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal para el año 2015; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 164-2015-GAJ-MDR de fecha 27 de marzo de 2015 opina que las modifi caciones aprobadas por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana sean ratifi cadas a través del Concejo Municipal ; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9º, numeral 8), artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA LAS MODIFICACIONES AL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2015 Artículo Primero.- Ratifi car las modifi caciones aprobadas por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana del Rímac, respecto del Plan Local de Seguridad Ciudadana del CODISEC-RIMAC, y, que fi gura como Anexo 1, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Secretaria General, Gestión Documentaria y Registros Civiles su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Informática su publicación en el Portal Institucional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los quince días del mes de junio del año dos mil quince. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1252964-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza que establece la obligatoriedad de implementar la instalación de un sistema de video vigilancia en los establecimientos comerciales, industriales, actividades profesionales y/o servicios ubicados en el distrito ORDENANZA Nº 296 San Juan de Lurigancho, 12 de junio de 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de junio del 2015, la propuesta presentada por la Regidora Rosaura Lara Poma sobre la Obligatoriedad de Implementar la instalación de un sistema de video vigilancia en los establecimientos comerciales, industriales, actividades profesionales y/o servicios ubicados en el distrito de San Juan de Lurigancho; y,