Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2015 (19/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano Viernes 19 de junio de 2015

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Articulo Tercero.- Cancelar a partir del 01 de junio de 2015, la inscripcion de la empresa AON AFFINITY PERU CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con Registro Nº J0692 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - Seccion II: De los Corredores de Seguros B: Personas Juridicas, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Departamento de Registros 1252094-1

VISTA: La solicitud presentada por la empresa GRANA ASOCIADOS CORREDORES DE SEGUROS S.A con Registro Nº J0569, representada por la senora MORDAZA MORDAZA Toso Stagi, para que se le autorice la modificacion parcial de su Estatuto Social por aumento de capital social y cambio de denominacion social; CONSIDERANDO: Que, en Junta General de Accionistas del 07 de MORDAZA de 2015, se aprobo la Fusion por Absorcion de Grana y Asociados Corredores de Seguros S.A. (empresa absorbente) con Aon Affinity Peru Corredores de Seguros S.A.C. (empresa absorbida), cuyo procedimiento se encuentra descrito en el Proyecto de Fusion aprobado en Sesion de directorio de fecha 07 de MORDAZA de 2015; Que, como consecuencia de la citada reorganizacion societaria, se acordo modificar el Articulo Primero del Estatuto Social de la empresa absorbente, relativo al cambio de su denominacion social de Grana y Asociados Corredores de Seguros S.A. por la de Aon Grana Peru Corredores de Seguros S.A.; asi como, la modificacion del Articulo MORDAZA del Estatuto Social como consecuencia del aumento del capital social de S/. 30,000.00 (Treinta Mil y 00/100 Nuevos Soles) a la suma de S/. 6'653,752.00 (Seis Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Setecientos Cincuenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles); Que, las sociedades involucradas han establecido como fecha de entrada en vigencia de la fusion el 01 de junio de 2015, oportunidad en la cual, para todos los efectos legales se considera trasferida a Grana y Asociados Corredores de Seguros S.A., en propiedad, a titulo universal y en unico acto, la totalidad de los activos y pasivos comprendidos en el patrimonio de Aon Affinity Peru Corredores de Seguros S.A.C.; lo cual a su vez tendra como consecuencia la extincion de la personeria juridica de empresa absorbida de conformidad con lo establecido en el inciso 2) del articulo 344º de la Ley Nº 26887 - Ley General de Sociedades; Que, como consecuencia de la extincion de la empresa absorbida, la inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de Aon Affinity Peru Corredores de Seguros S.A.C. se cancelara en forma automatica; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar los requisitos exigidos por el Procedimiento 151 del Texto unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de esta Superintendencia, aprobado por Resolucion S.B.S. Nº 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011 y modificatorias; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaria General de la Superintendencia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702, sus modificatorias y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion S.B.S. Nº 2348-2013 del 12 de MORDAZA de 2013; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar a partir del 01 de junio de 2015 en los terminos propuestos, la modificacion del Articulo Primero del Estatuto Social de la empresa GRANA Y ASOCIADOS CORREDORES DE SEGUROS S.A., segun el cual varia su denominacion social a AON GRANA PERU CORREDORES DE SEGUROS S.A. Articulo Segundo.- Aprobar a partir del 01 de junio de 2015 la modificacion del Articulo MORDAZA del Estatuto Social de la citada empresa, relativo al aumento del Capital Social de S/. 30,000.00 (Treinta Mil y 00/100 Nuevos Soles) a la suma de S/. 6'653,752.00 (Seis Millones Seiscientos Cincuenta y Tres Mil Setecientos Cincuenta y Dos y 00/100 Nuevos Soles); cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo; y, devuelvase la Minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevacion a Escritura Publica en la que se insertara el texto de la presente Resolucion, para su correspondiente inscripcion en los Registros Publicos.

Autorizan a persona natural actuar como representante en el Peru del Banco General S.A.
RESOLUCION SBS Nº 3091-2015 MORDAZA, 03 de junio de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada con fecha 22 de MORDAZA de 2015, para que esta Superintendencia le otorgue autorizacion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Saponara para actuar como Representante en el Peru del Banco General S.A; y, CONSIDERANDO: Que, mediante carta recibida el 22 de MORDAZA de 2015, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Saponara, de nacionalidad peruana, identificado con Documento Nacional de Identidad (DNI) Nº 07878189, solicito a esta Superintendencia autorizacion para actuar como Representante en el Peru del Banco General S.A., entidad establecida en Panama; Que, en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 43º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, y de conformidad con los requisitos exigidos en el articulo 20º del Reglamento para la Constitucion, Reorganizacion y Establecimiento de Empresas y Representantes de los Sistemas Financieros y de Seguros, aprobado mediante la Resolucion SBS Nº 10440-2008, y en el procedimiento Nº 06 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA de esta Superintendencia; se ha verificado que la documentacion presentada por la solicitante, se encuentra legalmente conforme; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "A" y por el Departamento Legal y contando con el visto MORDAZA de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas y de Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Saponara, para que actue como Representante en el Peru del Banco General S.A. y, establecer que en el ejercicio de sus actividades, debera sujetarse a lo establecido en el Capitulo V del Titulo II de la Seccion Primera de la Ley General. Registrese, comuniquese y pubiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1252106-1

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