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El Peruano Viernes 19 de junio de 2015 555510 vigente la presente Ordenanza, tendrán un plazo de treinta (30) días calendario para implementar su sistema de video vigilancia. Esta obligación será incluida en una declaración jurada a ser presentado por el administrado para el trámite de licencia de funcionamiento, para su fi scalización posterior. Tercera.- Facúltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Cuarta.- Encárguese el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Económico, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y la Subgerencia de Control, Operaciones y Sanciones. Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1252421-1 Designan funcionario responsable de la actualización periódica del Portal de Transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 575-2015-A/MDSL San Juan de Lurigancho, 9 de junio del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, economía administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680; Que, mediante Ordenanza Nº 290 de fecha 14 de marzo de 2015, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 21 de marzo de 2015, se aprueban la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad, en virtud de lo cual se precisaron las funciones de algunas unidades orgánicas, como es el caso de la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional, conforme se advierte del artículo 58 incisos 18) y 23) referente a garantizar el principio de publicidad de la información de gestión de la Administración Municipal de acuerdo a lo establecido por la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; por lo que en armonía a dicha disposición es pertinente designar al funcionario de dicha unidad como responsable; Que, mediante Resolución Nº 055-2015-A/MDSJL de fecha 15 de enero de 2015, modifi cada por Resolución 477-2015-A/MDSJL de fecha 08 de mayo de 2015, se designó al señor José Luis Peñaloza Delgado, Sub Gerente de Tecnologías de la Información (antes Sub Gerencia de Informática), como funcionario responsable de la elaboración y actualización periódica del Portal de Transparencia de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho; responsabilidad que debe ser concluida en virtud de las precisiones preanotadas; Que, en tal sentido, corresponde, conforme al el segundo párrafo del artículo 4 del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por D.S. Nº 042-2003-PCM, designar al funcionario responsable de la actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20º, numeral 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación del señor JOSÉ LUIS PEÑALOZA DELGADO, Sub Gerente de Tecnologías de la Información, como funcionario responsable de la elaboración y actualización periódica del Portal de Transparencia de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho. Artículo Segundo.- DESIGNAR al señor WALTER WILFREDO FERNÁNDEZ LÓPEZ, Secretario de Comunicación e Imagen Institucional, como funcionario responsable de la actualización periódica del Portal de Transparencia de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho, cuya abreviatura es MDSJL. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde 1252422-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por el Protocolo 1978” Entrada en vigencia del “Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modifi cado por el Protocolo 1978”, suscrito el 26 de setiembre de 1997, aprobado por Resolución Legislativa N° 30043 del 30 de mayo de 2013, y ratifi cado mediante Decreto Supremo N°029-2013-RE, de fecha 25 de junio de 2013. Entró en vigor para el Perú el 4 de marzo de 2014. 1252413-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN