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El Peruano Viernes 19 de junio de 2015 555495 SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que la 2°, 3°, 4° y 6° Salas Penales con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima remitan de manera equitativa y aleatoria a la 1°, 2° y 3° Salas Penales Liquidadoras sus expedientes impares de naturaleza sumaria, que se encuentren expeditos para sentenciar, que no se hayan fi jado fecha para vista de la causa, que no se encuentren próximos a prescribir y que hayan ingresado desde el 1 de enero del 2015 hasta la fecha de emisión de la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notifi cación completos, debidamente cosidos, foliados en números y letras, y todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad de los Presidentes de Sala. Artículo Tercero.- DISPONER que el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo Primero de la presente resolución se efectúe en el plazo de 15 (quince) días hábiles a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo Cuarto.- DISPONER que en cumplimiento del Artículo Segundo de la Resolución Administrativa N° 147-2015-CE.PJ, los Jueces Penales de Reos Libres remitan a la 1°, 2° y 3° Salas Penales Liquidadoras los expedientes de naturaleza sumaria que sean materia de interposición del recurso de apelación, para su resolución en segunda instancia por parte de las referidas Salas Penales Liquidadoras. Artículo Quinto.- CUMPLAN los Presidentes de la 2°, 3°, 4° y 6° Salas Penales con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia, con informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y a la Ofi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) de la Corte Superior de Justicia de Lima en plazo de 3 (tres) días hábiles de terminada la redistribución sobre el cumplimiento de lo ordenado. Artículo Sexto.- DISPONER que la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, al cabo de 3 (tres) meses de vigencia de la presente Resolución Administrativa, emita un informe de evaluación de los expedientes elevados por los Juzgados de Reos Libres, en el cual se determinará la continuidad de lo dispuesto en el Artículo Cuarto de la presente resolución. Artículo Séptimo.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinación de Informática, vele por la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución, asegurando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse en la presente redistribución de expedientes, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema, asimismo, informar de las actividades realizadas, contingencias y soluciones que se presenten, a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Artículo Octavo.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante sus Coordinaciones de Logística y Personal facilite y provea de los servicios y personal necesarios para el cumplimiento de la presente resolución informando y coordinando con la Gerencia de Administración, remitiendo información para el monitoreo a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Artículo Noveno.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Público, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura, Ofi cina Desconcentrada de la Magistratura – ODECMA Lima, Gerencia de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia de Lima, Unidad de Planeamiento y Desarrollo. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1252622-1 Disponen traslado de órganos jurisdiccionales a la Nueva Sede Institucional de la Corte Superior de Justicia del Callao CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 330-2015-P-CSJCL/PJ Callao, 17 de junio de 2015. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS: El Ofi cio N° 4137-2015-P-CSJCL/PJ de fecha 08 de mayo de 2015; Ofi cio N° 5394-2015-CE-PJ de fecha 03 de junio de 2015 y el Acta de Transferencia Física de Obra de fecha 17 de junio de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior es la máxima autoridad administrativa de la Sede Judicial a su cargo y como tal dirige la política del Poder Judicial en su Distrito Judicial, conforme lo prescriben los incisos 3) y 4) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, mediante Ofi cio N° 4137-2015-P-CSJCL/PJ de fecha 08 de mayo de 2015, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia solicitó al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la entrega física del nuevo Edifi cio de la Corte, ubicado en la Avenida Colonial esquina con la Avenida Santa Rosa- Distrito de Bellavista-Callao, por encontrarse apto para ser ocupado por los órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial del Callao. Que, mediante Ofi cio N° 5394-2015-CE-PJ, el Secretario General del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, pone en conocimiento de esta Presidencia, que el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en sesión de fecha 03 de junio de 2015, adoptó el Acuerdo N° 739- 2015 por el cual se dispone que la Gerencia General del Poder Judicial, en coordinación con la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, proceda a disponer la ocupación de los ambientes necesarios ( del primer y segundo piso) de la nueva Sede de este Distrito Judicial para los órganos jurisdiccionales ubicados en el local de la Avenida La Marina, toda vez, que aún se encuentran culminando los trabajos en el tercer y cuarto piso del Edifi cio. Que, mediante Acta de Transferencia Física de Obra (Primer y Segundo Piso) de fecha 17 de junio de 2015, el Comité de Recepción de Obra (designado mediante Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial N° 198-2015-GG-PJ), en representación de la Ofi cina de Infraestructura de la Gerencia General del Poder Judicial, transfi ere física y formalmente a la Corte Superior de Justicia del Callao, el primer y segundo piso de la obra de la Nueva Sede Judicial. Que, teniendo la posesión legítima de dicho inmueble, esta Presidencia se encuentra facultada para adoptar las medidas de administración pertinentes respecto al uso de tales ambientes, con el objeto de que las dependencias que conforman este Distrito Judicial brinden un mejor servicio de justicia a la población. Que, ahora bien, esta Corte Superior de Justicia, ocupa en la actualidad diversos inmuebles alquilados, lo que viene generando ingentes gastos al Estado, por el pago de los alquileres elevados, siendo uno de ellos, el local de la Sede Judicial ubicado en la Avenida La Marina N° 288 – La Perla-Callao donde funcionan la 3° Sala Penal ( Sala Penal de Apelaciones), Juzgado de Investigación Preparatoria, Juzgado Penal Transitorio, 1° y 2° Juzgados de Trabajo Transitorios, 4° y 5° Juzgados de Trabajo Permanente, Juzgado de Familia Transitorio, 6° Juzgado de Paz Letrado, y algunas dependencias administrativas de apoyo a dichos órganos jurisdiccionales. Que, cabe mencionar respecto a la Sede Judicial de la Avenida La Marina, la propietaria de dicho inmueble, Inmobiliaria “Veneto Corretajes Inmobiliaria S.A.C., ha solicitado a esta Corte Superior de Justicia, la entrega del predio por vencimiento de contrato y ha solicitado el pago