Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2015 (19/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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El Peruano Viernes 19 de junio de 2015

Declaran el sometimiento a regimen de intervencion de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Senor de Luren S.A.
RESOLUCION SBS Nº 3471-2015 MORDAZA, 18 de junio de 2015 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, como resultado de la permanente evaluacion y ante la verificacion del debilitamiento economico-financiero y de los organos de gobierno de la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Senor de Luren S.A (en adelante, la Caja), mediante Oficio N° 25656-2014-SBS del 21.07.2014 recibido por la MORDAZA el 11.08.2014, esta Superintendencia aplico a la MORDAZA las restricciones establecidas por el articulo 355° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y modificatorias (en adelante, la Ley General); Que, entre otras razones por la cual esta Superintendencia decidio la aplicacion de dichas restricciones, se debieron a los problemas de gobierno corporativo que afectaron el normal funcionamiento de los distintos organos societarios de la MORDAZA y que se originaron en las posiciones antagonicas de sus accionistas que se ha manifestado en la falta de consenso y representatividad de los mismos para encontrar una solucion y poder implementarla, pese a los reiterados requerimientos de este ente de control; Que, asimismo, existio la necesidad de adoptar medidas concretas que hicieran posible un mejoramiento de la situacion patrimonial de la MORDAZA debido a que no existia un horizonte MORDAZA sobre el reforzamiento patrimonial, situacion que quedaba evidenciada con las prorrogas solicitadas para presentar el Informe de Autoevaluacion de Suficiencia de Capital (IASC) ante esta Superintendencia. Al respecto, es importante indicar que mediante Oficio N° 15476-2014-SBS del 13.05.2014, se otorgo una prorroga hasta el 30.05.2014 para presentar el IASC 2014-2016; posteriormente, la MORDAZA solicito una nueva prorroga hasta el 30.07.2014, dado que la informacion sobre el horizonte de fortalecimiento patrimonial resulta fundamental para evaluar el adecuado funcionamiento de la empresa y su proyeccion; Que, como resultado del sometimiento de las limitaciones del articulo 355º de la Ley General y con el proposito de lograr que se corrijan las causas que motivaron su imposicion, asi como que se logre el necesario fortalecimiento patrimonial que haga posible su normal funcionamiento, esta Superintendencia requirio a la MORDAZA, entre otros, presentar un Plan de Fortalecimiento Patrimonial que considerara acciones concretas y viables que respondan a la situacion por la que venia atravesando, precisando los plazos en los que se realizarian los necesarios incrementos de capital, asi como los responsables de ello; Que, en Sesion N° 569-2014 del 15.08.2014, el Directorio de la MORDAZA tomo conocimiento del Oficio N° 25656-2014-SBS MORDAZA referido, y acordo (Acuerdo N° 3799-2014) convocar a la Junta General de Accionistas (JGA) con el objeto de atender los requerimientos de esta Superintendencia, principalmente, referidos al fortalecimiento patrimonial de la Caja. Asi, en la JGA del 08.09.2014 (Acuerdo N° 1012014), se encargo a los senores accionistas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Posadas MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA a contactarse con potenciales inversionistas interesados en participar en el fortalecimiento patrimonial de la MORDAZA mediante aportes de capital, fusion, o cualquier modalidad que apruebe la JGA; Que, mediante Carta N° 0366-2014-CRAC "SENOR DE LUREN" ­ GG del 29.12.2014, el Gerente General remitio a esta Superintendencia MORDAZA de la comunicacion dirigida a la MORDAZA por los accionistas MORDAZA Posadas MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en la que indicaban que en su condicion de miembros de la Comision de la JGA, se habian reunido con diversos inversionistas para concretar el fortalecimiento patrimonial requerido para la Caja. Asimismo, senalan haberse reunido con representantes de diferentes empresas del sistema financiero del medio; Que, considerando las acciones senaladas anteriormente orientadas al necesario fortalecimiento patrimonial de la MORDAZA

y dada la necesidad de un tiempo razonable para que se materialice dicho fortalecimiento, mediante Oficio N° 36022015-SBS de fecha 30.01.2015, esta Superintendencia renovo, bajo las mismas condiciones y por un periodo similar (6 meses), las restricciones impuestas por el articulo 355° de la Ley General; Que, en lo que respecta al Directorio de la MORDAZA, la JGA con fecha 06.05.2014, MORDAZA un MORDAZA Directorio el cual se instalo el 13.05.2014, debido a que sus integrantes, hasta ese entonces la mayoria de ellos accionistas, no acreditaban una suficiente especializacion en temas tecnicos y regulatorios que ayudaran a la solucion de los problemas sustanciales de la Caja. Cabe indicar que dicho cambio fue requerido por esta Superintendencia mediante los Oficios N° 8811-2014-SBS y N°12877-2014-SBS con el proposito de revertir la situacion economico-financiera y la administracion deficiente de la misma. Sin embargo, el MORDAZA Directorio (independiente) no ha tenido el apoyo de los organos de propiedad ni la estabilidad necesaria para lograr su objetivo, pues desde MORDAZA de 2014 la rotacion de sus miembros se acentuo por las sucesivas renuncias, y a partir del mes de noviembre de 2014 a la fecha dicho organo de gobierno no puede sesionar por falta de quorum (a la fecha se mantienen 02 directores habiles); Que, como consecuencia de todos los hechos descritos, es evidente que la MORDAZA viene mostrando serias debilidades de direccion y gestion que se manifiestan en la elevada inestabilidad e inaccion del Directorio por la existencia de grupos de accionistas antagonicos e insuficiente nivel patrimonial que incide en la debil situacion economico financiero de la Caja. Por lo que la Superintendencia reiteradamente ha remitido comunicaciones requiriendo que adopte las medidas correspondientes con el objeto de que los organos societarios tengan un normal funcionamiento (Oficios N° 42875-2014-SBS del 20.11.2014, N° 45479-2014-SBS del 15.12.2014, y N° 21564-2015-SBS del 11.06.2015); Que, los resultados de las labores de supervision realizadas por esta Superintendencia, y que se encuentran recogidas en el Informe N° 02-2015-IGM han concluido que, tomando como base la informacion economicofinanciera de la MORDAZA al 31.05.2015, existe un deficit vinculado a la gestion de riesgos ascendente a S/. 115 580 739, asi como un extorno de intereses de S/. 10 984 257, totalizando S/. 126 564 996 como consecuencia del deficit de provisiones de la cartera crediticia evaluada, segun lo detallado en el Anexo N° 01 de la presente Resolucion; Que, asimismo, existe un deficit relacionado a otras partidas del Activo distintas a la cartera de creditos; en particular, los rubros de Cuentas por Cobrar, Bienes Adjudicados y Otros Activos, determinandose un deficit ascendente a S/. 7 736 227, segun el detalle mostrado en el Anexo N° 02 de la presente Resolucion; Que, en ese sentido la afectacion total del patrimonio efectivo al 31.05.2015 asciende a S/. 134 301 223 correspondiente a los deficits de provisiones de la cartera de creditos y de Otros Activos, asi como del extorno de intereses; y como resultado de lo anterior, se evidencia que en los ultimos 12 meses, el patrimonio efectivo se reduce en mas del 50% al pasar de S/. 102 658 100 al 31.05.2014 a un valor negativo de S/. 46 252 376 al 31.05.2015; Que, en consecuencia el patrimonio efectivo de la MORDAZA se ha reducido integramente, con lo cual se configura objetivamente la causal de intervencion senalada en el numeral 4 del articulo 104° de la Ley General, que establece como causal la "Perdida o reduccion de mas del 50% (cincuenta por ciento) del patrimonio efectivo en los ultimos 12 meses". Por lo tanto, en cumplimiento del rol que esta Superintendencia esta llamada a cumplir, corresponde a este Organismo de Supervision y Control disponer las medidas del caso a efectos de proceder a la intervencion de la MORDAZA en aras de proteger los intereses del publico ahorrista; Que, ademas, de acuerdo al Balance de Comprobacion al 31.05.2015, el patrimonio contable de la MORDAZA asciende a S/. 82 588 309, el mismo que se encuentra compuesto por el capital social ascendente a S/. 88 620 200, correspondiente a 886 202 Acciones de Clase "A" (con derecho a voto), con un valor nominal de S/. 100.00 por accion; las reservas legales ascienden a S/. 7 584 734; y el importe de los ajustes al patrimonio es de S/. 469 801. Por otro lado, forman parte de dicho patrimonio contable los Resultados Acumulados y el Resultado Neto del ejercicio, ambos con importes negativos de S/. 9 651 293 y S/. 4 435 133, respectivamente;

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