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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (23/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 32

El Peruano Martes 23 de junio de 2015 555702 el Portal del Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO ANTONIO ESPINOZA ATARAMA Jefe Institucional 1254208-2 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Aprueban el Manual de Organización y Funciones - MOF de la Jefatura y Sub Jefatura del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 117-2015-J-OPE/INS Lima, 19 de junio de 2015 Visto, el Expediente Nº 17424-2015 que contiene el Informe Nº 042-2015-OEO-OGAT/INS de la Ofi cina Ejecutiva de Organización con Proveído Nº 135-2015- OGAT/INS de la Ofi cina General de Asesoría Técnica y el Informe Nº 100-2015-DG-OGAJ/INS de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 057 -2015- J-OPE/INS de fecha 23 de marzo de 2015, se aprobó el Manual de Organización y Funciones de la Jefatura y Sub Jefatura del Instituto Nacional de Salud; Que, con la Resolución Ministerial Nº 1031-2014- MINSA de fecha 31 de diciembre de 2014, se aprobaron los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal-CAP Provisional del Instituto Nacional de Salud, en el marco de los lineamientos establecidos en las normas vigentes y con la opinión favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 046-2015- J-OPE/INS de fecha 10 de marzo de 2015, se aprobó el reordenamiento de los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal-CAP del Instituto Nacional de Salud; Que, la Directiva Nº 007-MINSA/OGPP-V.02, aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA, establece los criterios para la Formulación de Documentos Técnico Normativos de Gestión Institucional, indicando que en el caso del Manual de Organización y Funciones debe formularse en base a los cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal, por lo cual es necesario actualizar este documento de gestión institucional, en función del CAP vigente; Que, mediante el documento visto, la Ofi cina General de Asesoría Técnica, a través de la Ofi cina Ejecutiva de Organización, propone la actualización del Manual de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, en lo que respecta a la Jefatura y Sub Jefatura, para mejorar las competencias de los recursos humanos como parte de la política integradora de la modernización de la gestión pública, para ello el Instituto Nacional de Salud requiere dentro de sus competencias la pluralidad de profesiones para el manejo y conducción de sus unidades orgánicas con el objeto de garantizar los principios de méritos y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo; Con la visación de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Técnica (e) y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones establecidas en el literal h) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2003-SA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Manual de Organización y Funciones – MOF- de la Jefatura y Sub Jefatura del Instituto Nacional de Salud, que en Anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 057-2015-OPE/INS en lo concerniente al Manual de Organización y Funciones de la Jefatura y Sub Jefatura. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Ofi cial “El Peruano” y encargar a la Ofi cina Ejecutiva de Organización proceda a publicar la misma y su Anexo en el portal de transparencia del Instituto Nacional de Salud www.ins.gob.pe . Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO GOZZER INFANTE Jefe 1254012-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Aprueban “Directiva Administrativa que regula los Procedimientos para el Traslado de Emergencia de los Asegurados al Seguro Integral de Salud” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 132-2015/SIS Lima, 19 de junio de 2015 VISTOS: Los Informes N° 018-2015-SIS/GNF/SGGS- MRCH y N° 021-2015-SIS/GNF/SGGS-MRCH con Proveídos N° 180-2015-SIS/GNF y Nº 194-2015-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el informe N° 043-2015-SIS/OGPPDO-UOC-BCN-PMN con Proveído N° 041-2015-SIS/OGPPDO de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 020-2015-SIS/OGAJ-REMG con Proveído Nº 377-2015-SIS/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor del Ministerio de Salud, califi cado por Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, en el marco de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, siendo actualizada dicha califi cación por Decreto Supremo N° 058-2011-PCM. Asimismo, se constituye en un Pliego Presupuestal con autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014- SA, es una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS); Que, mediante Decreto Legislativo N° 1163, se aprueba disposiciones para el fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, que incluye a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) públicas Seguro Integral de Salud (SIS) y al Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL), en el marco del Aseguramiento Universal en Salud; Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2012-SA, se declara de interés nacional la Atención Integral del Cáncer y Mejoramiento del Acceso a los Servicios Oncológicos en el Perú, disponiendo que el Estado fi nanciará el mejoramiento de la oferta de los servicios oncológicos, así como el traslado y estadía del paciente, a través del Seguro Integral de Salud y el Fondo Intangible Solidario de Salud (FISSAL), y en caso sea necesario la de un acompañante; Que, con Decreto Supremo N° 030-2014-SA, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1163, cuyo objeto es dictar disposiciones reglamentarias y