Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2015 (23/06/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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5. Mediante la Resolucion Nº 0074-2015-JNE se convoco a consulta vecinal con fines de demarcacion territorial en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San MORDAZA - San MORDAZA, CP6 y CP14 MORDAZA MORDAZA, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las MORDAZA, de la provincia y departamento de MORDAZA, para el dia MORDAZA 23 de agosto de 2015, a solicitud de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el MORDAZA de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcacion y Organizacion Territorial, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 063-2012-PCM. 6. La gestion de todo MORDAZA electoral para la funcion jurisdiccional, importa la prevision de un organo que resuelva, en primera instancia, las controversias que se presenten. Asi, al convocar a consulta a los vecinos de los referidos centros poblados de MORDAZA, la Resolucion Nº 0074-2015-JNE habilito a la Direccion Central de Gestion Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones como organo competente para ejercer dicha funcion. Ello, por las dimensiones del ambito involucrado en la consulta y teniendo en cuenta el reducido numero de electores en los seis centros poblados, que en suma, ascienden a 1 840 electores en total, de acuerdo con la Resolucion Nº 155-2015-JNE, que aprobo el padron electoral. 7. A pesar de estas caracteristicas particulares de la consulta vecinal, no puede dejar de tenerse presente el grado de conflictividad que viene presentando la situacion de indefinicion de limites entre los distritos de Tambo Grande y Las MORDAZA, segun lo reportado en el Informe Tecnico Nº 001-2015-PCM/DNTDT-AFCS de la Direccion Nacional Tecnica de Demarcacion Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, que sustento la convocatoria a consulta vecinal. 8. En vista de lo anteriormente expuesto, este colegiado, en la tarea de definicion de circunscripciones electorales y competencias para la funcion jurisdiccional electoral, de conformidad con el articulo 32 de la LOJNE, estima pertinente que la tramitacion de solicitudes de nulidad, actas observadas y cualquier otro cuestionamiento que pudiera presentarse en el MORDAZA de consulta vecinal en los distritos de Las MORDAZA y Tambo Grande, este a cargo de un MORDAZA Electoral Especial, conformado de acuerdo con el articulo 33 de la LOJNE, esto es, presidido por un juez superior e integrado por un fiscal superior y por un ciudadano designado luego de un procedimiento de seleccion aleatoria. Debiendo ser, tal MORDAZA Electoral Especial, aquel con mayor facilidad de acceso de los que se conformen para las Elecciones Municipales 2015. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEFINIR dos circunscripciones administrativo-electorales para el MORDAZA de Elecciones Municipales 2015, convocadas para el MORDAZA 29 de noviembre de 2015, asi como los Jurados Electorales Especiales que tendran competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes, conforme al siguiente detalle:
COMPETENCIA DEPARTAMENTO PROVINCIA PUTUMAYO 1 MAYNAS IQUITOS (MAYNAS) MORDAZA PUTUMAYO PUTUMAYO --AYACUCHO CALLAO HUANTA YAGUAS MORDAZA MORDAZA MI PERU UCHURACCAY DISTRITO

El Peruano Martes 23 de junio de 2015

Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion Central de Gestion Institucional, la implementacion de mesas de partes en el MORDAZA de Elecciones Municipales 2015, para la recepcion de solicitudes de inscripcion de listas de candidatos, tachas, impugnaciones, solicitudes de nulidad y escritos en general que presenten las organizaciones politicas participantes, para su inmediata remision al MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
MESA DE PARTES DISTRITOS ELECTORALES DEPARTAMENTO MORDAZA HUAMANGA MORDAZA MORDAZA ANDAHUAYLAS MORDAZA PROVINCIA HUANTA LA CONVENCION LA CONVENCION DISTRITO UCHURACCAY MORDAZA VIRGEN INKAWASI MORDAZA JEE COMPETENTE

ANDAHUAYLAS MORDAZA MORDAZA ARGEDAS QUICHUAS ANDAYMARCA

HUANCAVELICA TAYACAJA HUANCAYO HUANCAVELICA TAYACAJA

JEE

SEDE

Articulo Tercero.- ESTABLECER que, para las Elecciones Municipales 2015, los Jurados Electorales Especiales se instalaran e iniciaran sus actividades el lunes 17 de agosto de 2015. Articulo Cuarto.- DISPONER que la Secretaria General solicite a las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y MORDAZA y a las presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los distritos fiscales de MORDAZA y MORDAZA, la designacion de los presidentes y miembros de los Jurados Electorales Especiales, de conformidad con el articulo 33 de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo Quinto.- ESTABLECER que la competencia de la Direccion Central de Gestion Institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones, a que se refiere el articulo tercero de la Resolucion Nº 0074-2015-JNE, se mantendra hasta la instalacion del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA del MORDAZA de Elecciones Municipales 2015, el que, una vez instalado, sera el organo competente para impartir justicia en materia electoral, en primera instancia, en la consulta vecinal con fines de demarcacion territorial convocada para el dia MORDAZA 23 de agosto de 2015, en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San MORDAZA - San MORDAZA, CP6 y CP14 MORDAZA MORDAZA, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las MORDAZA, de la provincia y departamento de Piura. Articulo Sexto.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economia y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloria General de la Republica, de la Defensoria del Pueblo, del Banco de la Nacion, del Poder Judicial, del Ministerio Publico, de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y MORDAZA, de las Juntas de Fiscales Superiores de los distritos fiscales de MORDAZA y MORDAZA, de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de Las MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de Tambo Grande, asi como de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines pertinentes. Articulo Setimo.- DISPONER la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en el MORDAZA electronico institucional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1254000-3

2

MORDAZA

MORDAZA MORDAZA (LIMA)

MORDAZA

LA INKAWASI CONVENCION LA MORDAZA VIRGEN CONVENCION TAYACAJA TAYACAJA QUICHUAS ANDAYMARCA

HUANCAVELICA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA ANDAHUAYLAS ARGUEDAS

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