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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (23/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

El Peruano Martes 23 de junio de 2015 555714 5. Mediante la Resolución Nº 0074-2015-JNE se convocó a consulta vecinal con fi nes de demarcación territorial en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín - San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, de la provincia y departamento de Piura, para el día domingo 23 de agosto de 2015, a solicitud de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2003-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 063-2012-PCM. 6. La gestión de todo proceso electoral para la función jurisdiccional, importa la previsión de un órgano que resuelva, en primera instancia, las controversias que se presenten. Así, al convocar a consulta a los vecinos de los referidos centros poblados de Piura, la Resolución Nº 0074-2015-JNE habilitó a la Dirección Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones como órgano competente para ejercer dicha función. Ello, por las dimensiones del ámbito involucrado en la consulta y teniendo en cuenta el reducido número de electores en los seis centros poblados, que en suma, ascienden a 1 840 electores en total, de acuerdo con la Resolución Nº 155-2015-JNE, que aprobó el padrón electoral. 7. A pesar de estas características particulares de la consulta vecinal, no puede dejar de tenerse presente el grado de confl ictividad que viene presentando la situación de indefi nición de límites entre los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, según lo reportado en el Informe Técnico Nº 001-2015-PCM/DNTDT-AFCS de la Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros, que sustentó la convocatoria a consulta vecinal. 8. En vista de lo anteriormente expuesto, este colegiado, en la tarea de defi nición de circunscripciones electorales y competencias para la función jurisdiccional electoral, de conformidad con el artículo 32 de la LOJNE, estima pertinente que la tramitación de solicitudes de nulidad, actas observadas y cualquier otro cuestionamiento que pudiera presentarse en el proceso de consulta vecinal en los distritos de Las Lomas y Tambo Grande, esté a cargo de un Jurado Electoral Especial, conformado de acuerdo con el artículo 33 de la LOJNE, esto es, presidido por un juez superior e integrado por un fi scal superior y por un ciudadano designado luego de un procedimiento de selección aleatoria. Debiendo ser, tal Jurado Electoral Especial, aquel con mayor facilidad de acceso de los que se conformen para las Elecciones Municipales 2015. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEFINIR dos circunscripciones administrativo-electorales para el proceso de Elecciones Municipales 2015, convocadas para el domingo 29 de noviembre de 2015, así como los Jurados Electorales Especiales que tendrán competencia territorial sobre ellas y sus respectivas sedes, conforme al siguiente detalle: JEE SEDE COMPETENCIA DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO 1 MAYNAS IQUITOS (MAYNAS) LORETO PUTUMAYO PUTUMAYO YAGUAS PUTUMAYO ROSA PANDURO 2 LIMA JESÚS MARÍA (LIMA) --- CALLAO MI PERÚ AYACUCHO HUANTA UCHURACCAY CUSCO LA CONVENCIÓN INKAWASI LA CONVENCIÓN VILLA VIRGEN HUANCAVELICA TAYACAJA QUICHUAS TAYACAJA ANDAYMARCA APURÍMAC ANDAHUAYLAS JOSÉ MARÍA ARGUEDAS Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Central de Gestión Institucional, la implementación de mesas de partes en el proceso de Elecciones Municipales 2015, para la recepción de solicitudes de inscripción de listas de candidatos, tachas, impugnaciones, solicitudes de nulidad y escritos en general que presenten las organizaciones políticas participantes, para su inmediata remisión al Jurado Electoral Especial de Lima, de acuerdo al siguiente detalle: MESA DE PARTES DISTRITOS ELECTORALES JEE COMPE- TENTE DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO HUAMANGA AYACUCHO HUANTA UCHURACCAY LIMA CUSCO LA CONVENCIÓN VILLA VIRGEN ANDAHUAYLAS CUSCO LA CONVENCIÓN INKAWASI APURÍMAC ANDAHUAYLAS JOSÉ MARÍA ARGEDAS HUANCAYO HUANCAVELICA TAYACAJA QUICHUAS HUANCAVELICA TAYACAJA ANDAYMARCA Artículo Tercero.- ESTABLECER que, para las Elecciones Municipales 2015, los Jurados Electorales Especiales se instalarán e iniciarán sus actividades el lunes 17 de agosto de 2015. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Secretaría General solicite a las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Loreto y Lima y a las presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los distritos fi scales de Loreto y Lima, la designación de los presidentes y miembros de los Jurados Electorales Especiales, de conformidad con el artículo 33 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Quinto.- ESTABLECER que la competencia de la Dirección Central de Gestión Institucional del Jurado Nacional de Elecciones, a que se refi ere el artículo tercero de la Resolución Nº 0074-2015-JNE, se mantendrá hasta la instalación del Jurado Electoral Especial de Lima del proceso de Elecciones Municipales 2015, el que, una vez instalado, será el órgano competente para impartir justicia en materia electoral, en primera instancia, en la consulta vecinal con fi nes de demarcación territorial convocada para el día domingo 23 de agosto de 2015, en los centros poblados 8.4½, CP4, CP5, San Martín - San Isidro, CP6 y CP14 Santa Rosa, ubicados en los distritos de Tambo Grande y Las Lomas, de la provincia y departamento de Piura. Artículo Sexto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Loreto, de las Juntas de Fiscales Superiores de los distritos fi scales de Lima y Loreto, de la Municipalidad Provincial de Piura, de la Municipalidad Distrital de Las Lomas, de la Municipalidad Distrital de Tambo Grande, así como de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales y del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, para los fi nes pertinentes. Artículo Sétimo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA FERNÁNDEZ ALARCÓN AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1254000-3