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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2015 (23/06/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Martes 23 de junio de 2015 555719 promotoras del desarrollo, tales como: universidades, colegios profesionales, asociaciones civiles, organizaciones no gubernamentales de desarrollo, cámaras de comercio, asociaciones o gremios empresariales, laborales, de productores o comerciantes, organismos de cooperación técnica internacional, fundaciones, iglesias, entre otras, con presencia en la jurisdicción. i) Delegados de Organizaciones: Son personas elegidas y acreditadas por su organización para participar como representantes en los talleres del proceso de programación del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. CAPÍTULO II PARTICIPANTES DEL PROCESO Artículo 5º.- Agentes Participantes Los Agentes Participantes son: a) Agentes Participantes con voz y voto, integrado por: 1) El Alcalde 2) Miembros del Concejo Municipal Distrital 3) Miembros representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital (CCLD) 4) Representantes de las organizaciones de la sociedad civil del distrito, debidamente registrados. 5) Representantes de Instituciones Públicas que desarrollan actividades en la Jurisdicción. 6) Los miembros del comité de vigilancia del Presupuesto Participativo b) Agentes Participantes con voz pero sin voto, que está conformado por el Equipo Técnico. Artículo 6º.- FUNCIONES DEL ALCALDE El Alcalde, en su calidad de Presidente del Consejo de Coordinación Local Distrital, tiene las siguientes funciones: a) Convocar a reuniones del Presupuesto Participativo. b) Organizar las actividades del proceso participativo, haciéndolas de conocimiento público, con una adecuada convocatoria c) Proponer para consideración de los Agentes Participantes las prioridades a favor de la población que pueden ser objetos de atención del proceso. d) Proponer la cartera de proyectos del Plan de Desarrollo Concertado a ser sometida al Presupuesto Participativo, señalando explícitamente su conexión al resultado prioritario que corresponda. e) Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al Presupuesto Participativo. f) Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso. g) Rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior. Artículo 7º.- FUNCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL El Concejo Municipal tiene las siguientes funciones: a) Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso. b) Aprobar los resultados del Proceso del Presupuesto Participativo a partir de la opinión de CCLD. c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por el Gobierno Local. d) Velar por la incorporación de los resultados del PP al Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente. Artículo 8º.- FUNCIONES DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL El Consejo de Coordinación Local Distrital, asume las siguientes funciones: a) Emitir opinión al resultado del proceso participativo alineado al Plan de Desarrollo Concertado. b) Coordinar la incorporación de los proyecto de inversión en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente. Artículo 9º.- FUNCIONES DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Los Agentes Participantes poseen las siguientes funciones: a) Participar activamente en la discusión, defi nición, priorización y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados. b) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. c) Elegir o ser elegidos como miembros de Comité de Vigilancia d) Asistir a los talleres programados, según el cronograma de actividades del Proceso de Presupuesto Participativo e) Difundir dentro de su organización social los avances del proceso de Formulación del Presupuesto Participativo, así como de la formación que se brindará en los talleres principalmente de la Rendición de Cuentas. f) Otras funciones necesarias que demande el proceso Artículo 10º.- FUNCIONES DEL EQUIPO TÉCNICO El Equipo Técnico, tiene las siguientes funciones: a) Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso. b) Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo. c) Realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos. d) Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera. e) Presentar el Cronograma de Actividades para su promulgación por Decreto de Alcaldía f) Informará a los Agentes Participantes la asignación presupuestal disponible y su distribución. g) Presentar y sustentar ante el CCLD los Resultados del Presupuesto Participativo. h) Entregar en forma digital los perfi les y expedientes técnicos al CCLD y al Comité de Vigilancia. Artículo 11º.- FUNCIONES DE LA GERENCIA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO. La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto dispone de las siguientes funciones: a) Presidir el Equipo Técnico del proceso b) Incorporar los proyectos priorizados del Presupuesto Participativo en el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA). c) Remitir copia del Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Documento del proceso a la Dirección General del Presupuesto Público del MEF. d) Mantener actualizado el aplicativo interactivo en las diversas fases del proceso. Artículo 12º.- FUNCIONES DEL COMITÉ DE VIGILANCIA El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, tiene las siguientes funciones: a) Vigilar el cumplimiento de los Acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo. b) Vigilar que el Gobierno Local cuente con el cronograma aprobado de ejecución de obras, de los proyectos de inversión priorizados en el proceso participativo. c) Vigilar que los recursos del Gobierno Local destinados al Presupuesto Participativo Basado en Resultados del año fi scal sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. d) Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor provisión de servicios o productos a la población. e) Vigilar que la Sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofi nanciamiento de los