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El Peruano Martes 23 de junio de 2015 555718 Que, mediante Ley Nº 28056, Ley de Marco del Presupuesto Participativo, reglamentada por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, modifi cada por el Decreto Supremo Nº 131 -2010 –EF, se dispone asegurar la efectiva participación de la Sociedad Civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto del cual se desarrolla en armonía con los Planes de Desarrollo Concertado de los Gobiernos Locales; Que, conforme al Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 132-2010-EF, se establecen los criterios para determinar proyectos de inversión pública de impacto regional, provincial y distrital en el Presupuesto Participativo; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010-EF /76.01, se aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 para el Presupuesto Participativo para los Gobiernos Regionales y Locales en el marco de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, resulta necesario reglamentar la participación de los representantes de la Sociedad Civil, así como sus responsabilidades obligaciones y derechos, dentro del proceso de desarrollo del Presupuesto Participativo para el año 2016, el cual permitirá asegurar el uso de los recursos públicos en el desarrollo local; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8) y 14) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto en MAYORIA de los (as) Señores (as) Regidores (as), con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente; ORDENANZA REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA PARA EL AÑO FISCAL 2016 Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Puente Piedra para el Año Fiscal 2016, que forma parte integrante de la presente Ordenanza, el mismo que consta de II Títulos, IV Capítulos, 35º Artículos y Tres Disposiciones Complementarias. Artículo Segundo.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Desarrollo Económico, Gerencia de Participación Vecinal, Gerencia de Inversiones Públicas y demás aéreas de ejecución de las acciones que correspondan a sus competencias y atribuciones para asegurar el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Derogar todas las normas municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de Información y Gobierno Electrónico la publicación integral en el Portal Institucional, así como en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MILTON F. JIMENEZ SALAZAR Alcalde REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE PUENTE PIEDRA PARA EL AÑO FISCAL 2016 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETIVO Y FINALIDAD Artículo 1º.- OBJETIVO Establecer los mecanismos y pautas para el desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Puente Piedra para el Año Fiscal 2016. Artículo 2º.- FINALIDAD Asegurar la mejor y efectiva participación de la Sociedad Civil y de las entidades públicas situados en nuestra jurisdicción a través de sus representantes acreditados, a fi n de recoger sus aspiraciones, mejorar la calidad del gasto público y garantizar un adecuado control social de la Gestión y el Gasto Público. Artículo 3º.- BASE LEGAL a) Constitución Política del Perú b) Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. c) Ley Nº 27783, Ley Bases de Descentralización. d) Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. e) Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. f) Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. g) Ley Nº 29298, Ley que Modifi ca la Ley Nº 28056. h) Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público Año 2015. i) Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico. j) Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. k) Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 que aprueba el instructivo Nº 001-2010-EF/76.01- Instructivo para el proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Artículo 4º.- DEFINICIONES a) Presupuesto Participativo: Es un proceso en donde se determina el mecanismo de asignación equitativa, racional, efi ciente, efi caz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones de Estado y Sociedad Civil e Instituciones del Estado. b) Agentes Participantes: Son las personas que participan, con voz y voto, en el análisis, discusión y toma de decisiones en la priorización de problemas y de proyectos de inversión en el proceso del presupuesto participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, los miembros del Concejo Municipal y los representantes de la Sociedad Civil debidamente registrados. Asimismo, se incluye a los integrantes del Equipo Técnico con voz pero sin voto. c) Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito local. d) Plan de Desarrollo Concertado: Documento orientador del desarrollo local y del proceso del Presupuesto Participativo, que contiene los Acuerdos sobre la Visión de Desarrollo y Objetivos Estratégicos de la Comunidad en concordancia con los planes Sectoriales y Nacionales. e) Talleres de Trabajo: Reuniones de Agentes Participantes convocadas por los Alcaldes con la fi nalidad de identifi car desde una perspectiva temática y territorial los problemas del Distrito, así como también la priorización de los proyectos de inversión. f) Equipo Técnico: Lo integran los profesionales y técnicos de las áreas involucradas en el proceso del presupuesto participativo, así como de la sociedad civil. Es presidido por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto y tiene como responsabilidad de conducir, brindar el soporte técnico y efectuar la evaluación técnica en el desarrollo del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. g) Organizaciones Sociales de Base Territorial o Temático: Organizaciones cuyos miembros residen en el Distrito de Puente Piedra, tales como juntas y comités vecinales, clubes de madres, comedores populares, comités de vaso de leche, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres, organizaciones de jóvenes, mesas de concertación, organizaciones de personas con discapacidad y en general toda la agrupación social representativa en la localidad, debidamente registrados ante la Municipalidad. h) Organismos e Instituciones Privadas: Toda organización, institución y demás entidades privadas