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El Peruano Miércoles 24 de junio de 2015 555743 De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa relativo a la Protección de la Información y Material Clasifi cados en el ámbito de la Defensa”, suscrito el 04 de noviembre de 2013, en la ciudad de Lima, República del Perú, y aprobado por Resolución Legislativa N° 30331, del 04 de junio de 2015. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario ofi cial “El Peruano” el texto íntegro del Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1254951-5 Modifican Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2015 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 DECRETO SUPREMO Nº 031-2015-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2015 de la Ley Nº 30281 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2015; Que, conforme al inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 30281, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo “B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2015” podrán ser modifi cadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por la ministra de Relaciones Exteriores, lo que no comprende la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en dicho anexo; Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondiente, se ha considerado pertinente modificar el Anexo “B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2015”, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores de la Ley N° 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Estando a lo expuesto y de conformidad con el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y con el artículo 11 de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Modifi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2015, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 008: Ministerio de Relaciones Exteriores de la Ley N° 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, de acuerdo a lo siguiente: PERSONA JURÍDICA MONTO (En soles) CONSEJO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA DEL PACÍFICO 26 031 CONSEJO CONSULTIVO EMPRESARIAL DEL APEC 30 751 FORO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA DEL ASÍA PACÍFICO (OPERATIVA) 46 746 MISIONES DE OBSERVACIÓN ELECTORAL DE LA OEA 33 872 ORGANISMO ANDINO DE SALUD-CONVENIO HIPÓLITO UNANUE 601 674 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (PRESUPUESTO REGULAR) 1 201 649 ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS 2 264 515 ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS – OFICINA DE LIMA 79 658 ORGANIZACIÓN DEL TRATADO DE COOPERACIÓN AMAZÓNICA 1 014 735 ORGANIZACIÓN MARÍTIMA INTERNACIONAL 115 650 ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS 8 132 420 SECRETARÍA DEL TRATADO ANTÁRTICO 107 634 TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA 0 UNIÓN DE NACIONES SURAMERICANAS 1 260 337 Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de junio del año dos mil quince. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1254951-6 Dan por terminadas las funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Socialista de Vietnam RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 122-2015-RE Lima, 23 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N.° 221-2014-RE, se nombró al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Oscar Enrique Bérninzon Devéscovi, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Socialista de Vietnam; Que, mediante Resolución Ministerial N.° 1003-2014- RE, se fi jó el 1 de febrero de 2015, como la fecha en que el citado funcionario diplomático, asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Socialista de Vietnam; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y su modifi catoria la Ley N.° 29318; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 130-2003/RE y su modifi catoria, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 065-2009-RE; SE RESUELVE: Artículo 1. Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Carlos Oscar Enrique Bérninzon Devéscovi, como