Norma Legal Oficial del día 24 de junio del año 2015 (24/06/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Miercoles 24 de junio de 2015

555751
ACTO Primera renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Tercera renovacion o contratacion de nueva poliza Cuarta renovacion o contratacion de nueva poliza MORDAZA renovacion o contratacion de nueva poliza Fecha MORDAZA de MORDAZA 01 de MORDAZA del 2016 01 de MORDAZA del 2017 01 de MORDAZA del 2018 01 de MORDAZA del 2019 01 de MORDAZA del 2020

Que, con Oficio Nº 2581-2015-MTC/15.03 de fecha 04 de MORDAZA del 2015 y notificado el 05 de MORDAZA del mismo ano, esta Administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por El CITV, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles. Que, mediante Parte Diario Nº 084858 de fecha 15 de MORDAZA del 2015, presento diversa documentacion con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado. Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 7702015-MTC/15.03., resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que La Empresa, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Articulo 37º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; siendo de aplicacion, ademas, los principios de informalismo, de presuncion de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444; De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Decreto Supremo Nº 0582003-MTC y sus modificatorias y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar por el plazo de cinco (05) anos a la empresa denominada ORGANIZACION TECNICA VEHICULAR MORDAZA S.A.C., como Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular para operar con una (01) Linea de Inspeccion Tecnica Vehicular de MORDAZA Mixta, en el local ubicado en la Mz. A, Lote 07, Lotizacion MORDAZA MORDAZA (Cuadra 17 MORDAZA Rubio), Distrito, Provincia y Departamento de Cajamarca. Articulo Segundo.- La Empresa autorizada debera obtener, dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario a contarse a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar los documentos: Certificado de Homologacion de Equipos, Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de La Empresa autorizada renovar oportunamente la Carta Fianza presentada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares aprobada por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC durante la vigencia de la autorizacion, MORDAZA del vencimiento de los plazos senalados en el siguiente cuadro
ACTO Primera renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Tercera renovacion de carta fianza Cuarta renovacion de carta fianza MORDAZA renovacion de carta fianza Fecha MORDAZA de MORDAZA 26 de febrero del 2016 26 de febrero del 2017 26 de febrero del 2018 26 de febrero del 2019 26 de febrero del 2020

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovacion o contratacion de una nueva poliza al vencimiento de los plazos MORDAZA indicados, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la empresa denominada ORGANIZACION TECNICA VEHICULAR MORDAZA S.A.C., a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia Articulo Septimo.- La empresa ORGANIZACION TECNICA VEHICULAR MORDAZA S.A.C., debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones los siguientes documentos:
Documentos Fecha MORDAZA de MORDAZA

Planos de Ubicacion, Distribucion en este ultimo Treinta (30) dias caso con su respectiva Memoria Descriptiva del calendarios de otorgada local del Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular la autorizacion. ­ CITV suscrita por el representante legal. Licencia de Funcionamiento y Certificado de Noventa (90) dias compatibilidad de uso emitido por la Municipalidad calendarios de otorgada correspondiente. la autorizacion. Relacion del equipamiento requerido por el Articulo 34º del presente Reglamento acompanada con los documentos que sustenten la propiedad y/o condiciones de arrendatario financiero sobre los mismos. Noventa (90) dias calendarios de otorgamiento la autorizacion.

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentacion senalada se procedera de acuerdo a la normatividad vigente. Articulo Octavo.La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa denominada ORGANIZACION TECNICA VEHICULAR MORDAZA S.A.C., los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VASI MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 1248290-1

En caso que la empresa autorizada no cumpla con presentar la renovacion de la Carta Fianza MORDAZA de su vencimiento, se procedera conforme a lo establecido en el literal c), Articulo 45º del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, referida a la caducidad de la autorizacion. Articulo Cuarto.- La Empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Direccion General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovacion de la poliza de seguro de responsabilidad civil contratada, MORDAZA del vencimiento de los plazos que se senalan a continuacion:

Restringen circulacion de vehiculos que transportan mercancias en tramo de la Carretera Central durante los dias 27 y 29 de junio de 2015
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 2720-2015-MTC/15 MORDAZA, 22 de junio de 2015 CONSIDERANDO: Que, el articulo 3 de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, en adelante la Ley, prescribe que la accion estatal en materia de transporte

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.