Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2015 (07/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Sabado 7 de marzo de 2015

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Estabilidad Juridica, por la inversion que realizaran en el citado proyecto; Que, mediante Oficio Nº 123-2015/PROINVERSION/ DSI, la Direccion de Servicios al Inversionista de PROINVERSION, solicito que se emita conformidad al proyecto de Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con la empresa receptora Concesionaria Desaladora del Sur S.A, por el aporte que realizaran los inversionistas Tecnicas de Desalinizacion de Aguas S.A. y Cobra Instalaciones y Servicios S.A. MORDAZA de Espana; Que, a efectos del Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con Concesionaria Desaladora del Sur S.A, dicha empresa recibira a traves de sus inversionistas un monto de inversion hasta por la suma de US$ 18´599,995.72 (Dieciocho Millones Quinientos Noventinueve Mil Novecientos Noventa y cinco y 72/100 Dolares de Estados Unidos de America), de acuerdo con los Informes No. 022-2015/OAJ y No. 42015/DSI de la Agencia PROINVERSION y No. 17-2015VIVIENDA-VMCS-DGPPCS/DEPPCS de la Direccion General de Programas y Proyectos en Construccion y Saneamiento del MVCS; lo que permite al solicitante cumplir con lo establecido en el MORDAZA juridico legal vigente, de conformidad con el articulo 2 de la Ley Nº 27342, que establece una inversion por un monto no menor de US$ 5,000,000.00 (Cinco Millones y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America) para acceder a la estabilidad juridica en cualquier sector de la economia, con excepcion de los sectores de mineria e hidrocarburos; Que, la solicitante ampara su peticion en lo dispuesto en los Decretos Legislativos No. 662 y No. 757, en el Reglamento de los Regimenes de Garantia a la Inversion Privada, aprobado por Decreto Supremo No. 162-92-EF y normas modificatorias y complementarias, en la Ley No. 27342, en el Decreto Legislativo No. 1011 y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No. 148-2008-EF; Que, de conformidad con lo establecido en el literal d) del articulo 30 del Decreto Supremo No. 162-92-EF y por el Decreto Supremo No. 136-97-EF, la suscripcion de convenios de estabilidad juridica que realicen las empresas receptoras de inversion debera ser efectuada conjuntamente por el Ministerio del sector correspondiente, o quien este designe y por PROINVERSION; Que, para efectos de la suscripcion del Convenio de Estabilidad Juridica con la empresa Concesionaria Desaladora del Sur S.A., el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento participa en representacion del Estado Peruano; Que, el literal n) del articulo 10 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, establece que el Ministro puede delegar, en los funcionarios del Ministerio, las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas a su funcion de Ministro de Estado; Que, en consecuencia es necesario aprobar el Convenio MORDAZA referido, asi como autorizar al funcionario que lo suscribira en representacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; De conformidad con la Ley Nº 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar el Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con la empresa receptora Concesionaria Desaladora del Sur S.A., por los aportes que realizaran en su capital social las empresas Cobra Instalaciones y Servicios S.A. y Tecnicas de Desalinizacion de Aguas S.A. ambos de Espana. Articulo 2.- Autorizar al Viceministro de Construccion y Saneamiento, para que en representacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento suscriba el convenio a que se refiere el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1208681-1

Que, mediante Informe N° 0245-2015MTC/28 la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, opina que debe aprobarse la transferencia de autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 100-2007-MTC/03 a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE URTEAGA, a favor, del senor MORDAZA URTEAGA MORDAZA, y reconocer a este ultimo como titular de la citada autorizacion; al haberse cumplido con los requisitos y las condiciones previstas para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorizacion solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Television y su Reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su modificatoria, su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE URTEAGA, mediante Resolucion Viceministerial N° 100-2007-MTC/03, a favor del senor MORDAZA URTEAGA ANGELES; conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionados a dicha autorizacion. Articulo 2º.- Reconocer al senor MORDAZA URTEAGA MORDAZA como titular de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 100-2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo este todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. HENRRY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones (e) 1207764-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Aprueban Convenio de Estabilidad Juridica a celebrarse con Concesionaria Desaladora del Sur S.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 058-2015-VIVIENDA MORDAZA, 6 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, con fecha 17 de diciembre de 2013 la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION otorgo la Buena Pro del Concurso de Proyectos Integrales para la entrega en concesion del proyecto "Provision de Servicios de Saneamiento para los distritos del sur de Lima"; Que, con fecha 12 de MORDAZA de 2014, se suscribio el Contrato de Concesion del Proyecto "Provision de Servicios de Saneamiento para los distritos del sur de Lima", entre el Estado Peruano representado por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - MVCS y la empresa Concesionaria Desaladora del Sur S.A.; Que, con fechas 06 y 19 de noviembre de 2014 y 11, 19 y 23 de diciembre de 2014, la empresa Concesionaria Desaladora del Sur S.A. presento una solicitud ante PROINVERSION para la suscripcion de un Convenio de

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