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El Peruano Sábado 7 de marzo de 2015 548150 publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1208683-10 Otorgan concesión definitiva a favor de Luz del Sur S.A.A. para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en línea de transmisión ubicada en el departamento de Cusco RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2015-EM Lima, 6 de marzo de 2015 VISTO: El Expediente N° 14340314 sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentado por Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas, Zona Registral N° IX, Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta Nº GPO.13.663 ingresada con registro N° 2354346 de fecha 27 de diciembre de 2013, Luz del Sur S.A.A. presentó la solicitud de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV C.H. Santa Teresa – S.E. Suriray, ubicada en los distritos de Machupicchu y Santa Teresa, provincias de Urubamba y La Convención, departamento de Cusco, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) fi guran en el Expediente; Que, mediante la Resolución Directoral N° 101- 2014-MEM/DGAAE de fecha 10 de abril de 2014, la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas aprobó la Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto “Línea de Transmisión 220 kV C.H. Santa Teresa – S.E. Suriray”; Que, la petición está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 25 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en los artículos pertinentes de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentación; Que, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas, luego de haber verifi cado y evaluado que la empresa peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 017- 2015-DGE-DCE, recomendando otorgar la concesión de transmisión; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Luz del Sur S.A.A., la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 220 kV C.H. Santa Teresa – S.E. Suriray, ubicada en los distritos de Machupicchu y Santa Teresa, provincias de Urubamba y La Convención, departamento de Cusco, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son las siguientes: Salida / Llegada de la Línea de Transmisión Tensión (kV) N° de Ternas Longitud (km) Ancho de Faja de Servidumbre que corresponde (m) C.H. Santa Teresa – S.E. Suriray 220 01 3,3 25 Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 465- 2015 a suscribirse entre el Ministerio de Energía y Minas y Luz del Sur S.A.A., el cual consta de 19 cláusulas y 04 anexos. Artículo 4.- Autorizar al Director General de Electricidad, o a quien haga sus veces, a suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión, aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 5.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá incorporarse en la Escritura Pública que origine el Contrato de Concesión N° 465-2015 referido en el artículo 3 de esta Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 53 del acotado Reglamento. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas 1208683-11 Autorizan la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 016 - Ministerio de Energía y Minas, para el Año Fiscal 2015 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 100-2015-MEM/DM Lima, 27 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 567-2014- MEM/DM, de fecha 30 de diciembre de 2014, se aprobó el Presupuesto Institucional de Ingresos y Gastos del Ministerio de Energía y Minas, así como, la Estructura Funcional Programática proporcionada por la Dirección General de Presupuesto Público, correspondiente al Año Fiscal 2015, por Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividad, Función, División Funcional y Grupo Funcional; Que, el inciso d) del numeral 42.1 del artículo 42 del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, autoriza a los Titulares de los Pliegos Presupuestarios a incorporar en sus respectivos presupuestos, mediante Resolución Ministerial, los recursos fi nancieros distintos a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios que no se hayan utilizado al 31 de diciembre del año fi scal, los