Norma Legal Oficial del día 07 de marzo del año 2015 (07/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano Sabado 7 de marzo de 2015

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Reguladores, entre ellos, Osinergmin, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su competencia, los reglamentos y los procedimientos a su cargo y otras normas de caracter general; Que, segun lo dispuesto en el articulo 22° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, siendo asi, y en congruencia con lo expresado precedentemente, es necesario y oportuno que Osinergmin apruebe la "Plataforma Virtual de Osinergmin (PVO)" a la cual podran acceder los administrados a traves de su Codigo de Usuario y Contrasena proporcionados por Osinergmin; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 3.2 del articulo 14 del Decreto Supremo N° 001-2009JUS, se exceptuan de la publicacion para comentarios, aquellas normas cuya pre-publicacion es considerada impracticable, innecesaria o contraria a la seguridad o al interes publico; Que, en ese sentido, y dado que la presente resolucion tiene por finalidad sistematizar las aplicaciones informaticas ya implementadas a la fecha por Osinergmin para el ejercicio de sus funciones, facilitando a los administrados el cumplimiento de sus obligaciones normativas, corresponde exceptuar a la presente MORDAZA del requisito de publicacion para comentarios; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3° del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, las entidades de la Administracion Publica se encuentran obligadas a publicar en el MORDAZA del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos tecnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el MORDAZA de la entidad, o relacionados con la aplicacion de sanciones administrativas; Que, de otro lado, el Decreto Supremo Nº 0142012-JUS dispone que los reglamentos administrativos deben publicarse en el Diario Oficial El Peruano para su validez y vigencia, de acuerdo a lo establecido en los articulos 51° y 109° de la Constitucion Politica del Peru, entendiendose por tales las disposiciones reglamentarias que tienen efectos juridicos generales y directos sobre los administrados, incidiendo en sus derechos, obligaciones o intereses; Que, de conformidad con lo dispuesto en las normas mencionadas precedentemente y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del Osinergmin en su Sesion Nº 05-2015; Con la opinion favorable de la Gerencia General, de la Gerencia Legal y de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Plataforma Virtual de Osinergmin (PVO) Crease la "Plataforma Virtual de Osinergmin (PVO)", a la cual se incorporaran las aplicaciones informaticas o modulos utilizados por las distintas dependencias de Osinergmin para el ejercicio de sus funciones. Articulo 2°.- Incorporacion de aplicaciones y modulos al PVO 2.1 Incorporese al PVO a las siguientes aplicaciones informaticas o modulos: Aplicacion o Descripcion Modulo SCOP Sistema de Control de Ordenes de Pedido Procedimiento de entrega de informacion de Precios PRICE de Combustibles Derivados de Hidrocarburos de Control SCOP ­ GLP Sistema de Petroleo de Ordenes de Pedido de Gas Licuado Procedimiento de Declaraciones Juradas de de Obligaciones relativas a PDJ ­ HL Cumplimiento Tecnicas y de Seguridad de las Condiciones las Unidades Supervisadas ­Hidrocarburos Liquidos

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Crean la "Plataforma Osinergmin (PVO)" Virtual de

RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN N° 040-2015-OS/CD MORDAZA, 24 de febrero de 2015 VISTO: El Memorando N° GFHL/DPD-2489-2014 de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. CONSIDERANDO: Que, la Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, Ley N° 27658, declaro al Estado en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y contribuir a implementar una gestion moderna, descentralizada y con mayor participacion del ciudadano; disponiendo como finalidad, la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atencion a la ciudadania, priorizando y optimizando el uso de los recursos publicos; Que, por su parte, el Decreto Supremo N° 004-2013PCM, aprobo la Politica Nacional de Modernizacion de la Gestion Publica, estableciendo como uno de sus objetivos, promover el gobierno electronico a traves del uso intensivo de las tecnologias de informacion y comunicacion como soporte a los procesos de planificacion, produccion y gestion de las entidades publicas permitiendo a su vez consolidar propuestas de gobierno abierto; Que, en efecto, a traves del Decreto Supremo Nº 081-2013-PCM se aprobo la Politica Nacional de Gobierno Electronico, que establece la obligacion que tiene el Estado de utilizar los medios de tecnologias de la informacion como elemento transversal en la definicion de politicas relacionadas con la gobernabilidad democratica, la transparencia, identidad e inclusion digital y el desarrollo equitativo y sostenible, promoviendo una Administracion Publica de calidad y orientada a la poblacion; Que, de acuerdo a la Ley N° 26734, le corresponde a Osinergmin regular, supervisar y fiscalizar, en el ambito nacional, el cumplimiento de las disposiciones legales y tecnicas relacionadas con las actividades de los subsectores de electricidad, hidrocarburos y mineria; lo cual implica que este organismo establezca las herramientas necesarias que le permitan el cumplimiento de sus funciones; Que, en ese sentido, Osinergmin, mediante respectivas disposiciones normativas ha venido implementando una serie de aplicaciones informaticas o modulos, a traves de las cuales los administrados pueden remitir informacion sobre el desarrollo de sus actividades, constituyendose de esta manera en herramientas fundamentales para la interaccion digital con este organismo; Que, de acuerdo a la expuesto, en congruencia con la Politica Nacional de Modernizacion de la Gestion Publica y la Politica Nacional de Gobierno Electronico, resulta necesario unificar y sistematizar las aplicaciones informaticas implementadas por Osinergmin, en una unica Plataforma Virtual que facilite a los administrados el cumplimiento de sus obligaciones y permita a este organismo, ejercer con mayor eficacia sus funciones; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal c) del articulo 3 de la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos

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