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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2015 (07/03/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Sábado 7 de marzo de 2015 548169 Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Mario Eduardo Ocharan Casabona, a la ciudad de Tel Aviv, Estado de Israel, del 7 al 13 de marzo de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aéreos : US$ 2 696,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Mario Eduardo Ocharan Casabona, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante las actividades a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1208247-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajador de la División de Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoración y Arancel de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 069-2015/SUNAT Lima, 5 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que mediante Ofi cio Circular Nº 008-2015-MINCETUR/ VMCE de fecha 20 de febrero de 2015, el Vice Ministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo comunica a la SUNAT que, en el marco de las negociaciones del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP por sus siglas en inglés), los países miembros han acordado sostener una Reunión de Jefes Negociadores y Grupos Técnicos, la cual se llevará a cabo del 9 al 15 de marzo de 2015, en Kona District, Estado de Hawái, Estados Unidos de América; Que el Perú viene ampliando sus mercados a través de la suscripción de Tratados de Libre Comercio con otros países, habiéndose concretado a la fecha acuerdos con Estados Unidos de América, Singapur, Tailandia, Canadá, China, la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés), Corea, Chile, México, la Unión Europea, Japón, Panamá, Costa Rica, Guatemala y la Alianza del Pacífi co; encontrándose en proceso las negociaciones con Turquía, El Salvador, Honduras y el Acuerdo del TPP, conocido previamente como grupo P4; Que el citado Acuerdo del TPP establece medidas de libre comercio en las áreas de bienes y servicios entre sus miembros, así como sobre derechos de propiedad intelectual y cooperación en ciencia y tecnología; Que la SUNAT en el marco del citado acuerdo participa en las distintas mesas de negociación relacionadas a temas aduaneros como son las de Reglas de Origen y Textiles y de Propiedad Intelectual, entre otras; a fi n de prestar su colaboración técnica en temas de su competencia, con el objeto que se negocien compromisos que puedan ser implementados adecuadamente; Que en la Mesa de Reglas de Origen y Textiles se discutirán específi camente, temas pendientes relacionados a la verifi cación de origen, bienes originarios, valor de bienes no originarios, obligaciones relativas de los importadores/exportadores, valor de contenido regional, tránsito, transbordo, envío directo, acumulación de origen, solicitud de tratamiento arancelario preferencial y certifi cación de origen; mientras que en la Mesa de Propiedad Intelectual se discutirán temas pendientes respecto a la aplicación de medidas de frontera en zonas francas, transbordo, tiempo de duración de tales medidas, e inclusión del concepto “mercancía confusamente similar” como supuesto para que las aduanas puedan aplicar medidas en frontera de ofi cio; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N.º 09-2015- SUNAT/5C0000 de fecha 25 de febrero de 2015, resulta necesario autorizar la participación del trabajador Jaime Américo Venero Muñiz, Profesional III de la División de Tratados Internacionales de la Gerencia de Tratados Internacionales, Valoración y Arancel de la Intendencia Nacional de Técnica Aduanera, en la citada reunión; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Jaime Américo Venero Muñiz del 8 al 17 de marzo de 2015; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del trabajador Jaime Américo Venero Muñiz, Profesional III de la División de